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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G33/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de abril de 2004 tales contrataciones, precisándose que la Resolución exo- neratoria debe indicar el órgano que se encargará de llevara cabo la contratación y que una vez aprobada la exonera-ción, la contratación deberá realizarse mediante accionesinmediatas sobre la base la obtención de una cotización quecumpla los requisitos establecidos en las Bases; Que, teniendo en cuenta el Informe Técnico N° 002-2004- FIP/CAREC-UNI de fecha 25 de marzo del 2004, y lo opina-do por la Oficina Central de Asesoría Legal mediante Infor-me Legal N° 078-OCAL de fecha 29 de marzo del 2004 pro-cede la aprobación de la exoneración del Proceso de Con-curso Público para contratar los servicios personalísimos de las empresas, por los montos detallados en el cuadro anterior, haciendo un total de US$ 91,363.63 (Noventa y UnMil Trescientos Sesenta y Tres y 63/100 dólares america-nos), incluido IGV, a través de la modalidad de Adjudicaciónde Menor Cuantía; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33°, Inc. b), de la Ley Universitaria N° 23733 concordante con el artículo 52°, Inc. c) del Estatuto de la Universi-dad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE : Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección por Concurso público, para contratar los ser-vicios de las siguientes empresas extranjeras que cuen-tan con expositores de reconocida trayectoria interna-cional, en razón Convenio de Cooperación suscrito en-tre la Universidad Nacional de Ingeniería y el Comité de Administración de los Recursos para Capacitación – CAREC, para el dictado de los siguientes cursos: EEMPRESA / PAÍS CURSO COSTO SYGNUS/ARGENTINA Optimización de la Perforación US$ 9,090.91 ICP/CANADA Sistemas de Producción-Optimización US$ 10,227.27 Usando Análisis Nodal ICP/CANADA Técnicas de Remediación de Suelos y US$ 10,227.27 Áreas Contaminadas con Hidrocarburos. ESP OIL/VENEZUELA Rejuvenecimientos de Campos Maduros US$ 9,261.36 ICP/CANADA Procedimiento de la Inyección de Gas US$ 15,340.91 con Fluidos Miscibles e Inmiscibles. SYGNUS/ARGENTINA Indicadores Aplicados en la US$ 8,522.73 Tercerización de Mantenimiento. ICP/CANADA Materiales Peligrosos y Monitoreo de US$ 10,227.27 Efluentes. ESP OIL/VENEZUELA Análisis Causa Raíz US$ 9,375.00 SYGNUS/ARGENTINA D iseños de Procesos de Gas Natural y US$ 9,090.91 Aplicación de Gas en la Industria del Petróleo Artículo 2º.- Autorizar la contratación de las referidas empresas extranjeras, mediante un Proceso de Adjudicaciónde Menor Cuantía con cargo a la fuente de financiamientoRecursos Directamente Recaudados, según los montos re-ferenciales detallados en el cuadro anterior, que hacen untotal de US$ 91,363.63 (Noventa y Un Mil Trescientos Sesen- ta y Tres y 63/100 dólares americanos), incluido IGV. Artículo 3º.- La adquisición que se efectuará en virtud de la presente Resolución Rectoral, está a cargo de la Ofi-cina Central de Logística de la Universidad Nacional deIngeniería. Artículo 4.- Disponer que la presente Resolución Recto- ral sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo que se remita copia de la presente Resolución Rectoral y delos Informes que sustentan esta exoneración a la ContraloríaGeneral de la República, dentro de los diez días calendariosiguientes a la fecha de su aprobación, conforme a lo dis-puesto en el artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y archívese ROBERTO MORALES MORALES Rector 06980/G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G62/G65/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C /G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73/G20/G6C/G61/G73/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G2D/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G4D/G69/G6E/G65/G72/G61/G20/G4C/G61/G20/G43/G69/G6D/G61/G53/G2E/G41/G2E COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 025-2004-EF/94.45 Lima, 31 de marzo de 2004VISTOS:El Expediente Nº 2004008327, así como el Informe Nº 0044-2004-EF/94.45.2 de fecha 31 de marzo de 2004, de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO:Que, mediante Junta General de Accionistas de fecha 22 de setiembre de 2003, se acordó la reorganización so- cietaria de Sociedad Minera Corona S.A. bajo la modali- dad de escisión, segregándose el bloque patrimonial cons-tituido por los activos que conforman el proyecto de la cita-da sociedad y su transferencia a una nueva sociedad porconstituirse denominada Sociedad Minera La Cima S.A.; Que, mediante Junta General de Accionistas de Socie- dad Minera La Cima S.A., de fecha 23 de febrero de 2004, se acordó con el 92,014% de las acciones con derecho avoto incorporar a la negociación bursátil las acciones re-presentativas de capital social y las acciones de inversiónemitidas por ella, en el Registro de Valores de la Bolsa deValores de Lima y en el Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución CONASEV Nº 125-98-EF/94.10, queaprueba el Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valo-res Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valo-res de Lima; Que, con fecha 19 de diciembre de 2003, el señor Salvador Gubbings Granger, Presidente de Directorio de Sociedad Minera La Cima S.A. solicita a la Bolsa deValores de Lima la inscripción de las acciones repre-sentativas de capital social de su representada y delas acciones de inversión en el Registro de Valores dela mencionada entidad y en el Registro Público del Mer- cado de Valores; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 132º del Texto Único Ordenado de la Ley delMercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº093-2002-EF y de acuerdo con lo establecido en el artículo16º del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, aprobado por Resolución CONASEV Nº 079-97- EF/94.10, la Bolsa de Valores de Lima mediante Carta NºGL-239/04 remitida el 18 de marzo de 2004, comunicó aCONASEV su decisión de admitir la solicitud del listado delas acciones de inversión de Sociedad Minera La Cima S.A.elevando el expediente respectivo para los fines corres- pondientes; Que, luego de la evaluación a la documentación pre- sentada se ha verificado que en el presente caso, se cum-ple con los requisitos exigidos por los artículos 5º y 12º delReglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobilia-rios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 125-98-EF/ 94.10 y modificada por Resolución CONASEV Nº 092-2000-EF/94.10; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 16º del Regla- mento del Registro Público del Mercado de Valores, apro-bado por Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10 y a lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional con fecha 18 de diciembre de 2000 que faculta a la Geren-cia de Mercados y Emisores a disponer la inscripción devalores mobiliarios, previamente emitidos y que serán ne-