Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2004 (25/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, miercoles 25 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, mediante la Ordenanza Nº 171-MSS, la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, establecio el MORDAZA legal del Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio fiscal 2004; Que, tambien se establecio que los montos a cobrar por arbitrios, se determinarian distribuyendo el costo total de los servicios entre los contribuyentes del distrito considerado para: - El Arbitrio de Limpieza Publica, el criterio de Indice de Actividad Economica en funcion al uso del predio por la Base Imponible. El Indice de Actividad Economica, se establece a partir del uso asignado a cada predio y en funcion a los siguientes factores: generacion de residuos, densidad de residuos y la frecuencia de recoleccion. La Base Imponible, se encuentra referida al valor predial en el distrito. - El Arbitrio de Parques y Jardines, un Costo Flat por el Indice de Sitio tomando como referencia el valor predial. El Indice de Sitio, esta referido a la ubicacion del predio y se establece en funcion a los siguientes factores: beneficios ambientales, acceso a recreacion y deporte y al ornato de la MORDAZA, tomando como referencia el valor predial en el distrito. El Costo Flat, lo constituye el porcentaje asignado al costo efectivo total del servicio de Parques y Jardines Publicos dividido entre el total de predios. - El arbitrio de Serenazgo, un Costo Flat por el Indice de Riesgo tomando como referencia el uso y el valor del predio. El Indice de Riesgo, esta referido a la mayor o menor atencion que debe darsele a un predio en seguridad por el uso asignado, tomando como referencia el valor predial en el distrito y se establece en funcion a los siguientes factores: vias de acceso, MORDAZA peatonal, MORDAZA vehicular y grado de vulnerabilidad. El Costo Flat, lo constituye el porcentaje asignado al costo efectivo total del servicio de Serenazgo, dividido entre el total de predios. Que, al mismo tiempo, a traves de la Ordenanza Nº 172-MSS publicada el 28 de enero de 2004, se aprobo los montos de los arbitrios municipales para el ejercicio 2004; Que, considerando los costos y criterios mencionados, se determinaron los indices y las formulas a usar, los mismos que serviran para calcular los importes por arbitrios y cuya distribucion ha sido establecida en los Anexos I, II y III de la Ordenanza materia de ratificacion; Que, revisadas estas consideraciones, dentro del MORDAZA de ratificacion de la Ordenanza Nº 172-MSS, el SAT efectuo observaciones tecnicas referidas a la inclusion en la estructura de costos de los arbitrios, de conceptos cuyo vinculo con la prestacion efectiva de los servicios publicos no era verificable, en ese sentido, se solicito el sustento apropiado para la actividad "Lavado de uniformes de personal" del Servicio de Limpieza Publica, ademas se solicito para cada arbitrio, la justificacion y detalle de los conceptos denominados "Gastos administrativos", tambien se detectaron errores de calculo en la actividad "Programa de Segregacion de Residuos" del servicio de Limpieza Publica y en "Remuneracion total de efectivos PNP" del servicio de Serenazgo. Asimismo, se solicito la justificacion a las actividades correspondientes a "Fonoparchado", "Pintura", "Semaforizacion", "Carpinteria" y "Electricidad" incorporados al costo del servicio de Parques y Jardines. En este ultimo caso, se observo el hecho de que las mencionadas actividades no habian sido descritas como parte del servicio en la Ordenanza Nº 171MSS; Que, con la finalidad de subsanar las observaciones realizadas por el SAT, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA envio la informacion sustentatoria requerida para su revision e inclusion en el expediente de ratificacion. Asi, justificaron la inclusion del fonoparchado, pintura, semaforizacion, carpinteria y electricidad, como actividades necesarias para brindar de manera optima el servicio de Parques y Jardines. Asimismo, corrigieron los errores de calculo y enviaron nuevas estructu-

ras de costos. Respecto a la actividad de MORDAZA de uniformes, sostuvieron que dicha actividad esta sujeta a un vinculo contractual entre trabajadores y la municipalidad; Que, respecto a las observaciones efectuadas con relacion a los gastos administrativos, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA sustento que estos guardan relacion con la prestacion de los servicios, en tanto corresponden a gastos derivados de la gestion municipal, ademas anadio que estan usando una metodologia basada en el sistema de costeo por actividades (ABC) a fin de estimar la asignacion de carga administrativa que asume la entidad en la prestacion de los servicios publicos. En ese sentido remitio la informacion detallada de los costos involucrados; Que, de este modo, absueltas la observaciones, se procedio a analizar el cumplimiento de los requisitos tecnicos para la ratificacion de la Ordenanza en cuestion. Asi, de acuerdo a la informacion remitida por la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, se verifico que la prestacion del servicio de Limpieza Publica, que involucra la recoleccion de escombros, transporte, descarga, transferencia y disposicion final de desechos solidos urbanos implica para la Municipalidad Distrital, un costo total anual por mano de obra, vestuario, herram i e n t a s , e q u i p o s, e n t r e o t r o s, e q u i v a l e n t e a 17,823,746.31 Nuevos soles conforme se muestra de manera resumida en el Anexo Nº 1 del informe del SAT; Que, de igual modo, la prestacion del Servicio de Parques y Jardines, que consiste en la implementacion, recuperacion, mantenimiento y mejora de los mismos (segun sustento incluye actividades de fonoparchado, pintura, semaforizacion, carpinteria y electricidad, efectuados para la mejora del ornato del distrito; genera para la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA un costo anual por mano de obra, vestuario, herramientas, equipos, tarifas de servicios basicos, entre otros, equivalente a 16,674,879.08 Nuevos Soles, conforme se muestra en el Anexo Nº 2 del Informe del SAT; Que, la prestacion del servicio de Serenazgo, implica para la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, incurrir en costos de mano de obra, vestuario, materiales y equipos, entre otros, derivados del mantenimiento y mejora del servicio de vigilancia publica, proteccion civil y atencion de emergencias en procura de la seguridad ciudadana. Estos costos para el ejercicio 2004 ascienden a 11, 377,797.60 Nuevos Soles conforme se aprecia en el Anexo Nº 3 del Informe del SAT; Que, para verificar el financiamiento de dichos costos y a partir de la informacion presentada por la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA se ha efectuado la estimacion de los ingresos potenciales por cada Arbitrio, teniendo en cuenta las tasas y criterios establecidos en la Ordenanza Nº 172-MSS, asi como el numero de predios afectos para cada caso; Que, de este modo, el ingreso estimado por el Arbitrio de Limpieza Publica para el ano 2004, asciende a 17,640,063.72 Nuevos Soles, tal como se muestra en el Anexo Nº 4 del Informe del SAT. Por el Arbitrio de Parques y Jardines se estima un ingreso anual de 16,670,320.78 Nuevos Soles y por el Arbitrio de Serenazgo un ingreso equivalente a 11,376,643.56 Nuevos Soles, tal como se aprecia en el Anexo Nº 5 y Nº 6 respectivamente; Que, en atencion a lo expuesto en los parrafos precedentes, se concluye que las Ordenanzas Nº 171-MSS y 172-MSS, se encuentran conforme a la normatividad vigente contenida en la Ley Organica de Municipalidades, aprobada por la Ley Nº 27972; el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 776; De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en su Dictamen Nº 113-2004-MML-CMAEO; ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar las Ordenanzas Nºs. 171-MSS y 172-MSS, que establecen el Regimen Tributario y las disposiciones aplicables al pago de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2004 a aplicarse en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA de Surco. Articulo Segundo.- Invocar a la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, que para la aprobacion y

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