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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (08/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 69

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G39/G35/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 8 de diciembre de 2004 Yauyos, Lima; el Informe Técnico Nº 025-2004/VIVIENDA- VMCS-PREBAM y el Memorándum Nº 091-2004-VIVIEN-DA/CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 41-94 se otorgó al Ministerio de la Presidencia una partida económica parala adquisición de maquinaria de mecánica de producción,con la finalidad de transferir tecnología apropiada para lograr mayores niveles de ingreso; así mismo vía Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adquirió maquinaria para la in-dustria del calzado, confección y tejido, procedentes de laRepública Popular China con la finalidad de equipar a pe-queños y microempresarios; siendo dicha norma modifica-da por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizó destinar y transferir hasta el cincuenta por cien- to (50%) de los bienes de capital adquiridos vía el Decretode Urgencia Nº 111-96 a entidades educativas del país,así mismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 seagregó al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97una disposición que señaló que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrían transfe- rir en calidad de donación a los centros educativos estata-les y a organizaciones sociales con fines educativos, decapacitación o de promoción social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y función de los Ministerios regula- dos por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecu- tivo, determinándose el número de Ministerios, entre loscuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Construc-ción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministe- rio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se es- tableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa-neamiento, según corresponda, asumía las competencias,funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipa- miento Básico Municipal y los órganos de apoyo, control,defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidenciaque se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Eje- cutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funcio- nes - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización yFunciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar las condicio-nes de vida de la población facilitando su acceso a unavivienda adecuada y a los servicios básicos, proporcio- nando el ordenamiento, crecimiento, conservación, man- tenimiento y protección de los centros de población y susáreas de influencia, fomentando la participación de lasorganizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa einversión privada; Que, a través de los oficios de Vistos, la señora Epifa- nía Alan Huamán de Alan, Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Hongos, solicitó al Ministerio de Vivienda, Cons-trucción y Saneamiento la donación de maquicentros; ade-cuándose dicho pedido en coordinaciones conjuntas conel citado gobierno local y los funcionarios del Ministerio amódulos de mecánica de producción, confecciones e in- dustria del cuero; Que, mediante Memorándum Nº 245-2004/VIVIENDA- VMCS-PREBAM el Jefe del Programa de EquipamientoBásico Municipal corrió traslado del Informe Técnico Nº025-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM en el cual se preci-só que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar la maquinaria solicitada como donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipa-miento Básico Municipal - PREBAM y actuando de con-formidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedi- miento Administrativo respecto de los actos de disposi- ción de bienes muebles no patrimoniales asumidos porel Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamientopara ser transferidos, aprobada vía la Resolución deSecretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opinapor la procedencia de la donación de las máquinas deta- lladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donación de las máquinas que se detallan en el Anexo1 que forman parte integrante de la presente Resolu- ción a favor de la Municipalidad Distrital de Hongos,provincia de Yauyos, Lima, con la finalidad de imple-mentar el Centro de Educación Ocupacional "San Pa- blo" de Hongos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de las máquinas descritas en el Anexo 1 que forma parte integrante dela presente Resolución, valorizadas en S/. 26 216.51(Veintiséis mil doscientos dieciséis con 51/100 NuevosSoles), a favor de la Municipalidad Distrital de Hongos, provincia de Yauyos, Lima, con la finalidad de imple- mentar el Centro de Educación Ocupacional "San Pa-blo" de Hongos. Artículo 2º.- El programa de Equipamiento Básico Mu- nicipal será responsable de velar porque se cumpla con lafinalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a laContraloría General de la República dentro de los términosestablecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 22203 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C /G42/G6F/G6E/G6F/G20/G46._/G61/G6D/G69/G6C/G69/G61/G72/G20/G48/G61/G62/G69/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 313-2004-VIVIENDA Lima, 6 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2002-VI- VIENDA, se declaró de interés nacional la creación y desa-rrollo del Proyecto Techo Propio, en el ámbito del Ministeriode Vivienda, Construcción y Saneamiento y bajo la admi-nistración del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vi- vienda; Que, mediante Ley Nº 27829, modificada por Ley Nº 28210, se creó el Bono Familiar Habitacional como partede la política sectorial del Ministerio de Vivienda Construc-ción y Saneamiento, otorgado por una sola vez al grupofamiliar beneficiario definitivo, con criterio de utilidad públi- ca, sin cargo de restitución por parte de éstos, y que cons- tituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de suesfuerzo constructor; Que, con fecha 13 de setiembre de 2004, mediante Decreto Supremo Nº 016-2004-VIVIENDA, se aprobó elnuevo Reglamento del Bono Familiar Habitacional, susti- tuyendo íntegramente al Reglamento aprobado median- te Decreto Supremo Nº 030-2003-VIVIENDA, estable-ciendo que mediante Resolución Ministerial de Vivienda,Construcción y Saneamiento se dictarán las demás dis-posiciones que fueren necesarias para la aplicación delmismo; Que, de acuerdo con la modificación anterior es nece- sario derogar la Resolución Ministerial Nº 247-2003-VIVIEN-DA, que aprobó el Reglamento Operativo del Bono Fami-liar Habitacional; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivien- da, Construcción y Saneamiento, su Reglamento aproba- do mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA yel Decreto Supremo Nº 016-2004-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento Operativo del Bono Familiar Habitacional, que consta de cinco (5) capítulos,treintaicinco (35) artículos, dos (2) disposiciones transito- rias y dos (2) anexos.