NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (25/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 112
TEXTO PAGINA: 36
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G31/G39/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 25 de setiembre de 2003 VISTO, el Informe Especial Nº 250-2003-CG/ORHU, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipa-lidad Distrital de Amarilis, provincia y departamento deHuánuco, por el período comprendido entre enero 2001 ydiciembre 2002; y, CONSIDERANDO:Que, como resultado de la acción de control realizada por la Oficina Regional de Control Huancayo de la Contra-loría General de la República a la Municipalidad Distrital deAmarilis, la Comisión de Auditoría ha determinado deficien-cias en el Expediente Técnico de la obra "Plaza Mayor deAmarilis", al haberse construido el tanque cisterna en ubi-cación inadecuada y sin la pendiente necesaria, motivo porel cual no puede ser utilizado para el almacenamiento deagua conforme estaba previsto, con el agravante que elexpediente técnico aprobado no contaba con el visto bue-no del área especializada responsable de su revisión, oca-sionando perjuicio económico a la entidad de S/. 14 888,84;hecho que permite determinar presunta ResponsabilidadCivil, prevista en el Artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con-trol y de la Contraloría General de la República - Ley Nº27785, constituye atribución de este Organismo Superiorde Control, disponer el inicio de las acciones legales perti-nentes en forma inmediata, por parte del Procurador Públi-co, en los casos que en la ejecución directa de una acciónde control se encuentre daño económico o presunción deilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Pú-blico encargado de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, el inicio de las acciones legalesrespectivas contra los presuntos responsables comprendi-dos en el Informe de Visto; De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contralo-ría General de la República, Ley Nº 27785, y los DecretosLeyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge-neral de la República, para que en nombre y representacióndel Estado, inicie las acciones legales por los hechosexpuestos y contra los presuntos responsables compren-didos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efectolos antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 17611 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6D/G65/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G6D/G65/G6E/G73/G61/G6A/G65/G72/GED/G61/G20/G61/G20/G6E/G69/G76/G65/G6C/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 441-2003-JEF/RENIEC Lima, 23 de setiembre de 2003 VISTO: El Oficio Nº 864-2003-GAJ/RENIEC de fecha 22 de ju- lio del 2003, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica,el Oficio Nº 2081-2003-GO/RENIEC de fecha 26 de agostodel 2003, emitido por la Gerencia de Operaciones, la Re-solución Gerencial Nº 512-2003-GAD/RENIEC de fecha 1de septiembre de 2003 y la Carta Notarial Nº 443-2003-GAD/RENIEC de fecha 1 de septiembre de 2003, emitidopor la Gerencia de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26497, se crea el Registro Na- cional de Identificación y Estado Civil, con arreglo a lo pre-visto en los Artículos 177º y 183º de la Constitución Políti-ca del Perú, como un organismo autónomo con personería jurídica de derecho público interno y con el goce de atribu-ciones en materia registral, técnica, administrativa, econó-mica y financiera; Que, con fecha 17 de marzo del 2003, se suscribió el Contrato Nº S00018-2003-04-00-03 con la empresa Pro-yectos & Servicios Empresariales S.A. - PROSEMSA, cuyoobjeto es el servicio de mensajería a nivel nacional, cuyaduración es de un año; Que, mediante Oficio Nº 2081-2003-GO/RENIEC de fecha 26 de agosto del 2003, la Gerencia de Operacionesencargada de emitir la conformidad del servicio y como áreausuaria, adjunta el informe sobre el servicio de mensajeríaa nivel nacional prestado por la empresa Proyectos & Ser-vicios Empresariales S.A. - PROSEMSA en el cual expresaque dicha empresa no ha venido cumpliendo con lo pacta-do en el contrato de locación de servicios y sugiere que demanera inmediata la institución proceda con resolver elcontrato con la empresa PROSEMSA por los constantesincumplimientos; Que, mediante Carta Notarial Nº 443-2003-GAD/RE- NIEC de fecha 1 de septiembre de 2003, la Gerencia deAdministración adjunta la Resolución Gerencial Nº 512-2003-GAD/RENIEC de fecha 1 de septiembre de 2003,mediante la cual se resuelve en forma total el contrato delocación de servicios Nº S00018-2003-03-00-03 de men-sajería a nivel nacional suscrito con la empresa Proyectos& Servicios Empresariales S.A. - PROSEMSA; Que, al haberse resuelto el contrato con la empresa Proyectos & Servicios Empresariales S.A. - PROSEMSA,la Entidad no cuenta con el servicio de mensajería a nivelnacional, poniendo en riesgo la función primordial de la Ins-titución, al no poder remitir documentos importantes talescomo los trámites del DNI de los ciudadanos peruanos ydemás acervo documentario en la Institución a nivel nacio-nal; Que, mediante Informe Nº 338-2003-GAD/DSG, de fe- cha 9 de septiembre de 2003 la División de Servicios Ge-nerales informa sobre la necesidad de declarar en situa-ción de Urgencia, el servicio de mensajería a nivel nacio-nal; considerando que se trata de una situación extraordi-naria, en tanto las unidades orgánicas, han acumulado grancantidad de documentación pendiente de remisión; Que, asimismo se considera que la ausencia de estos servicios compromete en forma directa e inminente la con-tinuidad de las funciones de la Entidad, cual es la entregade los DNI's a los ciudadanos y que la exoneración o situa-ción de excepción se realizará por única vez; Que, siendo de imperiosa necesidad contratar los ser- vicios de mensajería a nivel nacional por un período decinco meses o hasta la suscripción de un nuevo contrato loque ocurra primero resulta necesario adoptar medidas ur-gentes con la finalidad de cubrir el servicio de mensajeríanacional; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, en su artículo 19º inci-so c) señala que se exonera del proceso de selección, lasadquisiciones o contrataciones que se realicen en situa-ción de emergencia o de urgencia declaradas conforme aley; Que, el artículo 21º de la misma norma considera en situación de urgencia cuando la ausencia extraordinaria eimprevisible de determinado bien o servicio comprometeen forma directa e inminente la continuidad de los serviciosesenciales facultando a la Entidad a la adquisición o con-trataciones de bienes, servicios u obras sólo por el tiempoo cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a caboel proceso de selección que corresponda; Que, estando a lo expuesto, en el presente caso se con- figuran los presupuestos para declarar en urgencia el ser-vicio de mensajería a nivel nacional, y de conformidad conlo dispuesto en la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil y con el visto bue-no de las Gerencias de Administración y de Asesoría Jurí-dica, y los informes técnico y legal de la Gerencia de Pro-cesos y de Asesoría Jurídica respectivamente; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar en situación de urgencia el servicio de mensajería a nivel nacional por el plazo de 5meses o hasta la suscripción del contrato respectivo. Artículo Segundo.- Aprobar la situación de urgencia del servicio de mensajería a nivel nacional por la suma deS/. 300,000.00 (Trescientos mil y 00/100 Nuevos Soles),con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Di-rectamente Recaudados, disponiendo que la contratación