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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (08/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 82

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G39/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 8 de diciembre de 2004 Transparencia y Acceso a la Información Pública, modifica- da mediante Decreto Supremo Nº 095-2003-PCM del27.NOV.2003 y Decreto Supremo Nº 059-2004-PCM del10.AGO.2004, se estableció que el "Portal del Estado Peruano - PEP" (www.peru.gob.pe) tiene la máxima jerar- quía entre los portales de la Administración Pública, esadministrado por la PCM a través de la Oficina Nacional deGobierno Electrónico e Informática - ONGEI, debiendo losPortales de la Administración Pública estar enlazados alPortal del Estado Peruano bajo responsabilidad de los Directores, Gerentes, Jefes o Encargados de las Unidades Informáticas de la Administración Pública o de los órganosque hagan sus veces; Que, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en las normas citadas en el párrafo precedente, se hace necesa-rio establecer mecanismos institucionales para incorporar las últimas disposiciones relativas a la administración del "Portal del Estado Peruano" y viabilizar su óptimo funcio-namiento; De conformidad por lo dispuesto por la Ley Nº 27806, modificada por la Ley Nº 27927 y su Reglamento, aproba-do por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, así como, el Decreto Supremo Nº 060-2001-PCM; y, En uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Ley Nº 19338, sus modificatorias y ampliatorias y el Reglamentode Organización y Funciones del INDECI, aprobado porDecreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por elDecreto Supremo Nº 005-2003-PCM, y con las visaciones de la Subjefatura, Oficina de Asesoría Jurídica, Secretaría General e Imagen Institucional y la Oficina de Estadística yTelemática; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Asignar al Secretario General del Instituto Nacional de Defensa Civil, la responsabilidad dela actualización permanente de la información a publicarseen el Portal del INDECI, para lo cual implementará meca-nismos internos para la gestión del contenido de la infor-mación del portal (Web MASTER) y para la administración del módulo de actualización de la información. Artículo Segundo.- Asignar al Jefe de la Oficina de Estadística y Telemática del INDECI, la responsabilidad deimplementar los mecanismos necesarios para garantizar elacceso permanente en Internet al Portal institucional por laciudadanía en general, así como, vincular el Portal del INDECI al Portal del Estado Peruano, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 059-2004-PCM; de-biendo implementar mecanismos internos para el diseño ydesarrollo de la página Web, así como, para la administra-ción de redes que garanticen un adecuado flujo de lainformación. Artículo Tercero.- Disponer que la Secretaría General, se encargue de realizar la publicación de la presente Reso-lución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- Disponer que la Secretaría General ingrese la presente Resolución en el Archivo General Insti-tucional y remita copia autenticada por fedatario a las Di- recciones Nacionales, Oficinas y Órganos Desconcentrados del INDECI, para los fines pertinentes; así como, a la Ofici-na Nacional de Gobierno Electrónico e Informática de laPresidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional deDefensa Civil 22198 /G52/G65/G6E/G75/G65/G76/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G2D /G72/G65/G73/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G79/G20/G61/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G6A/G75/G2D/G72/G69/G73/G64/G69/G63/G63/G69/GF3/G6E INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 439-2004-INDECI 24 de noviembre del 2004VISTO, el Informe Nº 042-2004-INDECI/10.0 de la Di- rección Nacional de Prevención, de fecha 17 de noviembredel 2004, mediante el cual se remite la relación de losprofesionales y técnicos que se encuentran aptos para su renovación y/o ampliación de jurisdicción, como Inspecto- res Técnicos de Seguridad en Defensa Civil; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2000-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 100-2003-PCM, se aprobó el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Segu-ridad en Defensa Civil estableciendo entre otros aspectos,los órganos competentes, las condiciones para ejecuciónde las inspecciones, así como los requisitos para la obten-ción del reconocimiento y autorización del Inspector Técni- co de Seguridad en Defensa Civil; Que, conforme se establece en el referido Reglamento, el reconocimiento y autorización del Inspector Técnico deSeguridad corresponde a las personas que habiendo cum-plido con los requisitos contemplados en sus artículos 40ºy 41º, hayan sido presentados al Curso de Capacitación para Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil por órganos del SINADECI y hayan aprobado el menciona-do curso; Que, los profesionales cuyos nombres figuran en los anexos Nº 01, Nº 02 y Nº 03 de la presente Resolucióncumplieron con los requisitos exigidos en los precitados artículos así como lo dispuesto en el Artículo 45º del Re- glamento de Inspecciones Técnicas, habiendo sido autori-zados y reconocidos como Inspectores Técnicos de Segu-ridad en Defensa Civil, tal como consta en las Resolucio-nes Jefaturales, indicadas en los anexos precitados; Que, conforme se establece en el Art. 47º del Regla- mento de Inspecciones Técnicas, los Comités de Defensa Civil Regionales, Provinciales y Distritales serán responsa-bles de informar al INDECI las faltas en que puedan incurrirlos inspectores que se desempeñan en su jurisdicción, afin de que se les registre como antecedentes para deter-minar la cancelación o la renovación de la autorización como inspector; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 43º del Reglamento de Inspecciones Técnicas, la Resolución Je-fatural que reconoce y autoriza como Inspectores Técni-cos, indicará el tipo de inspección para el que se encuentraautorizado y el organismo del SINADECI en el que desem- peñará sus funciones; Que, existiendo ciento ochenta y nueve (189) profesio- nales y técnicos que requieren sólo la renovación de suvigencia como Inspectores Técnicos de Seguridad en De-fensa Civil, así como diecinueve (19) inspectores autoriza-dos que solicitan sólo ampliación, y ocho (8) que solicitan renovación con ampliación de jurisdicción; Que, no existiendo informes desfavorables sobre su desempeño en sus Comités, según los documentos expe-didos que sustentan su petición, y habiendo adjuntado enel respectivo caso, la constancia de acreditación, corres-ponde renovar y/o ampliar la autorización como inspecto- res; Que, por lo expuesto, corresponde al INDECI expedir la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto enel Art. 43º del Reglamento acotado; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 013-2000- PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 100-2003- PCM y en uso de las atribuciones conferidas en el Regla- mento de Organización y Funciones del INDECI, aprobadopor Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado porDecreto Supremo Nº 005-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RENOVAR sucesivamente hasta la fecha correspondiente al año 2005, la autorización comoInspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil a laspersonas comprendidas en el Anexo Nº 01 (10 folios) apartir de la fecha en que vencieron sus respectivas acredi- taciones, para que se desempeñen en las Oficinas de Defensa Civil de las jurisdicciones que se detallan en elreferido Anexo que obra adjunto y que forma parte de lapresente Resolución. Artículo Segundo.- AMPLIAR la jurisdicción de Inspecto- res Técnicos de Seguridad en Defensa Civil a las personas comprendidas en el Anexo Nº 02 (05 folios) para que se desempeñen en las Oficinas de Defensa Civil de las juris-dicciones que se detallan en el mismo y a partir de la fechade presentación de la respectiva solicitud indicada en el