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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (08/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G33/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de abril de 2004 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G61/G72/G69/G6F/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C /G45/G6C/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G70/G65/G6E/G64/G69/G6F/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G74/G69/G2D /G76/G6F/G20/G51/G75/G69/G6E/G63/G65/G6E/G61/G6C/G20/G22/G44/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G4C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G22/G20/G6D/G65/G2D /G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G2D/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 052-2004-P-PJ Lima, 5 de abril del 2004 VISTOS: Los Memorándums Nºs. 527 y 675-2004-SL-GAF-GG/ PJ de la Subgerencia de Logística de la Gerencia de Admi-nistración y Finanzas, el Informe Nº 222-2004-OAL-GG/PJ de la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal de laGerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 143º de la Consti- tución Política del Estado, el Poder Judicial está integrado porórganos jurisdiccionales que administran justicia en nombre dela Nación y por órganos que ejercen su gobierno y administra-ción, como tal en materia de provisión de bienes, servicios yejecución de obras, adecúa sus acciones administrativas a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y demás nor-mas modificatorias y complementarias; Que, mediante el Memorándum Nº 527-2004-SL-GAF-GG/ PJ la Subgerencia de Logística de la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas, solicita la exoneración del respectivo pro-ceso de selección, a fin de adquirir el Diario Oficial El Peruanoy el Compendio Normativo Quincenal "Dispositivos Legales",para su distribución oportuna y permanente en las diversasdependencias del Poder Judicial a nivel nacional, sustentando su pedido a través del Informe Nº 002-2004-AC-SL-GAF-GG/ PJ, elaborado por el Área de Compras de dicha Subgerencia; Que, del Informe Nº 002-2004-AC-SL-GAF-GG/PJ, se apre- cia que el valor referencial para la adquisición del Diario OficialEl Peruano y el Compendio Normativo Quincenal "DispositivosLegales", por el período de 12 meses, asciende a la suma de S/. 519,888.00 (quinientos diecinueve mil ochocientos ochen- tiocho y 00/100 Nuevos Soles); Que, en cumplimiento al artículo 11º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado yen atención a lo informado por el Área de Programación, laSubgerencia de Logística mediante el Memorándum Nº 675- 2004-SL-GAF-GG/PJ, ha señalado la disponibilidad presupues- tal, indicando su fuente de financiamiento con cargo a los Re-cursos Ordinarios; Que, la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - EDITORA PERU - es la empresa estatal de Derecho Privadoque en forma exclusiva se dedica a la edición, impresión y dis- tribución del Diario Oficial El Peruano y del Compendio Norma- tivo Quincenal "Dispositivos Legales"; Que, para la adquisición de los bienes requeridos, confor- me a la normativa vigente en contrataciones públicas y aten-diendo al monto autorizado, correspondería convocar el proce-so de selección de Licitación Pública; sin embargo, estando a que tanto el Diario Oficial El Peruano como el Compendio Nor- mativo Quincenal "Dispositivos Legales", sólo pueden ser abas-tecidos por la empresa antes mencionada, no se justifica laconvocatoria a proceso, toda vez que no va a cumplir funciónalguna debido a que los bienes a adquirir no admiten sustituto; Que, conforme al inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, seencuentran exoneradas de los procesos de Licitación Pública,Concurso Público o Adjudicación Directa, las adquisiciones ycontrataciones que se realicen cuando los bienes o serviciosno admiten sustitutos; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que lasadquisiciones y contrataciones exoneradas del respectivo pro- ceso de selección, se realizarán mediante el proceso de Adju-dicación de Menor Cuantía, debiendo remitirse copia de losmismos y de los informes que la sustentan a la ContraloríaGeneral de la República, dentro de los 10 días calendario si-guientes a la fecha de su aprobación; Que, de acuerdo a lo previsto por el artículo 115º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,las resoluciones que aprueben las exoneraciones de los pro-cesos de selección por la causal de bien que no admite sustitu-to, deben publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro delos diez días hábiles de su emisión; Que, la Jefatura de Asesoría Legal de la Gerencia General, mediante Informe Nº 222-2004-OAL-GG/PJ, opina por la pro-cedencia de la exoneración, toda vez que se cumplen con lospresupuestos para la aplicación de la causal de bien que noadmite sustituto, de acuerdo a lo previsto por el mencionadoinciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, habiéndose revisado y encontrado conforme el Infor- me Nº 002-2004-AC-SL-GAF-GG/PJ del Área de Compras dela Subgerencia de Logística, y el Informe Nº 222-2004-OAL-GG-PJ de la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal, se con-cluye que los bienes requeridos, al ser brindados únicamente por la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. de acuer- do a las necesidades del Poder Judicial, se presenta comobienes que no admiten sustituto; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, en concordancia con los artículos 105º, 113º, 114º, 115º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferidas por ley; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Exonerar del proceso de Licitación Pública, por la causal de bien que no admite sustituto, la ad- quisición del Diario Oficial El Peruano y el Compendio Nor-mativo Quincenal "Dispositivos Legales", por el valor referen-cial de S/. 519,888.00 (quinientos diecinueve mil ochocientosochentiocho y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuentede Financiamiento: Recursos Ordinarios, por el período de 12 meses, contados desde el 1 de abril del año 2004. Artículo Segundo.- La adquisición a que se refiere el artículo anterior, se realizará a través del proceso de se-lección de Adjudicación de Menor Cuantía, el mismo quese encontrará a cargo de un Comité Especial que será de-signado por la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Tercero.- El contrato que se celebre como consecuencia de la adquisición a que se refiere la presen-te Resolución, deberá cumplir con los requisitos, condi-ciones, formalidades y garantías que establece la ley. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial haga de conocimiento de la Contraloría General de la República, la presente resolución y los infor- mes que la sustentan, dentro de los 10 días calendario si-guientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO SIVINA HURTADO Presidente 06975 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONTRALORÍA GENERAL FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 116-2004-CG Mediante Oficio Nº 181-2004-CG/SGE la Contraloría General de la República solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Contraloría Nº 116-2004-CG, publica- da en la edición del 31 de marzo de 2004. En Formato PVL