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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (25/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G31/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 25 de agosto de 2004 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G65/G63/G68/G65/G20/G65/G76/G61/G70/G6F/G72/G61/G64/G61/G20/G79/G20/G68/G6F/G2D/G6A/G75/G65/G6C/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G76/G65/G6E/G61/G20/G65/G6E/G72/G69/G71/G75/G65/G63/G69/G64/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G2D/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 53-2004/CDLO Los Olivos, 18 de agosto de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTOS: El Informe Nº 161-2004-2004/SGSMSDHE/ DPSD/PVL-CP del Encargado del Programa del Vaso de Leche y Comedores Populares, Informe Nº 516-2004- MDLO/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, Informe Nº339-2004-MDLO/SGII de Secretaría General e Imagen Ins- titucional y Dictamen Nº 41-2004-MDLO/CEP de la Comi- sión de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales son los órganos de gobier- no promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimien- to de sus fines, que gozan de autonomía política, económi- ca y administrativa en los asuntos de su competencia, con- forme a los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, con Resolución Nº 353-2004 se declaró de oficio la Nulidad del Proceso de Licitación Pública Nacional Nº001-2004-MDLO/CE, ordenando retrotraer el mismo a la etapa de Elaboración de las Bases. Tal decisión se susten- ta en la observación formulada por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCO- DE con Oficio Nº A-1403-2004/MDLO/CE, según el cual del aviso de convocatoria de la Licitación Pública NacionalNº 001-2004-MDLO/CE se colige que el objeto del proce-so es adquirir leche evaporada entera en lata y hojuelas de avena con quinua y kiwicha, sin precisarse que el 90% de los insumos contenidos en los mismos sean de proceden-cia nacional, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27470 que establece Normas Complementarias para la Ejecución del Programa del Vaso de Leche y su modifica-toria contenida en la Ley Nº 27712; Que, mediante Informe Nº 156-2004/SGSMDHE/DPS- DPD/PVL-CP el Jefe del Programa del Vaso de Leche sos-tiene que en mérito a haberse retrotraído el proceso deselección para la adquisición de los productos del Progra-ma del Vaso de Leche y estando a la necesidad de ejecu- tar un estudio de mercado de la hojuela de avena, quinua y qiwicha fortificada, es impostergable declarar la urgencia para la adquisición de los mismos; en tanto que del Infor- me Nº 013-2004-MDLO/CE fluye la opinión favorable delComité Especial para realizar la solicitud de declaraciónde urgencia para la adquisición de productos de leche yhojuela de avena quinua y kiwicha fortificada por espacio de ocho semanas; Que, con Informe Nº 499-2004-MDLO/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opinó por la remisión de los presen- tes actuados al Concejo Municipal a efectos que, con los antecedentes del caso y las acciones ejecutadas merituelos tramites correspondientes a la DECLARACIÓN EN SI- TUACIÓN DE URGENCIA a fin de no desabastecer a los beneficiarios del programa del Vaso de Leche, conforme alperiodo estipulado en la opinión técnica que es de ocho (8)semanas; máxime que debe AUTORIZARSE al ComitéEspecial encargado de conducir la Licitación Pública Na- cional Nº 001-2004-MDLO/CE, para la adquisición de Le- che evaporada entera y Hojuela de Avena con Quinua y Kiwicha para que efectúe las acciones propias de su com- petencia; Que, en mérito a lo informado el Concejo Distrital, me- diante Acuerdo de Concejo Nº 52-2004/CDLO de fecha 13de agosto del presente año, aprobó la declaración de Si- tuación de Urgencia por espacio de 8 semanas, para la compra de Leche Evaporada en lata y hojuela de avenaenriquecida con quinua y Kiwicha fortificada; por lo que aten- diendo al pedido de la organización del Vaso de Leche y teniendo en cuenta el techo presupuestal anual, es muyacertado realizar el cambio de la Leche Evaporada en lata por la de LECHE EVAPORADA EN BOLSA, y poder ga- rantizar hasta el mes de diciembre la provisión de los re-cursos del Programa del Vaso de Leche, para el cual exis-ten las proyecciones del presupuesto a diciembre del 2004;Que, mediante Informe Nº 161-2004/SGSMSDHE/DP- SDPD/PVL-CP de fecha 17 de agosto del 2004, el Jefe delPrograma del Vaso de Leche, informa que el precio de laLeche Evaporada en lata ha sufrido un incremento de S/ .1.74 a S/.1.79 la lata, que de seguir adquiriendo dicho re- curso no alcanzaría cubrir hasta la semana 52 del presen-te año; la misma que es solicitada y acordada por la Asam-blea Distrital del Vaso de Leche, conformada por todas las Presidentas Zonales el día 13 de agosto del 2004, median- te el cual sugieren a la Municipalidad la compra de LECHE EVAPORADA EN BOLSA (bolsitarro) por espacio de ocho (8) semanas; Que, de las acciones ejecutadas, se tiene que el Pro- ceso de Licitación Pública Nacional Nº 001-2004-MDLO/ CE se encuentra en proceso siendo necesario reconside- rar los términos en los que se aprobó el Acuerdo de Con- cejo Nº 052-2004/CDLO a fin de autorizar a la administra- ción a adquirir el producto leche evaporada entera por el término de la urgencia declarada, en su presentación enbolsa; ello con el objeto de que el presupuesto asignado alprograma alcance para poder otorgar la ración correspon-diente a los 39,744 beneficiarios del Programa hasta el fi- nal del presente ejercicio; Que, conforme a la Ley Nº 26850 se considera situa- ción de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e im- previsible de determinado bien o servicio compromete enforma directa e inminente la continuidad de los serviciosesenciales o de las operaciones productivas que la Enti- dad tiene a su cargo; dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obrassólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesa-rio para llevar a cabo el Proceso de Selección que corres- ponda; Que, de conformidad al articulo 108º, numeral 2), del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado la situación de emergencia y urgencia debe en-tenderse como una medida temporal ante un hecho de ex-cepción que determina una acción rápida a fin de adquirir ocontratar lo indispensable para aplicar las urgencias, sinperjuicio de que se realice el proceso de selección corres- pondiente para las contrataciones y adquisiciones definiti- vas; Estando a lo dispuesto por los articulo 19º literal c), 20º, literal c) y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con elDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM y 108º numeral 2) de su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM y el ejercicio de las facultades conferidas porlos artículos 10º inciso 1 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgáni-ca de Municipalidades y por UNANIMIDAD; ACUERDA: Artículo Primer.- DEROGAR EL ACUERDO DE CON- CEJO Nº 52-2004-CDLO de fecha 13 de agosto del 2004, por los fundamentos expuestos en los considerandos del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA, por el período de ocho (8) semanas a partirdel 19 de agosto de 2004, la adquisición de Leche Evapo- rada Entera y Hojuela de Avena Enriquecida de acuerdo alsiguiente detalle: PRODUCTO CANTIDAD PESO DE MONTO ENVASADO S/. Leche Evaporada Entera en 268,800 Bolsas 410 grs. 419,328.00 Bolsa Hojuela de Avena Enriquecidacon quinua y kiwicha fortificada (90% Insumos Nacionales) 37.20 TM 500 grs. 119,040.00 Artículo Tercero.- AUTORIZAR al COMITÉ ESPECIAL encargado de conducir la Licitación Pública Nacional Nº 001-2004-MDLO/CE, la adquisición de leche evaporada en- tera y hojuela de avena enriquecida con quinua y kiwichafortificada bajo el procedimiento de Adjudicación de MenorCuantía. Para dicha acción se deberá verificar que el 90% de los insumos contenidos en los mismos sean de proce- dencia nacional, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27470 que establece Normas Complementarias para la Ejecución del Programa del Vaso de Leche, y su modifi-catoria. Artículo Cuarto.- DISPONER, que dentro del termino legal la DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA cumpla con remitir el presente Acuerdo, así como de los Informes técnico-lega-