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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (08/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 62

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G33/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de abril de 2004 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G2D /G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G2D /G67/G75/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 430-2004 Lima, 19 de marzo de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA:La solicitud presentada por el señor Vladimir Jesús Fi- gueroa Paredes para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median- te Convocatoria Nº 02-2004-RIAS celebrada el 16 de ene- ro de 2004, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros hacalificado y aprobado la inscripción respectiva en el indica-do Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por laResolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Vla- dimir Jesús Figueroa Paredes con matrícula Nº N-3678 enel Registro del Sistema de Seguros Sección A: PersonasNaturales Libro II: de los Corredores de Seguros que llevaesta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 06834 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G41/G46._/G50/G20/G48/G6F/G72/G69/G7A/G6F/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F /G64/G65/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G48/G75/GE1/G6E/G75/G63/G6F RESOLUCIÓN SBS Nº 467-2004 Lima, 26 de marzo de 2004 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES VISTOS: La solicitud de fecha 11.3.04 ingresada con registro Nº 2004-13051 el 12.3.04 por la Administradora Privada deFondos de Pensiones HORIZONTE, representada por el señor Javier Marín Estevez, así como el Memorando Nº 162-2004-CINST de la Intendencia de Control de Institu-ciones de fecha 15.3.04; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución SBS Nº 104-02 se autorizó a AFP HORIZONTE al funcionamiento definitivo de su agen-cia en la ciudad de HUÁNUCO en el Jr. Dámaso Beraún Nº 749 de la ciudad de Huánuco; Que, el artículo 15º del Título III del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sis-tema Privado de Administradoras de Fondos de Pen-siones, referido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución SBS Nº 053-98-EF/SAFP, establece que para el cambio de dirección de una agencia en una mis-ma localidad, la AFP deberá presentar una solicitud ala Superintendencia, la misma que contendrá lo siguien-te: a) Copia del documento en el que conste el acuerdo de cambio de dirección, adoptado por el órgano socialcompetente de la AFP; b) Breve exposición de los motivos por los cuales se solicita el referido cambio. Que, mediante la solicitud de vistos, el señor Javier Marín Estevez, en representación de AFP Horizonte,solicita a esta Superintendencia se autorice, el cambiode dirección de su agencia ubicada en Jr. Dámaso Be-raún Nº 749 de la ciudad de Huánuco; Que, el Director Gerente General de AFP Horizon- te, mediante documento adjunto a la solicitud de vistos certifica que en la próxima sesión de Directorio de lareferida Administradora estará incluido como punto dela agenda, para el otorgamiento del acuerdo de Directo-rio respectivo, el cambio de dirección de su agencia dela ciudad de Huánuco; Que, la citada AFP ha cumplido con exponer los mo- tivos por los cuales realizará el cambio de dirección dela agencia de atención al público; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Ge- neral del Sistema Financiero y del Sistema de Segurosy Orgánica de la Superintendencia de Banca y Segu- ros y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondosde Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, y sus modificatorias, la Resolución SBS Nº 949-2000, y la Resolución Nº 053-98-EF/SAFP; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a AFP HORIZONTE, el cambio de dirección de su agencia ubicada en Jr. Dámaso BeraúnNº 749, provincia de Huánuco por la dirección que a conti-nuación se detalla: HUÁNUCO Jr. 28 de Julio Nº 1110, Huánuco.Artículo 2º.- Dejar sin efecto el Certificado Definitivo HO-036, que fuera emitido al amparo de lo dispuesto en la Resolución SBS Nº 104-02. Artículo 3º.- Expedir y otorgar el Certificado Definitivo de Apertura de la agencia mencionada en el artículo pri-mero de la presente resolución. Artículo 4º.- La AFP HORIZONTE, a efectos del cierre de la Agencia que se autoriza por la presente Resolución, deberá cumplir con la publicación y plazo a que se refiereel último párrafo del artículo 14º del Título III del Compen-dio, aprobado por Resolución Nº 053-98-EF/SAFP. La AFP HORIZONTE tendrá un plazo máximo de treinta (30) días calendario para cumplir con el cierre de la agencia, de conformidad con lo dispuesto en la presente Resolución. De no cumplir con lo establecidoen el párrafo anterior dentro del plazo antes mencio-nado, se tendrá por no presentada la solicitud de cam-bio de dirección de agencia. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA MASIAS QUIROGA Superintendente Adjunta de AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones 06842