Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2003 (24/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de setiembre de 2003

ANEXO Nº 1 DE LA ORDENANZA Nº 162-MDB
Nº DENOMINACION REQUISITOS DERECHO DE PAGO CALIFICACION Evaluacion Automati- Pos. Neg. NR co 15 dias Dependencia donde se inicia el tramite UTD Autoridad que aprueba el tramite GDU Autoridad que resuelve el recurso impugnativo RECONSIDERACION: GDU APELACION: ALCALDIA

27 AUTORIZACION PARA COMERCIO AMBULATORIO Ordenanza Nº 162-MDB

a) Solicitud - Declaracion Jurada b) MORDAZA de documento de identidad c) Dos fotografias tamano carne d) MORDAZA de carne de sanidad e) Recibo de pago por derecho a tramite f) Recibo de pago por autorizacion con dictamen favorable de la Comision Tecnica para el comercio ambulatorio)

DERECHO DE TRAMITE Y REVISION MUNICIPAL 0.97% UIT DERECHO POR AUTORIZACION : PAGO MENSUAL: Alimentos: 1.48 % de UIT Articulos de uso personal: 1.48% de UIT Esparcimiento y cultura: 1% de UIT Servicios y reparaciones: 1.48% de UIT Varios a excepcion de controladores de transporte y alquiler de sombrillas: 1.48% de UIT Controladores de transporte: 0.97% de UIT DERECHO DE TRAMITE Y REVISION MUNICIPAL 0.97% UIT PAGOS MENSUALES CONFORME AL TRAMITE DE AUTORIZACION PARA COMERCIO AMBULATORIO DERECHO DE TRAMITE Y REVISION MUNICIPAL 0.97% UIT DERECHO POR AUTORIZACION : PAGO POR TEMPORADA DE MORDAZA (15 DIC. A 31 MARZO) RASPADILLAS, SANDWICHES, HELADOS, GOLOSINAS, GASEOSAS (MODULOS): 22.6% UIT HELADOS, SANDWICHES (ITINERANTES): 12.9% DE UIT HELADOS (TRICICLO): 22.6% DE UIT ALQUILER DE SOMBRILLAS: 25.8% DE UIT

28 RENOVACION DE AUTORIZACION Ordenanza Nº 162-MDB

a) Solicitud de renovacion b) Recibo de pago por derecho a tramite

15 dias

UTD

GDU

RECONSIDERACION: GDU APELACION: ALCALDIA RECONSIDERACION: GDU APELACION: ALCALDIA

29 SOLICITUD PARA COMERCIO AMBULATORIO EN PLAYAS

a) Solicitud - Declaracion Jurada b) MORDAZA de documento de identidad c) Dos fotografias tamano carne d) MORDAZA de carne de sanidad e) Recibo de pago por derecho a tramite f) Recibo de pago por autorizacion con dictamen favorable de la Comision Tecnica para el comercio ambulatorio)

15 dias

UTD

GDU

17569

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban Reglamento de Conformacion, Instalacion y Funcionamiento del Consejo de Coordinacion Distrital de Miraflores
ORDENANZA Nº 129 Miraflores, 9 de septiembre del 2003 EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de acuerdo a lo establecido por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Que, dicha Garantia Institucional se encuentra legalmente plasmada en el Articulo II de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, Ley de Desarrollo Constitucional encargada de normar la creacion, origen, naturaleza, autonomia, organizacion, finalidad, tipos, competencias, clasificacion y regimen economico de las municipalidades; Que, en tal sentido, y en virtud del numeral 34 del articulo 9º de la aludida Ley Organica, son funciones del Concejo Municipal aprobar los espacios de concertacion y participacion vecinal, asi como reglamentar su funcionamiento; ello en MORDAZA con el numeral 3 del mismo articulo, a cuyo tenor corresponde al Concejo Municipal aprobar el Reglamento de Organizacion Interior y Funcionamiento del Gobierno Local;

Que, el articulo 7º de dicha Ley Organica, establece en lineas generales cuales son los organos de coordinacion, siendo uno de ellos el Consejo de Coordinacion Local Distrital (numeral 2 del articulo 7º), encargado, de acuerdo con el numeral 1 del articulo 104º de la precitada Ley Organica, de coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado, la elaboracion de Proyectos de Inversion y de Servicios Publicos Locales, entre otras que le encargue o solicite el Concejo Municipal Distrital, quedando MORDAZA que el referido Concejo no ejerce funciones ni actos de gobierno; Que, mediante Ordenanza Nº 524, emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, se ha reglamentado la conformacion, instalacion y funcionamiento de la Asamblea Metropolitana de MORDAZA, asi como la aplicacion del citado reglamento en lo que corresponda a los Gobiernos Distritales para el MORDAZA de conformacion y eleccion de los Consejos de Coordinacion Local Distrital; Que, a efectos de dar cumplimiento a lo establecido por la Ley Organica de Municipalidades que hoy nos rige, en su articulo 105º, es preciso aprobar, mediante Ordenanza, un reglamento que norme la conformacion, instalacion y funcionamiento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores, asi como tambien los mecanismos y procedimientos mediante los cuales las organizaciones de la sociedad civil puedan ejercer sus derechos de participacion a traves de sus representantes ante el citado Consejo; Que, todo ello va de la mano con el rol activo que debe jugar la Sociedad Civil dentro del Sistema Democratico, lo cual a su vez encaja perfectamente con los lineamientos contenidos en los articulos V y IX del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades; Que, dicho articulo V preve que la estructura, organizacion y funciones especificas de los gobiernos locales se cimientan en una vision de Estado Democratico, unitario, descentralizado y desconcentrado, con la finalidad de lograr el desarrollo sostenible del MORDAZA, estableciendose asimismo que el gobierno mas cercano a la poblacion es decir, el gobierno local, es el mas idoneo para ejercer la competencia o funcion; Que, a su turno, el articulo IX del precitado Titulo Preliminar, precisa que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las mu-

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