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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (16/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 63

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G34/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 16 de diciembre de 2004 Gestiones y Servicios de Integración Avanzada S.R.L. cuya característica singular es el haber prestado servicios a másde 06 Municipalidades y en todas con resultados exitosos. Artículo 3º.- Las actividades a realizar por la empresa mencionada es el Programa de Fiscalización Selectiva de losTributos de carácter Tributario y No tributario contra las empre-sas distribuidoras y prestadoras de servicio público y los prin-cipales contribuyentes. Así mismo se desarrollara la gestiónde apoyo y asesoría técnico legal para la cobranza en víaordinaria y/o en ejecución coactiva de la cartera morosa, ex-clusivamente; el valor referencial aproximado es S/.297,500.00 (Doscientos Noventa y Siete Mil, Quinientos y 00/100 Nuevos Soles) (equivalente al 25% de lo efectivamenterecaudado más IGV, según estimado), siendo comprendidadicha suma para efectos presupuestales en la fuente definanciamiento “Recursos Directamente Recaudados”. Artículo 4º.- El plazo de contratación de los servicios antes indicados será de un año, contado a partir de lasuscripción del contrato respectivo. Artículo 5º.- Disponer la publicación del presente Acuer- do en el Diario Oficial El Peruano, así mismo hacer deconocimiento a la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JAIME A. ZEA USCA Alcalde 22603 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G66/G61/G63/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G65/G6C /G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G2D/G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2004-CDB Bellavista, 29 de noviembre de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime de sus integran-tes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica deMunicipalidades le confiere y con dispensa del trámite delectura y aprobación de acta, aprobó la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1º.- OBJETIVO.- La presente Ordenanza tie- ne como objetivo brindar beneficios que faciliten a los con-tribuyentes del distrito de Bellavista, la regularización y elcumplimiento de sus obligaciones tributarias y administrati-vas. Artículo 2º.- ALCANCE GENERAL.- Los beneficios otor- gados mediante la presente Ordenanza comprenden a laspersonas naturales y jurídicas del distrito, cuya base impo-nible del autoavalúo del año 2004 no exceda los S/.300,000.00 (Trescientos Mil y 00/100 Nuevos Soles). Losbeneficios están referidos al Impuesto Predial, Arbitrios deLimpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, Licen-cia de Funcionamiento, Autorización de Anuncios y Propa-ganda, Licencia de Construcción, Certificado de Numera-ción y Multas Tributarias y Administrativas. Artículo 3º.- DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS OTOR- GADOS DURANTE LA VIGENCIA DE LA PRESENTE OR-DENANZA.- a) Condónese los reajustes, intereses moratorios, in- tereses de fraccionamiento, costas y gastos imputados alos adeudos por Impuesto Predial, Arbitrios de LimpiezaPública, Parques y Jardines y Serenazgo, en el estado decobranza y/o reclamo en que se encuentren. b) Otórguese el 30% de descuento de los adeudos insolutos de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques yJardines y Serenazgo determinados hasta el año 2004, a los contribuyentes que cancelen al contado el total dedichos adeudos hasta el citado año. c) Condónese el 100% de las multas tributarias que se han generado o se generen del incumplimiento de las obli-gaciones tributarias, a los contribuyentes que hasta el año2004 cancelen al contado su Impuesto Predial. d) Dispóngase por el período de vigencia de la Am- nistía General y con carácter excepcional, un descuentodel 50% en el costo de los siguientes derechos: Certificadode Compatibilidad de Uso, Licencia de Apertura de Esta-blecimiento Definitiva, Autorización de Anuncios y Propa-ganda, Licencia de Construcción, Certificado de Nume-ración, Certificado de Defensa Civil. Artículo 4º.- BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS OTOR- GADOS DURANTE LA VIGENCIA DE LA PRESENTE OR-DENANZA.- a) Condónese el 70% de las multas administrativas en general, a los contribuyentes que cancelen sus multas alcontado. b) Condónese el 100% de las multas administrativas relacionadas a infracciones por carecer de Licencia deApertura de Establecimiento, Autorización de Anuncios yPropaganda, Certificado de Numeración y Licencia deConstrucción, siempre que el contribuyente acredite con-tar con los citados documentos o haber regularizado losmismos. Artículo 5º.- FRACCIONAMIENTO.- a) Otórguese un máximo de doce (12) cuotas men- suales para el pago fraccionado de los adeudos tributariosacogidos en la presente Ordenanza, cuotas proporciona-les que en ningún caso cada cuota podrá ser menor a S/.20.00 (Veinte y 00/100 Nuevos Soles). b) Los contribuyentes que cuenten con fraccionamiento de pago y cancelen el total de las cuotas pendientes,podrán acogerse a la amnistía general conforme lo esta-blecido en los incisos a) y b) del artículo 3º de la presenteOrdenanza. Artículo 6º.- La presente Ordenanza no tiene alcance retroactivo ni genera obligaciones a la Administración derealizar devoluciones de ninguna índole. Artículo 7º.- VIGENCIA DE LA ORDENANZA.- La pre- sente Ordenanza rige desde el 1 hasta el 18 de diciembredel 2004; encargándose a la Gerencia Municipal, Direcciónde Administración Tributaria y Rentas, Oficina de Participa-ción Vecinal y la Unidad de Imagen Institucional el cumpli-miento y difusión de la misma. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 22723 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G79/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G61 /G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G73/G69/G73/G74/G69/G72/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G49/G20/G46/G65/G72/G69/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G2D/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G6D/G61/G7A/G6F/G6E/GED/G61/G20/G2D/G20/G45/G58/G50/G4F/G41/G4D/G41/G5A/G4F/G4E RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 157-2004-MPP Panao, 8 de setiembre del 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE PACHITEA VISTO, y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, establece que las Munici-