Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (08/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 80

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G39/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 8 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, con fecha 11 de noviembre de 2004, se convocó al proceso de Licitación Pública Internacional Nº 0002- 2004-MP-FN-GG; Que, mediante escrito de fecha 18 de noviembre de 2004, subsanado mediante escrito de fecha 22 de no-viembre de 2004, la empresa TAI HENG S.A., procede ainterponer recurso de apelación contra el Acta de Otorga-miento de Buena Pro, ya que en la calificación técnica y económica de los ítems 48, 49 y 50 no se ha cumplido con otorgársele la bonificación especial a que se refiere la LeyNº 27143 - Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Pro-ductivo Nacional, modificado por la Ley Nº 27633, debien-do, por tanto, agregarse el 20% a la sumatoria de la califi-cación técnica económica, y por ende, otorgársele la Bue- na Pro a dicha empresa; Que, de la revisión de la Propuesta Técnica de la empre- sa apelante, se verifica que en su ANEXO Nº 5, dichaempresa ha procedido a otorgar Declaración Jurada deque sus productos ofertados son de procedencia nacional,conforme a la Ley Nº 27143 - Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional, modificado por la Ley Nº 27633; Que, al respecto, se debe tener presente que la Ley Nº 27143 - Ley de Promoción Temporal del DesarrolloProductivo Nacional, establece en su Artículo Único,modificado por el Artículo 1º de la Ley Nº 27633, lo siguiente: "Artículo Único.- Para la aplicación del Artí- culo 31 de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, en los procesos de adquisicio-nes de bienes y para efectos del otorgamiento de labuena pro, se agregará un 20% adicional a la sumato-ria de la calificación técnica y económica obtenida por las posturas de bienes y servicios elaborados o presta- dos dentro del territorio nacional, conforme al regla-mento de la materia"; Que, en ese sentido, de la revisión del Acta de Califi- cación Técnica y Económica de la Licitación Pública Inter-nacional Nº 0002-2004-MP-FN-GG, se puede observar que a la empresa apelante en los ítems 48, 49 y 50 se le ha calificado con cero (0) puntos, incumpliendo de esta mane-ra, lo dispuesto en la Ley antes mencionada; Que, esta omisión configura causal de nulidad del acto administrativo a tenor de lo dispuesto por el Artículo57º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, y en virtud de lo establecido por el inciso b) del Artículo 180º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, es pertinen-te recalificar la propuesta técnica y económica de laempresa apelante, y otorgarse la buena pro al postorque corresponda; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM, el Titular del Pliego o la máximaautoridad administrativa de la Entidad, según corres-ponda, podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección por alguna de las causales establecidas en el Artículo 57º de la Ley, sólo hasta antes de la celebra-ción del contrato; Que, en tal sentido, de oficio se procede a calificar nuevamente el puntaje obtenido respecto de la calificacióntécnica y económica del postor apelante, agregándose el 20% de bonificación adicional a la sumatoria de su califica- ción técnica y económica, obteniéndose los siguientes re-sultados finales: 1) Respecto del ítem 48: Calificación Téc-nica 50 puntos; Calificación Económica 50 puntos, más el20% de bonificación adicional a dicha sumatoria: TOTAL120 puntos; 2) Respecto del ítem 49: Calificación Técnica 50 puntos; Calificación Económica 45.61 puntos, más el 20% de bonificación adicional a dicha sumatoria: TOTAL114.732 puntos; 3) Respecto del ítem 50: Calificación Téc-nica 50 puntos; Calificación Económica 50 puntos, más el20% de bonificación adicional a dicha sumatoria: TOTAL120 puntos; otorgándosele al postor apelante la Buena Pro en dichos ítems; Contando con el visto de Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo previsto por Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por elArtículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánicadel Ministerio Público;SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa TAI HENG S.A., y asimismo, NULA la Licitación Pública Internacional Nº 0002- 2004-MP-FN-GG, en el extremo de la etapa de evaluacióny calificación de propuestas técnica y económica de losítems 48, 49 y 50, conforme a los fundamentos expuestosen la presente resolución. Artículo Segundo.- De conformidad con el inciso b) del Artículo 180º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, OTÓRGUESE LA BUENA PROa la empresa apelante TAI HENG S.A., respecto de losítems 48, 49 y 50 de la Licitación Pública Internacional Nº0002-2004-MP-FN-GG. Artículo Tercero.- Disponer la publicación, de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días de su expedición. Artículo Cuarto.- Remitir copia de la presente Resolu- ción a la Gerencia General, Gerencia Central de Logística,Oficina de Asesoría Jurídica y al Comité Especial para losfines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 22226 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G22/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G61 /G45/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G42/G6F/G2D/G6E/G6F/G73/G20/G43/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G43/G72/G65/G64/G69/G74/G65/G78/G22/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G2D /G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 124-2004-EF/94.11 Lima, 1 de diciembre de 2004VISTOS: El expediente Nº 2004030253 de Compañía Industrial Textil Credisa-Trutex S.A.A. - Creditex y el Memorándum Nº4361-2004-EF/94.45 del 30 de noviembre de 2004 de laGerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, el artículo 304º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, permite a las sociedades emitir obligacionesque reconozcan o creen una deuda a favor de sus titula-res; Que, en la Junta General de Accionistas de Compañía Industrial Textil Credisa-Trutex S.A.A. (Creditex) del 12 de diciembre de 2003, se aprobó la emisión de instrumentosrepresentativos de deuda hasta por la suma de US$ 25000 000,00 (veinticinco millones y 00/100 Dólares de losEstados Unidos de América) o su equivalente en NuevosSoles, en circulación, a ser emitidas a través de emisiones individuales o también dentro de uno (o varios) programa (s) de emisión, los que pueden estar representados porcualquier tipo de bono y/o cualquier instrumento de cortoplazo, delegándose en el Directorio todas y cada una delas facultades que resulten necesarias para determinar dela manera más amplia todos y cada uno de los términos, características y condiciones de las emisiones y progra- mas; Que, en la sesión del Directorio de Creditex del 6 de mayo de 2004 se aprobó un programa de bonos corpora-tivos denominado: “Primer Programa de Bonos Corporati-vos Creditex”, hasta por un monto máximo de emisión de US$ 10 000 000,00 (diez millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en NuevosSoles, delegando en el Gerente General y/o Gerente Ad-