Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2003 (25/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, jueves 25 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Tercera Disposicion Complementaria establece que el CONAM emitira mediante Decreto de Consejo Directivo, de conformidad con lo establecido en el literal c) del articulo 27º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 074-2001-PCM y en coordinacion con DIGESA, una Directiva para la aplicacion del indicado Reglamento de los Niveles de Estados de Alerta Nacionales para Contaminantes del Aire, en un plazo MORDAZA de 60 dias calendario; Que de acuerdo al Informe Tecnico Legal Nº 001-2003CONAM/PROCLIM, de fecha 5 de septiembre del presente ano, se requiere la contratacion de una empresa consultora especializada para la elaboracion de la Directiva de aplicacion sobre los Estados de Alerta, para el cumplimiento de lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 009-2003-SA, implicando ello que el citado servicio sea de caracter personalisimo, ajustandose de esta manera a las disposiciones del articulo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen, entre otros, para la prestacion de servicios personalisimos; Que de conformidad con el articulo 20º del citado Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, cuya MORDAZA con el Informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica; Que el articulo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM establece que la facultad de aprobacion de las exoneraciones a que se refiere el articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, no puede ser delegada por las autoridades indicadas en dicha norma; Que, en consecuencia, resulta necesaria la emision de la Resolucion Presidencial mediante la cual se aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, la prestacion del servicio de la empresa Golder Associates Peru S.A., considerando que la especializacion de sus profesionales, nacionales y extranjeros, asi como su trayectoria internacional en el tema de contaminacion del aire es superior al de otras empresas consultadas, lo que garantiza el optimo y oportuno resultado del servicio requerido; Con la aprobacion de la Secretaria Ejecutiva y la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica y la Oficina de Administracion y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26410, Decreto Supremo Nº 022-2001-PCM, Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerase al Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, del MORDAZA de seleccion correspondiente y autoricese para contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, la prestacion del servicio personalisimo de la empresa Golder Associates Peru S.A., para la elaboracion de la Directiva de aplicacion sobre los Estados de Alerta, en cumplimiento de lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 009-2003-SA, que aprueba el Reglamento de los Niveles de Estados de Alerta Nacionales para Contaminantes del Aire, publicado el 25 de junio del presente ano, por el valor referencial de US$ 9,500.00 (Nueve Mil Quinientos y 00/100 Dolares Americanos), monto que incluye los impuestos de ley. Articulo 2º.- La contratacion que se efectue en virtud a la presente resolucion, se realizara a traves de la Oficina de Administracion y Finanzas del CONAM, de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 3º.- El egreso que irrogue la contratacion del servicio a que se refiere los articulos precedentes se afectara a la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias - Convenio SENREM. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como poner en

conocimiento de la Contraloria General de la Republica, con sus respectivos antecedentes, dentro de los 10 dias siguientes de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LORET DE MOLA DE MORDAZA Presidente 17704

CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION
Aprueban formulario de "Solicitud de Acceso a la Informacion Publica" de la Contaduria
RESOLUCION JEFATURAL Nº 110-2003-EF/93.01
MORDAZA, 10 de setiembre del 2003 CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establece como finalidad de la mencionada Ley, promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del Articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, de conformidad con lo establecido en los numerales 2 y 3 del articulo 3º del referido Texto Unico Ordenado, el Estado adopta medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las entidades de la Administracion Publica, teniendo la obligacion de entregar la informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de Publicidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, se aprobo el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; Que, el articulo 10º del mencionado Reglamento establece que la solicitud de acceso a la informacion publica puede ser presentada a traves del MORDAZA de Transparencia de la Entidad o de forma personal ante su unidad de recepcion documentaria, mediante el formato contenido en el Anexo que forma parte del mismo; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria del mencionado Reglamento, establece que las entidades implementaran el formato a que se refiere su articulo 10º; Estando a lo propuesto por la Oficina General de Administracion, con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º de la Ley Nº 24680 modificado por el articulo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Formulario Nº 001 "Solicitud de Acceso a la Informacion Publica" de la Contaduria Publica de la Nacion, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Formulario Nº 001 "Solicitud de Acceso a la Informacion Publica", podra ser presentado a traves de la Mesa de Partes en original y MORDAZA o en forma virtual a la Contaduria Publica de la Nacion, a fin de cumplir con la mencionada MORDAZA, se debera fotocopiar el formulario que se muestra en el Anexo, o imprimir el formulario que estara a disposicion de los interesados en: http: // cpn.mef.gob.pe (Pagina Web de la Contaduria Publica de la Nacion). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Contador General de la Nacion

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