Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2004 (08/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2004

te Echegaray", con relacion al fallecimiento del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, de la MORDAZA del Certificado de Defuncion expedido por el Servicio Unidad Cuidados Intensivos del Hospital IV "Victor MORDAZA Echegaray", aparece que el dia 27 de febrero del 2004, se produjo el sensible fallecimiento del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; Que, el inciso 1) del articulo 245º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, establece que el cargo de Magistrado termina por fallecimiento; Que, en tal sentido, y habiendose determinado que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, fallecio el 27 de febrero del presente ano, corresponde en consecuencia, formalizar el cese del nombrado Magistrado dentro de la causal pertinente, de conformidad con la MORDAZA citada precedentemente; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Presidente de este Organo de Gobierno por asistir a un evento oficial, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer el CESE por fallecimiento del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, con efectividad al 27 de febrero del 2004, reconociendosele postumamente por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para los fines correspondientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 07023

Sancionan con destitucion a servidor por su actuacion como Especialista Legal adscrito al Modulo Basico de Justicia de la provincia de MORDAZA
QUEJA ODICMA Nº 426-2003-JUNIN MORDAZA, tres de marzo del dos mil cuatro. VISTO: El expediente que contiene la Queja ODICMA numero cuatrocientos veintiseis guion dos mil tres guion MORDAZA, seguida contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Hermitano, por su actuacion como Especialista Legal adscrito al Modulo Basico de Justicia de la provincia de MORDAZA, comprension del Distrito Judicial de Junin; oido el informe oral, por los fundamentos de la resolucion numero setecientos sesentiocho de fojas seiscientos cincuentinueve a seiscientos sesentisiete, su fecha doce de agosto del dos mil tres; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, la presente investigacion se inicio a merito de la Queja Verbal, de fojas uno, formulada por don MORDAZA

MORDAZA MORDAZA, en la que denuncia a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Hermitano, por su actuacion como Especialista Legal adscrito al Modulo Basico de Justicia de la provincia de MORDAZA, al haberle solicitado a traves de don MORDAZA Ancalle Patino suma de dinero a cambio de tramitar un pedido de desafectacion de vehiculo, en el expediente numero dos mil guion noventinueve sobre delito de usurpacion; Segundo: Que, teniendo en cuenta la denuncia formulada, mediante resolucion numero uno, de fecha diez de diciembre del dos mil dos, de fojas dos, se dispuso la realizacion de un operativo anticorrupcion, autorizandose su ejecucion en el dia; Tercero: Que, conforme aparece en el Acta de Constatacion, de fojas trece a quince, su fecha diez de diciembre del dos mil dos, siendo las doce horas con veinticinco minutos, se llevo a cabo el operativo anticorrupcion con la participacion de los senores MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial (P) Mixto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Corte Superior de Justicia y Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Superior y Magistrado de la Comision Distrital de Control de la Magistratura de ese Distrito Judicial, y el apoyo de la Policia Nacional del Peru; interviniendo don MORDAZA Ancalle Patino en representacion del denunciante, quien utilizo dos billetes de diez nuevos soles y uno de cincuenta nuevos soles, previamente fotocopiados, para luego entrevistarse con el servidor investigado, y entregarselos; siendo el caso que al producirse la intervencion del investigado se le encontraron los mismos en el bolsillo derecho delantero del pantalon; Cuarto: Que, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Hermitano senala en sus descargos que el dinero le fue puesto en el bolsillo de su chaleco envuelto en forma de rollo en circunstancias que conversaba con MORDAZA Ancalle Patino, quien le indico que "era un incentivo para que lo haga", por lo que al percatarse del hecho y luego de retornar a su despacho se dio cuenta que se trataba de setenta nuevos soles, los que paso al bolsillo derecho de su pantalon, con la idea de darle cuenta de lo sucedido al Juez de la causa, manifestando que no tuvo tiempo de hacerlo por la rapidez con que se produjo la intervencion; Quinto: Que, asimismo, el investigado argumenta en su descargo que el Acta de Constatacion es nula debido a lo siguiente: a) Que han intervenido ilegalmente Magistrados de la ODICMA y de la CODICMA, cuando el operativo debio ser dirigido por el representante del Ministerio Publico con apoyo de la Policia Nacional del Peru; b) Que se ha transgredido el MORDAZA de legalidad y su derecho de defensa al haberse consignado en las Actas de Constatacion hechos que no son ciertos, asi como respuestas que no dio, no habiendose dejado MORDAZA que en todo momento de la intervencion mostro calma; c) Que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Magistrado de la CODICMA, es compadre del quejoso MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo que estaba impedido de intervenir en el Acta de Constatacion; de otro lado, y conforme aparece a fojas seiscientos sesentiocho y siguientes, senala que el quejoso ha incurrido en diversas contradicciones teniendo en cuenta que en su queja manifesto que le pidio a un familiar que se acerque al Modulo Basico de Justicia para luego manifestar en su declaracion testimonial que se trataba de un amigo; de igual modo refiere que existe contradiccion cuando el denunciante en su queja declaro que don MORDAZA Ancalle Patino residia en una direccion para luego mencionar otra distinta en su declaracion; o por el hecho de haber entregado el tramite de un juicio y ademas dinero a una persona que recien conocia, o cuando dijo que se encontraba en su despacho de Alcaldia y no en el Modulo Basico de Justicia materia del operativo; Sexto: Que, finalmente mediante escrito de la fecha, el investigado refiere que dicho operativo fue montado y amanado, y que se encuentra probado y no valorado que dicho operativo fue concertado entre el ex Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y el quejoso; asimismo declara que salio a atender a MORDAZA Ancalle Patino por llamado de un servidor del Modulo de Justicia, por lo que aduce que no hubo la concertacion denunciada; concluyendo que la decision del Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial por la que propone su destitucion es subjetiva y basada en presunciones; y que ha tenido en su desempeno como auxiliar jurisdiccional del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA una conducta eficiente e inta-

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