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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G32/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 26 de abril de 2004 la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y conforme lo dispone el artículo 24º de la acotada, en caso de vacan- cia de Regidor lo reemplaza el suplente, respetando la pre- cedencia establecida en su propia lista electoral, corres-pondiendo la suplencia a doña Aurora Esther Lescano Sil-va, según documentación remitida por el Jurado ElectoralEspecial de Lima Sur; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE:Artículo Único.- Convocar a doña Aurora Esther Les- cano Silva, candidata no proclamada de la Alianza Electo- ral Unidad Nacional, para que asuma el cargo de Regidora del Concejo Distrital de Pachacamac, provincia y depar-tamento de Lima, para completar el período de gobiernomunicipal 2003 - 2006, debiendo otorgársele la respectivacredencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓROMERO ZAVALABALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General. 07959 /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G61/G73/G20/G70/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G64/G61/G20/G79/G20/G6E/G6F /G70/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G64/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G73/G75/G6D/G61/G6E/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G73/G20/G64/G65/G61/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G79/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G64/G65/G20/G43/G68/G61/G6E/G63/G68/G61/G6D/G61/G79/G6F/G2C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G4A/G75/G6E/GED/G6E JURADO NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCIÓN Nº 070-2004-JNE Expediente Nº 135-2003 Lima, 20 de abril de 2004 Visto el expediente sobre vacancia del cargo de Alcalde del Concejo Provincial de Chanchamayo, departamento deJunín, que desempeña don Walter Hernán Mendoza Castro, por haberse dictado sentencia condenatoria en su contra; CONSIDERANDO:Que el Concejo Provincial de Chanchamayo declaró la vacancia del cargo de Alcalde de don Walter Hernán Mendo- za Castro en la sesión extraordinaria del 10 de marzo de 2004, con el voto aprobatorio de diez regidores, superandolos dos tercios del número legal de sus miembros, por lacausal de vacancia prevista en el numeral 6) del artículo 22ºde la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, referida ala existencia de sentencia condenatoria emitida en última instancia por delito doloso; habiéndose expedido, en ese sentido, el Acuerdo de Concejo Nº 052-2004-MPCH de 12de marzo de 2004 que fue notificado personalmente al afec-tado el 15 de marzo de 2004, según el cargo de fojas 218; Que con las copias certificadas de fojas 5 a 25 y de fojas 34 a 36, se acredita que la Sala Mixta Descentrali- zada de La Merced por sentencia del 8 de agosto de 2002, condenó a Walter Hernán Mendoza Castro como autor deldelito de Corrupción de Funcionarios - Aprovechamientoilícito de cargo público en agravio del Estado y de la Muni-cipalidad de Chanchamayo, imponiéndole cuatro años depena privativa de la libertad suspendida en su ejecución, con un período de prueba de tres años, e inhabilitación por el mismo tiempo de la condena, también suspendida con-dicionalmente al cumplimiento de reglas de conducta; y quela Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justiciade la República con resolución de 29 de enero de 2004declaró no haber nulidad en la sentencia antes menciona- da, y haber nulidad en la propia sentencia en el extremo que suspende la inhabilitación, y reformándola señalaronque dicha pena accesoria es por el término de tres años ycon carácter de efectiva; quedando probada la existenciade la causal de vacancia invocada por el Concejo Provin- cial de Chanchamayo; Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el artí-culo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, encaso de vacancia, el Alcalde es reemplazado por el Tenien-te Alcalde, que es el primer Regidor hábil que sigue en supropia lista electoral, en este caso de la organización políti- ca local Fuerza Chanchamayo, correspondiéndole asumir el cargo de Alcalde del Concejo Provincial de Chanchama-yo a doña Livia Soledad Mayor Montesinos; y, para comple-tar el número de regidores del Concejo, deberá convocarseal candidato suplente respetando la precedencia estableci-da en dicha lista electoral, siendo ésta doña Gabriela Luci- la Sobrino Suárez, de acuerdo con la lista de candidatos remitida por el Jurado Electoral Especial de Chanchamayocon motivo de las Elecciones Municipales del año 2002; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a doña Livia Soledad Ma- yor Montesinos para que asuma el cargo de Alcalde delConcejo Provincial de Chanchamayo, departamento deJunín, en el período de gobierno municipal 2003-2006; otor- gándosele la credencial que la acredite como tal. Artículo Segundo.- Convocar a doña Gabriela Lucila Sobrino Suárez para que asuma el cargo de Regidor delConcejo Provincial de Chanchamayo, departamento deJunín, en el período de gobierno municipal 2003-2006, aquien se le otorgará la respectiva credencial. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la credencial de Al- calde del Concejo Provincial de Chanchamayo expedida afavor de don Walter Hernán Mendoza Castro. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVABOLÍVAR ARTEAGASOTO VALLENASVELA MARQUILLÓROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 07960 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 125-2004-JEF/RENIEC Lima, 26 de marzo de 2004 Visto, el Oficio Nº 1827-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC y el Informe Nº 255-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Ge- rencia de Asesoría Jurídica, de fecha 19 de marzo del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en su permanente labor fisca- lizadora, así como del proceso de depuración inherente alprocedimiento administrativo, ha detectado que el ciudada-no PAUL WALTER ANTÓN LOPEZ quien dice llamarse tam-bién PAUL ANTÓN HIGA, dada la simplificación administra-tiva y en atención al principio de veracidad de las declara- ciones, se presentó a solicitar inscripción en el entonces Registro Electoral del Perú, pese a que ya tenía una ins-cripción anterior, valiéndose para ello de falsas declaracio-nes, las mismas que fueron insertadas en instrumento pú-blico, creando una duplicidad de inscripciones en el siste-ma del Archivo Nacional de Identificación, cuya organiza- ción y mantenimiento es encargada al RENIEC; Que, aún cuando si bien, se ha procedido administrativa- mente, esto, es la cancelación de la inscripción fraudulentapor parte de la Subgerencia de Depuración Registral y Ar-