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PÆg. 281431 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de diciembre de 2004 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV Disponen excluir acciones comunes de Inversiones Oro de Cajamarca S.A.A. del Registro Pœblico del Mercado de Valores COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 070-2004-EF/94.45 Lima, 12 de noviembre de 2004VISTOS: El expediente Nº 2004030540 presentado por la Bol- sa de Valores de Lima, así como el Informe Interno Nº 143-2004-EF/94.45.2 del 12 de noviembre de 2004, dela Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Gerencia General Nº 049-2004-EF/94.11 del 18 de mayo de 2004, se dispusola inscripción en el Registro Público del Mercado de Va- lores de las acciones comunes representativas del 99,99% del capital social de Inversiones Oro de Caja-marca S.A.A.; Que, en junta general universal de accionistas de Inversiones Oro de Cajamarca S.A.A. realizada el 25 deoctubre de 2004, se acordó por unanimidad el deslistado de las acciones de la sociedad del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima S.A. y su exclusión delRegistro Público del Mercado de Valores; Que, mediante escrito remitido a la Bolsa de Valores de Lima el 27 de octubre de 2004, Inversiones Oro deCajamarca S.A.A. solicitó a dicha entidad el deslistado de los valores de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27° inciso a) del Reglamento deInscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rue- da de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 125-98-EF/94.10; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 132° inciso a) del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Su-premo Nº 093-2002-EF, mediante carta GL-1112/04 del 29 de octubre de 2004, la Bolsa de Valores de Lima co- municó a CONASEV su decisión de admitir el deslistadode las acciones comunes de Inversiones Oro de Caja- marca S.A.A. y elevar el expediente a CONASEV para los efectos correspondientes; Que, el artículo 37º inciso a) de la Ley de Mercado de Valores, en concordancia con el artículo 27° inciso a) del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobi-liarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado por Resolución CONASEV Nº 125-1998- EF/94.10, establece como causal para la exclusión deun valor del Registro Público del Mercado de Valores, la solicitud del propio emisor con el voto favorable de quie- nes representen no menos de los 2/3 de los valoresemitidos; Que, conforme a lo previsto por el artículo 38º de la Ley de Mercado de Valores, en concordancia conel artículo 34º del Reglamento de Oferta Pública de Ad- quisición y de Compra de Valores por Exclusión, aproba- do por la Resolución CONASEV Nº 630-97-EF/94.10, laexclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores genera la obligación de efectuar una Oferta Pública de Compra; Que, no obstante lo señalado en el considerando an- terior, la exclusión de las acciones comunes emitidas por Inversiones Oro de Cajamarca S.A.A. del RegistroPúblico del Mercado de Valores, se encuentra dentro de la causal de excepción a la realización de una Oferta Pública de Compra por Exclusión contemplada en el ar-tículo 38º inciso c) del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, que señala que procede la excepción cuando la totalidad delos titulares acuerdan por unanimidad solicitar la exclu- sión; Estando a lo dispuesto por el artículo 52º del Regla- mento del Registro Público del Mercado de Valores, apro-bado por Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10 y el acuerdo de Directorio de esta Comisión Nacional del 18 de diciembre del 2000 que faculta a la Gerencia deMercados y Emisores a disponer la exclusión de valo- res en el Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de las acciones comunes emitidas por Inversiones Oro de Cajamarca S.A.A. del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Disponer la exclusión de las acciones comunes de Inversiones Oro de Cajamarca S.A.A. del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a In- versiones Oro de Cajamarca S.A.A., a la Bolsa de Valo- res de Lima S.A. y a Cavali ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. HÉCTOR VALENTÍN HURTADO Gerente de Mercados y Emisores 20728 CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN Abren Registro de Entidades Certifi- cadoras a que se refiere la Ley del Sis-tema de Acreditación de los GobiernosRegionales y Locales RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 086-CND-P-2004 San Isidro, 26 de noviembre de 2004 VISTO: La Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de Gobiernos Regionales y Locales, y su Reglamento apro- bado mediante el Decreto Supremo Nº 080-2004-CND; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por la Segun- da Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y por el artículo 81º de laLey Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Nacional de Descentralización es el respon- sable directo de normar y monitorear todas las accionesy transferencias señaladas en cada una de las etapas del proceso de descentralización; Que, mediante la Ley Nº 28273, se ha establecido el Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, cuya finalidad es que se haga efectiva la trans- ferencia de funciones sectoriales, incluidos el personal,acervo documentario, recursos presupuestales y bie- nes muebles e inmuebles vinculados a éstas, del Go- bierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales,en el marco de la progresividad y orden que ordena el artículo 188º de la Constitución Política del Perú; Que, la Ley acotada en el considerando precedente establece que el proceso de acreditación puede ser rea- lizado por instituciones independientes autorizadas por el Consejo Nacional de Descentralización, a cuyo efec-to, conforme lo dispone el artículo 14º del Reglamento de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, aprobado por el De-creto Supremo Nº 080-2004-PCM, el Consejo Nacional de Descentralización abrirá un Registro de Entidades Certificadoras, a las que podrá encargarles la certifica-ción del cumplimiento, por cada una de las funciones a ser transferidas, de los requisitos generales y específi-