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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (23/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G31/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 23 de abril de 2004 revocó su testamento ante otro Notario, con lo cual dejo sin efecto el anterior; en consecuencia la Notaria Flo-rencia Peña Martínez no ha cometido la infidencia nota-rial que alega la señora Lucila Núñez en su recurso dequeja; Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado en su sesión de fecha 2 de diciembre de 2003, deconformidad a lo dispuesto por el artículo 142º, inciso b)y e) de la Ley del Notariado aprobada por Decreto LeyNº 26002; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Infundado el recurso de apela- ción interpuesto por la señora Lucila Núñez Ospino, con-tra el acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria del7 de diciembre de 2002, del Colegio de Notarios de Junín. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución al Colegio de Notarios de Junín y al interesado, para susfines. Comuníquese, publíquese y archívese.A. RONALD CÁRDENAS KRENZ Presidente CÉSAR HUMBERTO BAZÁN NAVEDA Consejero CARLOS ENRIQUE GÓMEZ DE LA TORRE RIVERAConsejero OSCAR ZEGARRA GUZMÁN Consejero 07743 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G63/G65/G20/G6E/G75/G65/G76/G61/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G6C/G20/G61/G76/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G61/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G75/G62/G72/G69/G72/G20/G70/G6C/G61/G7A/G61/G73/G20/G76/G61/G63/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G65/G6E /G65/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G4E/G6F/G74/G61/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Nº 032-2003-JUS/CN Lima, 12 de diciembre de 2003 Visto, el recurso de apelación del 3 de abril de 2003 y el escrito ampliatorio de fecha 23 de abril del mismo año,presentado por el señor Javier Waldimiro Lara Ortiz, encontra del Acuerdo de la Junta Directiva del Colegio deNotarios de La Libertad, mediante el cual se convoca aConcurso Público en el Distrito Notarial de su jurisdicción; CONSIDERANDO: Que, según consta a fojas 13 del expediente, la Junta Directiva del Colegio de Notarios de La Libertad acordó,el 17 de agosto de 2002, convocar a Concurso Públicopara cubrir siete plazas vacantes en el Distrito Notarialde La Libertad, siendo tres las plazas notariales en laprovincia de Trujillo, una plaza notarial en la provincia deSantiago de Chuco, una plaza notarial en la provincia deGran Chimú y una plaza notarial en la provincia de Pa-taz, acotándose que una de las plazas notariales de laprovincia de Trujillo debiera ser convocada para cubrir laplaza en el distrito de La Esperanza; Que, del estudio de los actuados a foja 39, se obser- va que el acuerdo de la Junta Directiva mencionado enel considerando anterior fue ratificado en acuerdo pormayoría de la Asamblea General Extraordinaria de di-cho Colegio el 14 de noviembre de 2002; Que, de acuerdo al aviso de convocatoria que corre a fojas 21 del expediente, tres plazas notariales se convo-caron en la provincia de Trujillo; sin embargo, no se se-ñaló la ubicación distrital de cada una de ellas, contravi-niendo el artículo 6º del Reglamento del Concurso Pú-blico para acceso a la función notarial, Resolución Mi-nisterial Nº 398-2001-JUS;Que, en el aviso de convocatoria que corre a fojas 20 del expediente, se convoca a tres plazas notariales en laprovincia de Trujillo, precisándose que dos plazas nota-riales están ubicadas en el distrito de Trujillo y una plazanotarial en el distrito de Florencia de Mora, de acuerdoal Reglamento de Concurso Público mencionado en elconsiderando anterior; Que, de acuerdo al artículo 5º de la Ley del Notaria- do, Decreto Ley Nº 26002, el número de Notarios Públi-cos en las capitales de departamento será no mayor decuarenta, como es el caso de la provincia de Trujillo, de-biendo los Colegios de Notarios convocar a ConcursoPúblico dentro del marco que establece la Ley; Que, de conformidad al artículo 3º literal a) del Re- glamento del Consejo del Notariado, Decreto SupremoNº 05-94-JUS, es función del Consejo ejercer la vigilan-cia de los Colegios de Notarios respecto al cumplimien-to de sus obligaciones; Que, en el caso de autos, la Junta Directiva del Cole- gio de Notarios de La Libertad acordó, entre otros te-mas, la convocatoria para cubrir tres plazas notarialesen la provincia de Trujillo, entre ellas una plaza notarialen el distrito de La Esperanza; mientras que la convoca-toria publicada en el Diario Oficial El Peruano del 13 demarzo de 2003, señaló una plaza notarial en el distritode Florencia de Mora en la provincia de Trujillo, no reali-zándose convocatoria alguna para la plaza del distritode La Esperanza, de acuerdo al acta de la Junta Directi-va del 17 de agosto de 2002; Que, la convocatoria publicada debe corresponder al acuerdo tomado por la Junta Directiva del Colegio deNotarios de La Libertad el 17 de agosto de 2002, siendonecesario reformular las publicaciones del 10 de marzoy 13 de marzo del 2003 en el Diario Oficial El Peruano; Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado en su sesión del 2 de diciembre de 2003, al artículo 5ºdel Decreto Ley Nº 26002, Ley del Notariado, al artículo3º literal e) del Decreto Supremo Nº 05-94-JUS,Reglamento del Consejo del Notariado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar fundado el recurso de apela- ción interpuesto por el señor Javier Waldimiro Lara Or-tiz, debiéndose realizar nueva publicación del aviso deConvocatoria a Concurso Público, la misma que deberácumplir los requisitos de Ley y realizarse de conformi-dad al Acuerdo de la Junta Directiva del Colegio de No-tarios de La Libertad adoptado en su sesión del 17 deagosto de 2002 y aprobado por la Asamblea GeneralExtraordinaria del 24 de noviembre de 2002. Artículo 2º.- La presente resolución no afecta los de- rechos adquiridos por los postulantes inscritos al Con-curso Público para el ingreso a la función notarial en elDistrito Notarial de La Libertad, debiendo remitir carta alDecano del Colegio señalando la ubicación de la plazanotarial de acuerdo a la nueva publicación de la Convo-catoria a que se refiere el artículo anterior. Artículo 3º.- Remítase copia de la presente Resolu- ción al interesado y al Colegio de Notarios de La Liber-tad para que proceda de acuerdo a Ley, con la finalidadde que se culmine con el Concurso Público de Méritospara el ingreso de la función notarial en el Distrito Nota-rial de La Libertad. Comuníquese, publíquese y archívese .A. RONALD CÁRDENAS KRENZ Presidente CÉSAR HUMBERTO BAZÁN NAVEDA Consejero CARLOS ENRIQUE GÓMEZ DE LA TORRE RIVERAConsejero OSCAR ZEGARRA GUZMÁN Consejero 07744