TEXTO PAGINA: 22
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G39/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 2 de abril de 2004 to, mediante proceso de Adjudicación de Menor Cuan- tía; Que, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo, literal a) del artículo 20º del TUO de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, dicha exoneraciónse aprueba mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, requiriéndose obligatoriamente, a tal efecto, un informe técnico legal previo, según lo establecido en el ter-cer párrafo del mismo artículo; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurí- dica y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11ºde la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y el articulo 11º inciso g) del Reglamento de Organización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Exonerar de proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva la prórroga del contrato de arrendamiento Nº 0669-2000-05-00-02 del local ubica-do en Avenida Gerónimo de La Torre Nº 173-169 Urbaniza-ción Las Quintanas, distrito y Provincia de Trujillo. Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Admi- nistración la prórroga del contrato de arrendamiento a que se refiere el artículo anterior por el plazo de un (1) año, contado a partir del 1 de abril del 2004 por un monto totalde US$ 6,600.00 (Seis Mil Seiscientos y 00/100 DólaresAmericanos), con cargo a la fuente de recursos directa-mente recaudados. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Adminis- tración el cumplimiento de la presente resolución así como comunicar su contenido y sustento a la Contraloría Gene-ral de la República; asimismo publicar la presente Resolu-ción en el Diario Oficial El Peruano en el plazo legal, y en lapágina web de la entidad en coordinación con la Gerenciade Tecnología de la Información. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 06583 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 141-2004-JEF/RENIEC Lima, 31 de marzo de 2004 VISTO: El Informe Nº 180-2004/GAD-SGSG de 8 de marzo del 2004 y el Informe Nº 347-2004-GAJ/RENIEC de30 de marzo del 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26497, se crea el Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, con arreglo a lo previs-to en los artículos 177º y 183º de la Constitución Políticadel Perú, como un organismo autónomo con personeríajurídica de Derecho Público Interno y con goce de atribu-ciones en materia registral, técnica, administrativa, econó- mica y financiera; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 134-2004-JEF/ RENIEC de 30 de marzo del 2004, se aprueba la inclusiónen el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones delRegistro Nacional de Identificación y Estado Civil para elejercicio presupuestal 2004, del proceso de selección de- nominado Adquisición Directa Selectiva para la Contrata- ción del Arrendamiento de Bien Inmueble para el Funcio-namiento de la Jefatura Regional Piura y la Agencia Piura,considerándose como fecha probable de convocatoria elmes de marzo del año en curso; Que, mediante Oficio Nº 200-2004/GO/JR1PIU/RENIEC de 1 de marzo del 2004, la Jefatura Regional I - Piura infor- ma que el 31 de marzo del 2004 vence el contrato de arren-damiento del local donde funciona la Sede Regional y laAgencia Piura, por lo que se requiere efectuar la prórrogarespectiva por el plazo de un (1) año, habiendo el propieta-rio de dicho local manifestado, por carta de 3 de marzo del2004, su voluntad de ampliar, en las mismas condiciones, el referido contrato; Que, en tal sentido, el monto anual a contratar asciende a la suma de US$ 9,360.00 (Nueve Mil Trescientos Sesentay 00/100 Dólares Americanos), el cual corresponde a unproceso de Adjudicación Directa Selectiva de conformidad con los márgenes que a tal efecto establece la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2004; suma que cuenta con la respectiva cobertura presu-puestal de conformidad con el Oficio Nº 300-2004-RENIEC/GPP de 11 de marzo del 2004 emitido por la Gerencia dePlanificación y Presupuesto, al cual se anexa el Informe Nº 147-2004-GPP-SGP/RENIEC de la misma fecha; Que, de conformidad con lo establecido en el literal g) del artículo 19º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, están exo-neradas de los procesos de Licitación Pública, ConcursoPúblico o Adjudicación Directa, según sea el caso, las ad- quisiciones y contrataciones que se realicen para prorro- gar el plazo de contratos de arrendamiento de inmueblesocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no seincremente en una tasa mayor al crecimiento del índicegeneral de precios al por mayor, debiendo realizarse, enatención a lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 20º del referido Reglamento, mediante proceso de Adjudica- ción de Menor Cuantía; Que, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo, literal a) del artículo 20º del TUO de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, dicha exoneraciónse aprueba mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, requiriéndose obligatoriamente, a tal efecto, un informe técnico legal previo, según lo establecido en el ter-cer párrafo del mismo artículo; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurí- dica y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11ºde la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y el articulo 11º inciso g) del Reglamento de Organización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Exonerar de proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva la prórroga del contrato de arrendamiento Nº 0665-2000-05-00-02 del local ubica-do en calle Cuzco Nº 874, distrito de Castilla, provincia ydepartamento de Piura. Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Admi- nistración la prórroga del contrato de arrendamiento a que se refiere el artículo anterior por el plazo de un (1) año, contado a partir del 1 de abril del 2004 por un monto totalde US$ 9,360.00 (Nueve Mil Trescientos Sesenta y 00/100Dólares Americanos), con cargo a la fuente de recursosdirectamente recaudados. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Adminis- tración el cumplimiento de la presente resolución así como comunicar su contenido y sustento a la Contraloría Gene-ral de la República; asimismo publicar la presente Resolu-ción en el Diario Oficial El Peruano en el plazo legal, y en lapágina web de la entidad en coordinación con la Gerenciade Tecnología de la Información. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 06584 MINISTERIO PÚBLICO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G78 /G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46._/G69/G73/G63/G61/G6C/GED/G61/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G2D/G63/G69/G61/G6C/G20/G4D/G69/G78/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G72/G61/GF1/GF3/G6E RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 495-2004-MP-FN Lima, 30 de marzo de 2004