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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G33/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de abril de 2004 desarrollo del Proyecto Techo Propio, en el ámbito del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ybajo la administración del Fondo Hipotecario de Pro-moción de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA; Que, la Ley Nº 27829 creó el Bono Familiar Habita- cional (BFH) como parte de la política sectorial del Mi- nisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que será otorgado a los beneficiarios por unasola vez, con criterio de utilidad pública, sin cargo derestitución por parte de éstos, y que constituye un in-centivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzoconstructor; Que, por Resolución Ministerial Nº 096-2004-VI- VIENDA, de fecha 2 de abril de 2004 se convocó a laciudadanía a participar en la Novena Convocatoria delProyecto Techo Propio, Postulación Individual en lamodalidad de Adquisición de Vivienda Nueva, Postula-ción Colectiva en la modalidad de Construcción en Si- tio Propio, y Postulación Individual y Colectiva, bajo la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva en losProyectos de Renovación Urbana; Que, se ha facultado al Secretario Ejecutivo del Fon- do MIVIVIENDA a desarrollar y difundir los cronogra-mas mencionados, así como la relación de las Institu- ciones Financieras Intermediarias participantes; De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27829, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supre-mo Nº 030-2003-VIVIENDA, la Resolución MinisterialNº 247-2003-VIVIENDA, y la Resolución Ministerial Nº096-2004-VIVIENDA; SE RESUELVE: 1º.- Aprobar el Cronograma correspondiente a la Nove- na Convocatoria del Proyecto Techo Propio, bajo la moda-lidad de Adquisición de Vivienda Nueva, Construcción en Sitio Propio, y Renovación Urbana a que se refiere la Re- solución Ministerial Nº 096-2004-VIVIENDA, el mismo quetiene el siguiente tenor: RECEPCIÓN DE FORMULARIOS Hasta el 31 de mayo de 2004 DE POSTULACIÓN DIFUSIÓN DE BENEFICIARIOS A partir del 5 de julio de 2004DEFINITIVOS 2º.- Las Instituciones Financieras Intermediarias parti- cipantes en las convocatorias indicadas en el numeral pre-cedente son las siguientes: AHORRO Y CRÉDITO: Banco del Trabajo, Banco Inter- bank, Banco Wiese Sudameris, Caja Rural de Ahorro yCrédito del Sur (CajaSur), Caja Rural de Ahorro y CréditoSeñor de Luren, y CMAC Tacna. AHORRO SOLAMENTE: Banco Interamericano de Finanzas, Banco de Crédito del Perú (solamente en Si- cuani), Banco de Comercio, Caja Rural de Ahorro y Cré-dito Quillabamba - Credinka, Caja Municipal de May-nas, Caja Municipal de Ica, y Caja Municipal de Sulla-na. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA ESTEVES DEJO Secretaria Ejecutiva 06938 I N P E FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 202-2004-INPE/P Mediante Oficio Nº 193-2004-INPE/11, el Instituto Na- cional Penitenciario solicita se publique Fe de Erratas de laResolución Presidencial Nº 202-2004-INPE/P, publicada enla edición del día 6 de abril de 2004.En el Artículo 3º, DICE:"AUTORIZAR a la Dirección Regional Lima, la adqui- sición de Suministros de Alimentos Preparados para los internos y personal de Seguridad, Salud y Mantenimiento ..., para los E.P. Mujeres Chorrillos y Miguel Castro Castro,..." DEBE DECIR: "AUTORIZAR a la Dirección Regional Lima, la adqui- sición de Suministros de Alimentos Preparados para losinternos y personal de Seguridad, Salud y Mantenimiento..., para los E.P.R.C.E. Chorrillos y Miguel Castro Castro,...". 06939 OSINERG /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G72/G65/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G4F/G72/G61/G63/G6C/G65/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 030-2004-OS/PRES Lima, 1 abril de 2004 VISTOS: El Informe Técnico Nº OI-004-2004 de fecha 15 de marzo de 2004, de la Oficina de Informática y el Informe Legal NºGL-216-2004 de fecha 31 de marzo de 2004, de la Geren-cia Legal. CONSIDERANDO: Que, el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,establece que están exoneradas de los procesos de Licita-ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones de bienes o servicios que no admiten sustitutos; Que, mediante contrato de Compraventa Nº 124-2000 del 14 de agosto de 2000, se adquirieron de la empresaSistemas Oracle del Perú S.A., licencias de uso de siste-mas de los productos Oracle; de esta manera, los proce- sos de recepción y provisión de información de la Institu- ción son desarrollados sobre una plataforma de base dedatos Oracle; Que, con fecha 2 de marzo de 2004, Sistemas Oracle del Perú S.A. remite a OSINERG, la propuesta de renova-ción de las licencias Oracle; Que, con fecha 15 de marzo de 2004, la Oficina de In- formática solicita a la Oficina de Administración y Finan-zas la exoneración para la renovación de las licencias deuso de sistemas de productos Oracle, adjuntando para elloel Informe Técnico Nº OI-004-2004, el cual contiene lasrazones que justifican dicha exoneración; Que, conforme se desprende del referido Informe Técni- co, es necesario que se renueven las licencias menciona-das en el párrafo precedente, para el año 2004, en tantoOSINERG necesita los productos Oracle, de manera in-dispensable, para el correcto funcionamiento de su basede datos, herramientas de desarrollo y servidor de aplica- ciones y que la única empresa distribuidora autorizada en el país de Oracle Corporation, titular de los derechos deautor de los programas de software Oracle, es SistemasOracle del Perú S.A.; Que, al encontrarnos frente a un único titular autori- zado que puede otorgar las licencias requeridas, la contratación a efectuarse es una que no admite sustitu-