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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (24/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 96

PÆg. 251886 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de setiembre de 2003 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Aprueban Reglamento de Conforma- ción, Instalación y Funcionamiento delConsejo de Coordinación Distrital de Miraflores ORDENANZA Nº 129 Miraflores , 9 de septiembre del 2003 EL ALCALDE DE MIRAFLORESPOR CUANTO:El Concejo de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía polí- tica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de acuerdo a lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Que, dicha Garantía Institucional se encuentra legalmen- te plasmada en el Artículo II de la Ley Nº 27972, Ley Orgáni- ca de Municipalidades, Ley de Desarrollo Constitucional en- cargada de normar la creación, origen, naturaleza, autono- mía, organización, finalidad, tipos, competencias, clasifica- ción y régimen económico de las municipalidades; Que, en tal sentido, y en virtud del numeral 34 del artículo 9º de la aludida Ley Orgánica, son funciones del Concejo Municipal aprobar los espacios de concertación y participación vecinal, así como reglamentar su funcio- namiento; ello en armonía con el numeral 3 del mismo artículo, a cuyo tenor corresponde al Concejo Municipal aprobar el Reglamento de Organización Interior y Fun- cionamiento del Gobierno Local;Que, el artículo 7º de dicha Ley Orgánica, establece en líneas generales cuáles son los órganos de coordina- ción, siendo uno de ellos el Consejo de Coordinación Local Distrital (numeral 2 del artículo 7º), encargado, de acuer- do con el numeral 1 del artículo 104º de la precitada Ley Orgánica, de coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado, la elaboración de Proyec- tos de Inversión y de Servicios Públicos Locales, entre otras que le encargue o solicite el Concejo Municipal Dis- trital, quedando claro que el referido Concejo no ejerce funciones ni actos de gobierno; Que, mediante Ordenanza Nº 524, emitida por la Mu- nicipalidad Metropolitana de Lima, se ha reglamentado la conformación, instalación y funcionamiento de la Asam- blea Metropolitana de Lima, así como la aplicación del citado reglamento en lo que corresponda a los Gobier- nos Distritales para el proceso de conformación y elec- ción de los Consejos de Coordinación Local Distrital; Que, a efectos de dar cumplimiento a lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades que hoy nos rige, en su artículo 105º, es preciso aprobar, mediante Orde- nanza, un reglamento que norme la conformación, insta- lación y funcionamiento del Consejo de Coordinación Lo- cal Distrital de Miraflores, así como también los meca- nismos y procedimientos mediante los cuales las organi- zaciones de la sociedad civil puedan ejercer sus dere- chos de participación a través de sus representantes ante el citado Consejo; Que, todo ello va de la mano con el rol activo que debe jugar la Sociedad Civil dentro del Sistema Demo- crático, lo cual a su vez encaja perfectamente con los lineamientos contenidos en los artículos V y IX del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, dicho artículo V prevé que la estructura, organi- zación y funciones específicas de los gobiernos locales se cimientan en una visión de Estado Democrático, uni- tario, descentralizado y desconcentrado, con la finalidad de lograr el desarrollo sostenible del país, estableciéndo- se asimismo que el gobierno más cercano a la población es decir, el gobierno local, es el más idóneo para ejercer la competencia o función; Que, a su turno, el artículo IX del precitado Título Pre- liminar, precisa que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las mu-ANEXO Nº 1 DE LA ORDENANZA Nº 162-MDB CALIFICACIÓNDependencia Autoridad Autoridad que Nº DENOMINACIÓN REQUISITOS DERECHO Auto-Evaluacióndonde se que resuelve el DE PAGO máti- Pos. Neg. NR inicia el aprueba recurso co trámite el trámite impugnativo 27 AUTORIZACIÓN PARA a) Solicitud - Declaración Jurada DERECHO DE TRÁMITE Y REVISIÓN 15 UTD GDU RECONSI- COMERCIO b) Copia de documento de MUNICIPAL 0.97% UIT días DERACIÓN: AMBULATORIO identidad DERECHO POR AUTORIZACIÓN : GDU Ordenanza Nº 162-MDB c) Dos fotografías tamaño carné PAGO MENSUAL: APELACIÓN: d) Copia de carné de sanidad Alimentos: 1.48 % de UIT ALCALDÍA e) Recibo de pago por derecho Artículos de uso personal: 1.48% de UITa trámite Esparcimiento y cultura: 1% de UITf) Recibo de pago por autoriza- Servicios y reparaciones: 1.48% de UIT ción con dictamen favorable de Varios a excepción de controladores de la Comisión Técnica para el transporte y alquiler de sombrillas:comercio ambulatorio) 1.48% de UIT Controladores de transporte: 0.97% de UIT 28 RENOVACIÓN DE a) Solicitud de renovación DERECHO DE TRÁMITE Y REVISIÓN 15 UTD GDU RECONSI- AUTORIZACIÓN b) Recibo de pago por derecho MUNICIPAL 0.97% UIT días DERACIÓN: Ordenanza Nº 162-MDB a trámite PAGOS MENSUALES CONFORME AL GDU TRÁMITE DE AUTORIZACIÓN PARA APELACIÓN: COMERCIO AMBULATORIO ALCALDÍA 29 SOLICITUD PARA a) Solicitud - Declaración Jurada DERECHO DE TRÁMITE Y REVISIÓN 15 UTD GDU RECONSI- COMERCIO b) Copia de documento de MUNICIPAL 0.97% UIT días DERACIÓN: AMBULATORIO EN identidad DERECHO POR AUTORIZACIÓN : GDU PLAYAS c) Dos fotografías tamaño carné PAGO POR TEMPORADA DE VERANO APELACIÓN: d) Copia de carné de sanidad (15 DIC. A 31 MARZO) ALCALDÍA e) Recibo de pago por derecho RASPADILLAS, SANDWICHES, HELADOS, a trámite GOLOSINAS, GASEOSAS (MÓDULOS):f) Recibo de pago por autoriza- 22.6% UIT ción con dictamen favorable de HELADOS, SANDWICHES (ITINERANTES): la Comisión Técnica para el 12.9% DE UITcomercio ambulatorio) HELADOS (TRICICLO): 22.6% DE UIT ALQUILER DE SOMBRILLAS: 25.8% DE UIT 17569