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PÆg. 281426 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de diciembre de 2004 sionado una sobrecarga procesal en los Módulos Cor- porativos de los Juzgados Civiles ubicados en los pisos 07, 13, 14 y 15, en comparación con los ingresos de los Módulos Corporativos de los Juzgados Civiles de losPisos 16, 17, 18, 19 y 20; Que, siendo así, el Presidente de la Corte Superior de Justicia al ser la máxima Autoridad Administrativa delDistrito Judicial a su cargo, deberá adoptar las acciones que resulten necesarias, a fin de que la sobre carga de acciones de garantía que ascienden a 24,046 expedien-tes, no afecte aún más el servicio de administración de justicia; Por lo que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Primero.- DEJAR sin efecto la Resolución Adminis- trativa Nº 100-2001-P-CSJLI/PJ, DISPONIÉNDOSE que las demandas de procesos de Amparo, Cumplimiento y Hábeas Data que ingresen a partir del 1 de diciembredel presente año sean distribuidas en forma equitativa y aleatoria entre los 66 Juzgados Especializados en lo Civil de Lima, que funcionan en la sede Alzamora Val-dez. Segundo.- INCORPÓRESE a partir de la fecha indi- cada en el artículo precedente, al 52º, 60º, 61º y 62ºJuzgados Civiles para el conocimiento de las acciones de garantía señaladas en la Ley 28237, continuando éstos con el trámite de los procesos en los que se aplique elCódigo de Procedimientos Civiles. Tercero.- DISPONER el cierre de turno temporal de los Juzgados que conforman los Módulos del Piso7 (63º, 64º, 65º y 66º Juzgados Civiles), Piso 13 (1º, 2º, 4º, 6º, 7º, 11º y 26º Juzgados Civiles), Piso 14 (3º, 5º, 10º, 12º, 16º, 17º y 23º Juzgados Civiles) y Piso 15(8º, 14º, 15º, 18º, 22º, 25º y 28º Juzgados Civiles), sólo para el ingreso de las acciones de garantía, hasta el 17 de diciembre inclusive, debiendo recep- cionar las demandas que correspondan a dicha subespecialidad. Cuarto.- DISPONER que el Juzgado Civil-Tradicio- nal de Chaclacayo, sea competente además de los pro- cesos para el conocimiento de las acciones de garantía señaladas en la Ley Nº 28237. Quinto.- DISPONER que la Oficina de Desarrollo de la Presidencia, realice el monitoreo del sistema SIREJ, para procurar una distribución equitativa y aleatoria delos procesos que ingresen a los Juzgados Civiles ubica- dos en el Edificio Alzamora Valdéz. Sexto.- DISPONER que la Oficina de Desarrollo de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, realice las coordinaciones respectivas con la Subgeren- cia de Desarrollo Informático y Redes y Comunicacio-nes de la Gerencia de Informática de la Gerencia Gene- ral, a efectos de llevar a cabo las modificaciones nece- sarias para comprender en el Sistema Informático deRegistro de Expedientes Judiciales la asignación aleato- ria y equitativa de las acciones de garantía. Sétimo.- DISPONER que al término del plazo en el que permanecerá cerrado el turno de los Juzgados a que se contrae el artículo tercero de la presente resolu- ción, la Oficina de Desarrollo de la Presidencia coordinecon la Gerencia de Informática de la Gerencia General para la distribución equitativa y aleatoria de las acciones de garantías que sean competentes los JuzgadosEspecializados. Octavo.- PONER la presente resolución en conoci- miento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, OficinaDistrital de Control de la Magistratura, Gerencia Gene- ral, Oficina de Desarrollo de la Presidencia, Oficina de Administración Distrital, Administración del Nuevo Des-pacho Judicial y Servicios Judiciales, Administradora del Centro de Distribución General del Edificio Alzamora Valdez, Salas y Juzgados Especializados en lo Civil paralos fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 21697ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a PRONAMACHCS conducir proceso de selección para la designa- ción de sociedades de auditoría que efectœen exÆmenes de gastos de diver-sas agencias zonales RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 482-2004-CG Lima, 26 de noviembre de 2004 Visto; la Hoja de Recomendación Nº 060-2004-CG/ SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobre la procedencia de otorgar autorización al Programa Nacio- nal de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conserva-ción de Suelos - PRONAMACHCS, para conducir el pro- ceso de selección de sociedades de auditoría que efec- túen los exámenes especiales de los gastos de diver-sas agencias zonales pendientes de rendición al 31.DIC.2003 reveladas en las auditorías financieras de los Convenios de Préstamo Nºs. PE-P17, PE-P23 y PE-P27 del ejercicio 2003; CONSIDERANDO:Que, el Banco de Japón para la Cooperación Interna- cional (JBIC) y la República del Perú suscribieron losConvenios de Préstamo Nºs. PE-P17, PE-P23 y PE-P27 para los Proyectos de Manejo de Recursos Naturales y Alivio de la Pobreza en la Sierra I, II y III, respectivamente,constituyéndose el Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCS como agencia ejecutora de los mencio-nados proyectos; Que, PRONAMACHCS con el Oficio Nº 953/2004- AG-PRONAMACHCS-GG solicita la autorización parala conducción del proceso de selección de sociedades de auditoría que realicen los exámenes especiales para la revisión de los gastos de las agencias zonales finan-ciadas con recursos de los Convenios de Préstamo Nºs. PE-P17, PE-P23 y PE-P27, que mostraban saldos pen- dientes de rendición al 31.DIC.2003, reveladas en lasauditorías financieras de los mencionados convenios del ejercicio 2003; Que, asimismo, se ha determinado que en los Linea- mientos para el empleo de consultores bajo los Présta- mos JBIC-ODA y en los Convenios de Préstamo Nºs. PE-P17, PE-P23 y PE-P27 se establecen procedimien-tos específicos que difieren de los regulados por el Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría; Que, el artículo 49º del Reglamento para la Designa- ción de Sociedades de Auditoría, aprobado por la Resolu- ción de Contraloría Nº 140-2003-CG de 25.ABR.2003,regula que cuando las disposiciones de un convenio y/o las normas de un organismo internacional establecen un procedimiento específico para la designación de unasociedad, la Contraloría General de la República autori- za a la Entidad la conducción del proceso de selección correspondiente; En uso de las atribuciones conferidas por los artícu- los 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría Generalde la República, y de conformidad con lo establecido en el artículo 49º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a PRONAMACHCS, la conducción del proceso de selección para la designa- ción de sociedades de auditoría que efectúen los exá-menes especiales de los gastos de diversas agencias zonales pendientes de rendición al 31.DIC.2003 revela- das en las auditorías financieras de los Convenios dePréstamo Nºs. PE-P17, PE-P23 y PE-P27 del ejercicio 2003.