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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (24/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 91

PÆg. 251881 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de setiembre de 2003 formidad con los Lineamientos Generales para el con- curso, aprobado por Resolución Presidencial Nº 012-CND-I-2003: la primera fase comprendió la evaluación curricular, en la que aprobaron 14 postulantes de 21 que se presentaron; la segunda fase fue la prueba deconocimientos en la cual aprobaron 10 postulantes; finalmente en la tercera fase de entrevista personal se calificó a los tres primeros postulantes, obtenién-dose los puntajes finales de la sumatoria de los re- sultados parciales de las tres fases del concurso; ocu- pando el tercer lugar don José Cazorla Galdoz con59.5 puntos, en segundo lugar don Esteban Aragón Figueroa con 62.0 puntos y en primer lugar don Fran- cisco Gutiérrez Gutiérrez con 68.0 puntos; Que, a efecto de otorgar viabilidad a la designa- ción del nuevo Director Regional de la Producción de Puno, debe darse por concluida la designación delDirector Regional en funciones actualmente; De conformidad con el cuarto párrafo del numeral 5.3.4 PROCESO DE SELECCIÓN de la Directiva Nº001-CND-P-2003 LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE SELECCIÓN DE DIRECTORES REGIONALES SECTORIALES, apro-bada por Resolución Directoral Nº 012-CND-P-2003, duodécima disposición transitoria de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificadapor Ley Nº 27902; En el marco de las funciones y atribuciones confe- ridas por los artículos 197º y 198º de la Constitución Po-lítica del Perú, Ley Nº 27783, Ley Nº 27867 y su modifi- catoria Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la designación del señor RAÚL TIMOTEO CANAHUIRE CRUZ como Director Regional de Pesquería de Puno, a partir de la fecha de expedición de la presente reso-lución. Artículo Segundo.- DESIGNAR al ingeniero econo- mista FRANCISCO GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ en el car-go de confianza de DIRECTOR REGIONAL DE LA PRO- DUCCIÓN del GOBIERNO REGIONAL PUNO, a partir de la fecha, en mérito al Informe Final emitido por la Co-misión de Concurso. Regístrese, comuníquese y archívese.DAVID ANÍBAL JIMÉNEZ SARDÓN Presidente Regional 17503 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican la Ordenanza N” 40 de la Municipalidad Distrital de Santa Ma- ría del Mar, que aprueba derecho de emisión mecanizada, determinación ydistribución del impuesto predial yarbitrios ACUERDO DE CONCEJO Nº 089 Lima, 19 de junio de 2003 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de junio de 2003, la solicitud formulada por la MunicipalidadDistrital de Santa María del Mar sobre ratificación de laOrdenanza Nº 40 que aprueba el Derecho de Emisión Mecanizada y Distribución de Declaraciones Juradas de Autoavalúo y Recibos de Pago del Impuesto Predial yArbitrios Municipales, para el ejercicio 2003 en su juris-dicción;CONSIDERANDO: Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Perú de 1993 y la Ley Orgánica deMunicipalidades, aprobada mediante Ley Nº 27972,regulan la potestad de los gobiernos locales de crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exone- rar de ellas, dentro de su jurisdicción y con los límitesque señala la ley. El ejercicio de esta postestad deberealizarse mediante ley o norma de rango equivalen-te; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades señala que las Municipalidades Provinciales ejercen jurisdic-ción sobre el territorio de la respectiva provincia y eldistrito del Cercado, mientras que la MunicipalidadDistrital ejerce jurisdicción sobre el territorio del dis- trito; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades y el se- gundo párrafo de la Norma IV del Título Preliminar delTexto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, señala que la norma mediante la cual los Gobiernos Locales ejer-cen su poder tributario es la Ordenanza; Que, el Art. 66º de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 776, defi- ne a las tasas municipales como los tributos creadospor los Concejos Municipales, cuya obligación tienecomo hecho generador la prestación efectiva por par-te de la Municipalidad de un servicio público o admi-nistrativo, reservado a las municipalidades de confor- midad con su Ley Orgánica y normas con rango de Ley; Que, el inciso b) del Art. 68º del referido cuerpo legal define a las tasas por servicios administrativos o derechos como aquellas que debe pagar todo con- tribuyente a la Municipalidad por concepto de trami-tación de procedimientos administrativos o por el apro-vechamiento particular de bienes de la Municipalidad,indicando el Art. 70º, que las tasas por servicios ad-ministrativos o derechos no deberán exceder del cos- to de prestación del servicio administrativo y su ren- dimiento será destinado exclusivamente al financia-miento del mismo; Que, asimismo la Cuarta Disposición Final del citado texto legal, señala que las municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización devalores, determinación de impuestos y recibos de pagocorrespondientes, incluida su distribución a domicilio,quedan facultades a cobrar por dichos servicios no másdel 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejerci- cio (es decir S/. 12.40), en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de declaracionesjuradas; Que, conforme a lo establecido en la Ordenanza Metropolitana Nº 211 que "Regula el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas de Carácter TributarioExpedidas por las Municipalidades Distritales de laprovincia de Lima", corresponde al ConcejoMetropolitano de Lima ratificar las ordenanzas apro-badas por las Municipalidades Distritales que crean, modifican o suprimen contribuciones y tasas, o exo- neran de ellas, dentro del ámbito de sus respectivasjurisdicciones; Que, con Oficio Nº 029-2003-SG/MM, la Municipali- dad Distrital de Santa María del Mar, remitió la Orde- nanza Nº 40, que aprueba el Derecho de EmisiónMecanizada, Determinación y Distribución relativos alImpuesto Predial, Arbitrios y otros tributos correspon-dientes al ejercicio 2003 en su jurisdicción, solicitan-do la correspondiente ratificación; Que, la Gerencia de Asuntos Legales del SAT, me- diante Informe Nº 04-78-00000977, señaló que la Mu-nicipalidad Distrital de Santa María del Mar, ha cum-plido con los requisitos legales y técnicos que las normas exigen, adjuntando a la solicitud de ratifica- ción los siguientes documentos: Exposición de Moti-vos, Informe Legal, Copia autenticada del texto de laordenanza, Copia de la publicación de la ordenanza,Copia autenticada del acta de Sesión de Concejo enla que se aprueba la Ordenanza por la mayoría de los regidores del Concejo Distrital, Copia de los antece-