Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2004 (25/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, miercoles 25 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de leche evaporada y hojuela de MORDAZA enriquecida para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 52-2004/CDLO
Los MORDAZA, 13 de agosto de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Dictamen Nº 39-2004 MDLO-CEP de la Comision Permanente de Economia y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a los articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 027-2004/CDLO de fecha 6 de MORDAZA de 2004 se declara en situacion de urgencia, por el periodo de 10 semanas, la adquisicion de Leche Evaporada Entera, en tanto que con Acuerdo de Concejo Nº 032-2004/CDLO del 27 de MORDAZA de 2004 se declaro en situacion de urgencia, por el periodo de ocho (8) semanas, la adquisicion de hojuela de MORDAZA con quinua y kiwicha; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 043-2004/CDLO del 2 de MORDAZA de 2004 se declaro en urgencia a partir del 15 de MORDAZA de 2004 y por el periodo de cuatro (4) semanas, la adquisicion de alimentos para el Programa del Vaso de Leche; Que, con Resolucion Nº 353-2004 se declaro de oficio la Nulidad del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004-MDLO/CE, ordenando retrotraer el mismo a la etapa de Elaboracion de las Bases. Tal decision se sustenta en la observacion formulada por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE con Oficio Nº A-1403-2004/MDLO/CE, segun el cual del aviso de convocatoria de la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004-MDLO/CE se colige que el objeto del MORDAZA es adquirir leche evaporada entera en lata y hojuelas de MORDAZA con quinua y kiwicha, sin precisarse que el 90% de los insumos contenidos en los mismos MORDAZA de procedencia nacional, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27470 que establece Normas Complementarias para la Ejecucion del Programa del Vaso de Leche y su modificatoria contenida en la Ley Nº 27712; Que, mediante Informe Nº 156-2004/SGSMSDHE/DPSDPD/PVL-CP el Encargado del Programa del Vaso de Leche y Comedores Populares sostiene que en merito a haberse retrotraido el MORDAZA de seleccion para la adquisicion de los productos del Programa del Vaso de Leche y estando a la necesidad de ejecutar un estudio de MORDAZA de la hojuela de MORDAZA quinua y Kiwicha fortificada, es impostergable declarar la urgencia para la adquisicion de los mismos; Que, del Informe Nº 013-2004-MDLO/CE fluye la opinion favorable del Comite Especial para atender la solicitud de declaracion de urgencia para la adquisicion de productos de leche y hojuela de MORDAZA enriquecida con quinua y kiwicha fortificada por espacio de ocho semanas. Es mas, del Informe Tecnico anexado se tiene que se ha incrementado el valor de la leche entera en lata, el cual modifica el valor referencial del Item I, de la Licitacion Publica Nº 0012004-MDLO/CE; Que, con Informe Nº 499-2004-MDLO/OAJ, la Oficina de Asesoria Juridica opina que se remitan los actuados al Concejo Municipal a efectos que, con los antecedentes del caso y las acciones ejecutadas se meritue la DECLARACION EN SITUACION DE URGENCIA a fin de no desabastecer a los beneficiarios del programa del Vaso de Leche, conforme al periodo estipulado en la opinion tecnica; autorizandose al Comite Especial encargado de conducir la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004-MDLO/CE, a adquirir de Leche evaporada entera y el producto comple-

mentario conforme a su competencia; Que, conforme al articulo 108º, numeral 2), del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la situacion de emergencia y de urgencia deben entenderse como medidas de naturaleza temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para aplicar las urgencias, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las contrataciones y adquisiciones definitivas; Que, conforme a la Ley Nº 26850 que aprueba la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de Seleccion que corresponda; Que, el Art. 4º de la Ley Nº 27470 que establece Normas Complementarias para la Ejecucion del Programa del Vaso de Leche, determina que los recursos del Programa del Vaso de Leche financian la racion alimenticia diaria, la que debe estar compuesta por productos de origen nacional al 100% en aquellas zonas en las que la oferta de productos cubre la demanda. Agrega la MORDAZA que dicha racion debe estar constituida por alimentos nacionales pudiendo ser leche en cualquiera de sus formas, y/o enriquecidos lacteos y/o alimentos que contengan un minimo de 90% de insumos nacionales (tales como harina de quinua, kiwicha, cebada, arroz, soya y otros productos nacionales); Estando a los dispuesto por los articulos 19º literal c), 20º, literal c) y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado, aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y 108º numeral 2) de su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 0132001-PCM y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 9º, inciso 8) y 41º, de la Ley Organica de Municipalidades, y por UNAMIMIDAD; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA, por el periodo de ocho (8) semanas a partir del 16 de agosto de 2004, la adquisicion de Leche Evaporada Entera y Hojuela de MORDAZA enriquecida con quinua y kiwicha fortificada de acuerdo al siguiente detalle:
PRODUCTO Leche Evaporada Entera Hojuela de MORDAZA enriquecida con quinua y kiwicha fortificada CANTIDAD 268,800 Latas 37.20 TM PESO DE ENVASADO 410 grs. 500 grs. MONTO S/. 481,152.00 119,040.00

Articulo Segundo.- AUTORIZAR al COMITE ESPECIAL encargado de conducir la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004-MDLO/CE, la adquisicion de Leche evaporada entera y Hojuela de MORDAZA enriquecida con quinua y kiwicha fortificada bajo el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia. Para dicha accion se debera verificar que el 90% de los insumos contenidos en los mismos MORDAZA de procedencia nacional, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27470 que establece Normas Complementarias para la Ejecucion del Programa del Vaso de Leche, y su modificatoria. Articulo Tercero.- DISPONER que dentro del termino legal la DIRECCION DE LOGISTICA cumpla con remitir el presente Acuerdo, asi como de los Informes tecnico-legales que los sustentan, a la Contraloria General de la Republica y demas organos competentes. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS y al PROGRAMA DEL VASO DE LECHE Y COMEDORES POPULARES, el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Acuerdo y a la Gerencia Municipal su supervision. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15354

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