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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G31/G30/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 23 de abril de 2004 cidad es reconocido por el derecho internacional, es fun- damental que el Perú asegure el respeto ante pedidosdel mismo tipo efectuados por la República Federal deAlemania; Estando a lo dispuesto por el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los artículos 37º y 38º de laLey Nº 24710, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Úni-co Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicialaprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del ar- tículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición ac- tiva del procesado ENRIQUE JOSÉ BENAVIDESMORALES, formulado por el Cuarto Juzgado PenalEspecial de la Corte Superior de Justicia de Lima, ydeclarado procedente por la Corte Suprema de Justi-cia de la República, por la comisión del delito contrala tranquilidad pública -asociación para delinquir, enagravio del Estado; y disponer su presentación porvía diplomática, a la República Federal de Alemania,de conformidad a lo estipulado por las normas lega-les peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- El Gobierno del Perú se compromete a respetar los pedidos de extradición formulados por la Re-pública Federal de Alemania, en base al principio de re-ciprocidad. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministrosy Encargado de la Carterade Relaciones Exteriores BALDO KRESALJA ROSSELLÓ Ministro de Justicia 07918 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G75/G72/GED/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65 /G41/G67/G72/G69/G63/G75/G6C/G74/G75/G72/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 088-2004-JUS Lima, 22 de abril de 2004 Visto el Oficio Nº 093-2004-AG-DM, de fecha 17 de marzo de 2004, del señor Ministro de Agricultura; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Procurador Adjunto de la Procuraduría Pública del Ministerio de Agri-cultura; Que, es necesario designar al letrado que ocupe di- cho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en los Decretos Le-yes Nº 17537 y Nº 25993, y en el Reglamento para ladesignación de Procuradores Públicos aprobado porDecreto Supremo Nº 002-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, a la doc- tora ROSA LUZ VARGAS FLORES, como ProcuradoraAdjunta de la Procuraduría Pública del Ministerio de Agri-cultura.Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y deAgricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BALDO KRESALJA ROSSELLÓ Ministro de Justicia JOSÉ LEÓN RIVERA Ministro de Agricultura 07919 /G43/G6F/G6E/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G69/G6E/G64/G75/G6C/G74/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G72/G61/G7A/G6F/G6E/G65/G73/G20/G68/G75/G6D/G61/G6E/G69/G2D /G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G61/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G50/G65/G6E/G69/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 089-2004-JUS Lima, 22 de abril de 2004CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 1º de la Consti- tución Política del Perú, la defensa de la persona huma-na y el respeto de la dignidad son el fin supremo de lasociedad y del Estado; Que, Paolo ARCADIO, de nacionalidad italiana, se encuentra interno en el Establecimiento Penitenciario delCallao; Que, de acuerdo al Certificado Médico s/n de fecha 11 de marzo de 2004, del Hospital Víctor Larco Herrera,el citado interno presenta transtorno mental y del com-portamiento por consumo de cocaína (F14) por vía en-dovenosa, además presenta un coeficiente intelectualfronterizo y un transtorno cognoscitivo leve (F06.7), indi-cando que es factible tenerlo en cuenta para que se leotorgue el indulto humanitario; Que, considerando que la Constitución Política de 1993 en su artículo 139º, inciso 22), establece que elrégimen penitenciario tiene por objeto la reeducación,rehabilitación y reincorporación del penado a la socie-dad; Que, considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedades graves, lacontinuidad de la ejecución de la pena y la prisión pier-de todo sentido jurídico y moral; Que, el caso del referido interno por sus condiciones personales y su avanzado estado de salud, se adecua alos requerimientos de un indulto humanitario, por encon-trarse debidamente acreditada su enfermedad en el do-cumento antes mencionado; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º, 118º incisos 8) y 21) y 139º inciso 22) de la Constitución Polí-tica del Perú, corresponde al Presidente de la Repúblicadictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Conceder INDULTO por razones huma- nitarias a Paolo ARCADIO, quien se encuentra internoen el Establecimiento Penitenciario del Callao. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica el Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BALDO KRESALJA ROSSELLÓ Ministro de Justicia 07920