Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2004 (08/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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raciones falsas, las mismas que fueron ingresadas en instrumento publico, esto es el Registro, motivando la cancelacion de las inscripciones fraudulentas por disposicion de la Gerencia de Operaciones, al tratarse de tramites irregulares; Que, aun cuando se ha procedido administrativamente, esto es la cancelacion de dichas inscripciones mediante Resolucion Nº 046-2002-GO/RENIEC, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA UCHIDA MORDAZA y MORDAZA KUSAKA ROMERO; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA UCHIDA MORDAZA y MORDAZA KUSAKA MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06203

Declaran en situacion de urgencia la contratacion del servicio de impresion y acabados del DNI
RESOLUCION JEFATURAL Nº 143-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2004 VISTO: El Informe Nº 259-2004-GAJ/RENIEC de 24 de marzo del 2004 de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26497, se crea el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, con arreglo a lo previsto en los articulos 177º y 183º de la Constitucion Politica del Peru, como un organismo MORDAZA con personeria juridica de Derecho Publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; Que, por Resolucion Jefatural Nº 142-2004-JEF/RENIEC de 31 de marzo del 2004, se aprueba la inclusion en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil para el ejercicio presupuestal 2004, del MORDAZA de seleccion denominado Concurso Publico para la Contratacion del Servicio de Impresion y Acabados del DNI, considerandose como fecha probable de convocatoria el mes de MORDAZA del ano en curso; Que, la Comision de Estudio de Propuestas y Mejoras para la Emision del DNI determino la conveniencia de incorporar nuevos elementos de seguridad y materiales de mayor durabilidad para la confeccion del DNI sobre la base

de tecnologia de punta producida en los paises desarrollados, resultando conveniente por la trascendencia y envergadura de la adquisicion que se efectue una Licitacion Publica Internacional por personal especializado y con experiencia; Que, en base a tal consideracion, mediante Resolucion Jefatural Nº 427-2003-JEF/RENIEC del 18 de setiembre del 2003 se aprueba la propuesta de incluir el MORDAZA de Licitacion Publica que se requiera en el Sistema denominado "Evaluacion Internacional de Procesos" reglamentado por el Decreto Ley Nº 25565, a traves de la Organizacion de las Naciones Unidas, a fin de garantizar la transparencia y eficiencia del mismo; Que, mediante Oficio Nº 012-2004-JEF/RENIEC del 21 de enero del 2004 emitido por la Jefatura Nacional, con la finalidad de llevar el cabo el referido MORDAZA y en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 4º del Reglamento del Decreto Ley Nº 25565, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-92-EF, la Entidad planteo su propuesta a la Presidencia del Consejo de Ministros, a fin de que dicho organismo, en coordinacion con RENIEC, sustente la expedicion de la correspondiente Resolucion Suprema de aprobacion para el uso del Sistema de Evaluacion Internacional de Procesos para licitaciones y concursos, estando por tanto, a la espera de la expedicion de la referida Resolucion Suprema, motivo por el cual no ha sido aun posible convocar al MORDAZA de seleccion respectivo bajo el sistema internacional MORDAZA referido; Que, siendo ello asi y ante la culminacion del contrato del servicio de impresion y acabados del DNI por motivos de un incremento inusual de la demanda de tramites del DNI, se hace necesaria la contratacion del mencionado servicio de manera urgente; Que, de acuerdo al Informe Nº 259-2004-GAJ/RENIEC de 24 de marzo del 2004, la Gerencia de Asesoria Juridica opina que resulta procedente declarar en situacion de urgencia por el plazo necesario hasta que se contrate el servicio de impresion y acabados del DNI; Que, considerando el tiempo que demore el MORDAZA de seleccion que corresponde mas el tiempo de instalacion efectiva del equipamiento para la elaboracion del DNI, la duracion de la situacion de urgencia puede ser estimada en seis (6) meses; Que, segun las proyecciones efectuadas por la Gerencia de Procesos, a traves del Oficio Nº 399-2004-GP/RENIEC del 26 de marzo del 2004, al cual se anexa el Oficio Nº 210-2004-GP-SGP/RENIEC, durante el plazo a que se refiere el considerando anterior se estima imprimir la cantidad de 1'095,464 DNIs, por lo que el monto a contratar asciende a la suma de US$ 635,369.12 (Seiscientos Treinta y Cinco Mil Trescientos Sesenta y Nueve y 12/100 Dolares Americanos), el cual corresponde a un MORDAZA de Concurso Publico, segun los margenes que al respecto establece la Ley Anual de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia declarada de conformidad con la referida Ley, debiendo llevarse a cabo, en atencion a lo dispuesto en el primer parrafo del articulo 20º del referido Reglamento, mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, conforme a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo, literal a) del articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dicha exoneracion se aprueba mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendose obligatoriamente, a tal efecto, un informe tecnico y legal previo, segun lo establecido en el tercer parrafo del mismo articulo; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la institucion aprobado por Resolucion Jefatural Nº 530-2003-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia la contratacion del servicio de impresion y acaba-

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