Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2003 (24/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

MORDAZA, miercoles 24 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

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nicipalidades con sus vecinos. En dicho MORDAZA, se establecen las politicas publicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y en concordancia con el articulo 97º y siguientes del mismo texto normativo, con dispensa del tramite de aprobacion de acta, el Concejo por UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Unico.- Apruebese el Reglamento de Conformacion, Instalacion y Funcionamiento del Consejo de Coordinacion Distrital de Miraflores, el cual en su integridad forma parte de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO DE CONFORMACION, INSTALACION Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION DISTRITAL DE MIRAFLORES Articulo 1º.- Objeto El presente Reglamento establece el procedimiento para la conformacion, instalacion y funcionamiento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores. Articulo 2º.- De las Funciones Conforme a Ley, corresponde al Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores, entre otras funciones, las siguientes: 2.1. Coordinar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital. 2.2. Proponer la elaboracion de proyectos de inversion y de servicios publicos locales. 2.3. Proponer la formacion de fondos de inversion 2.4. Otras que le encargue o solicite ejercer el Concejo Municipal Distrital. El Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores, carece de capacidad juridica para ejercer funciones y/o actos de gobierno, y no constituye organo de gobierno local, funcion ejercida por la alcaldia y el Concejo Municipal, tal como se desprende con claridad del articulo 4º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Siendo asi, sus propuestas y todo lo que emane del ejercicio de sus funciones, carecen por si solas de caracter vinculante y, por tanto, requeriran de la aprobacion del Concejo Municipal. La ausencia de acuerdos del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores no impide al Concejo Municipal decidir sobre lo que fuere pertinente. Articulo 3º.- De la Conformacion El Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores estara conformado por: 3.1. El MORDAZA Distrital (quien lo preside), pudiendo delegar tal funcion en el MORDAZA Alcalde. 3.2. Los nueve (9) Regidores Distritales. 3.3. Cuatro (4) representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil. La conformacion de la Representacion de las Organizaciones de la Sociedad Civil, se distribuye de la siguiente manera: 3.4. Dos (2) representantes de las Organizaciones Vecinales. 3.5. Un (1) representante de las Organizaciones que representan a los Comerciantes y Empresarios. 3.6. Un (1) representante de las Organizaciones que

representen a las Instituciones Educativas, Culturales, Cientificas y Tecnologicas. Articulo 4º.- De la vigencia de los representantes ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores Los representantes de la sociedad civil ejercen sus cargos por un periodo de dos anos. Articulo 5º.- Del Libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil del distrito de Miraflores La Unidad Organica de Participacion Vecinal, sera la responsable de abrir el denominado "Libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil del distrito de Miraflores", en el cual deberan estar inscritas las diferentes organizaciones interesadas en participar en el desarrollo de la presente gestion, dentro del MORDAZA y atribuciones que para tal fin establecen los dispositivos legales vigentes. La mencionada Unidad Organica, asimismo, sera la encargada de la tenencia, custodia, mantenimiento y actualizacion del referido Libro. Articulo 6º.- De los requisitos para la inscripcion Para inscribirse en el Libro de Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil, se requiere: 6.1. La solicitud de inscripcion, en la que se debera senalar el domicilio oficial, la nomina del organo directivo, la persona en quien recae la representacion de la organizacion. 6.2. MORDAZA autenticada por el fedatario de la Municipalidad o legalizada ante notario, de los siguientes documentos: 6.2.1. Acta de Fundacion o de Constitucion 6.2.2. Acuerdo adoptado por la organizacion, en el sentido de solicitar la respectiva inscripcion en el Libro de Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil. 6.2.3. MORDAZA de inscripcion de la organizacion en los Registros Publicos y/o en otros Registros, si fuere el caso. 6.2.4. Documento de identidad del Representante Legal de la organizacion. 6.2.5. Documentos que acrediten cuando menos tres anos de actividad institucional, presencia efectiva, y trabajo en el distrito de Miraflores, para lo cual sera posible adjuntar el correspondiente libro de actas de la organizacion, instrumentos juridicos, publicaciones, asi como otros materiales que demuestren la presencia activa y solida de la organizacion en la MORDAZA del distrito. 6.3. Para el caso de organizaciones vecinales, presentar plano de ubicacion del territorio al que corresponda su representacion. Articulo 7º.- Aprobacion de la Inscripcion Una vez presentada la solicitud de inscripcion, acompanando todos los requisitos especificados en el articulo anterior, se evaluara la documentacion, y luego se procedera a extender una resolucion motivada, emitida por la Unidad Organica competente, aprobando la inscripcion en el Libro de Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil, en un plazo no mayor a los cinco dias de recibida la solicitud, de ser el caso. Los recursos de apelacion seran resueltos en MORDAZA instancia por el MORDAZA Distrital, de manera previa al acto electoral respectivo. Articulo 8º.- Eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital 8.1. La convocatoria a elecciones de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, la realizara el MORDAZA de Miraflores, mediante Decreto de Alcaldia que se cenira a lo establecido por el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades. 8.2. Podran participar en calidad de observadores instituciones especializadas en procesos electorales de nivel nacional e internacional, incluyendo a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)

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