Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2003 (24/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, miercoles 24 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES
Bazar y libreria.

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derechos correspondientes. Con el dictamen MORDAZA senalado, el Gerente de Desarrollo MORDAZA resolvera la solicitud. Los recursos de reconsideracion seran resueltos por el Gerente de Desarrollo Urbano. Los recursos de apelacion seran resueltos por Resolucion de Alcaldia. Los tramites y plazos para resolver los recursos impugnativos se sujetan a lo dispuesto en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La autoridad municipal correspondiente debera expedir la respectiva autorizacion de trabajador MORDAZA ambulante dentro de un plazo no mayor a quince (15) dias contados a partir de la fecha de MORDAZA completa de los requisitos. Articulo 11º.- Vencido el plazo establecido en el articulo anterior, se considerara denegada la autorizacion. Articulo 12º.- Las autorizaciones del trabajador MORDAZA ambulante, sea certificado para el caso de modulo o kiosco, o el carne en el caso de los itinerantes, tendran una vigencia de un (1) ano. Puede ser menor a solicitud del interesado, en el caso de Ferias. Articulo 13º.- La renovacion de la autorizacion del trabajador MORDAZA ambulante solo corresponde ante solicitud expresa del interesado, para lo cual debera cumplir con los siguientes requisitos: 1.- Solicitud de renovacion de autorizacion. 2.- Recibo de pago por derecho de tramite. Articulo 14º.- Cada trabajador MORDAZA ambulante, podra solicitar a la Municipalidad, que se autorice la designacion de un sustituto explicando sus motivos para ello. El sustituto autorizado podra reemplazar al titular por un MORDAZA de 3 (tres) horas diarias consecutivas. Articulo 15º.- En caso de enfermedad o viaje del trabajador MORDAZA ambulante que impida la conduccion del modulo o kiosco. Este debera acreditar con el respectivo Certificado Medico o Boleto de Viaje, segun sea el caso, a fin de autorizar por el tiempo que requiera el descanso o viaje al sustituto que se responsabilizara ante la Municipalidad. La autorizacion del sustituto tendra vigencia por 3 (tres) meses, por unica vez, durante un ano calendario. Articulo 16º.- En caso de perdida o deterioro del carne del trabajador MORDAZA ambulante, podra solicitar un duplicado, presentando para ello: a. Solicitud. b. MORDAZA de D.N.I. c. Dos fotografias. d. Derecho de pago. REGULACION DEL COMERCIO AMBULATORIO EN LA VIA PUBLICA Articulo 17º.- El comercio ambulatorio en la via publica, solo podra ser ejercido en los giros y en los lugares o ubicaciones autorizados por la Municipalidad. Articulo 18º.- El vendedor ambulante solo puede desarrollar su actividad en uno de los giros previstos en este reglamento. Articulo 19º.- Solo se podra ejercer el comercio ambulatorio en los siguientes casos: a) ALIMENTOS Frutas y verduras. Golosinas y gaseosas. Emolientes, cafe. Pan, (triciclos autorizados). Sandwichs (preparados). Helados, raspadillas. Tamales.

b) ARTICULOS DE USO PERSONAL

c) ESPARCIMIENTO Y CULTURA Periodicos, revistas y loterias. d) SERVICIOS Y REPARACIONES Zapateros. Llaves. e) VARIOS MORDAZA y plantas. Cambio de moneda. Lustradores de zapatos. Banderas. Artesanos. Controladores de transporte. Alquiler de sombrillas. MODULOS O KIOSCOS Articulo 20º.- La ubicacion de modulos y/o kioscos autorizados en la via publica de venta o de prestacion de servicios, no podran impedir el libre MORDAZA de personas y vehiculos ni obstaculizar su visibilidad. Articulo 21º.- La Municipalidad dispone las caracteristicas de diseno, dimensiones y materiales de los modulos y/o kioscos, asi mismo el uso de uniformes y demas distintivos de acuerdo al giro autorizado. Articulo 22º.- Los trabajadores autonomos ambulantes, estan obligados a cumplir las normas y disposiciones de la Municipalidad, referentes a sanidad, limpieza, ornato, respeto al vecindario y cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Articulo 23º.- Cada trabajador MORDAZA ambulante, es responsable ante la Municipalidad de retirar los modulos movibles de la via publica, al finalizar su horario de atencion, asi como de la limpieza y cuidado de la MORDAZA en la que esta autorizado, por lo que debera contar con una papelera, escoba y recogedor, con el objeto de mantener limpio el lugar donde desarrolla su actividad, hasta un radio de cinco metros de su ubicacion. Articulo 24º.- De verificarse el abandono del espacio fisico asignado y/o actividad comercial por un plazo de 30 (treinta) dias calendario, sin mediar comunicacion alguna a la Municipalidad, se procedera a declarar abandonada dicha asignacion, quedando cancelada la autorizacion. DERECHOS DE TRAMITE Y AUTORIZACION Articulo 25º.- Los derechos de tramite y autorizacion se establecen en el anexo Nº 1, que forma parte de la presente ordenanza. DISPOSICION FINAL Primera.- Deroguese toda MORDAZA que se oponga a la presente ordenanza. Segunda.- Modifiquese el item Nº 27 de Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del rubro "AUTORIZACIONES MUNICIPALES DE APERTURA Y FUNCIONAMIENTO" y agreguese los items Nºs. 28 y 29 conforme se detalla en el anexo Nº 1 de la presente ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA

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