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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (16/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G38/G32/G34/G39/G36 /G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F Lima, jueves 16 de diciembre de 2004 ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 092-2004-CD/OSIPTEL MATERIA RESOLUCIÓN QUE DISPONE PUBLICAR PROYECTO DE REGLAMENTO DE CALI-DAD DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE TELECOMUNICACIONES Lima, 10 de diciembre de 2004 VISTO:El Proyecto de Reglamento de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones; El Memorando Nº 949-GFS/2004, de fecha 12 de no- viembre de 2004, suscrito por la Gerencia de Fiscalización de OSIPTEL; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3º de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, aprobado porLey Nº 27332 y modificada en parte por la Ley Nº 27631, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Tele- comunicaciones (OSIPTEL) tiene, entre otras, la fun-ción normativa, que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materia de sus respectivas competen- cias, reglamentos, normas que regulen los procedimien-to a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intere- ses, obligaciones y derechos de las entidades o activi-dades supervisadas o de usuarios; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artícu- lo 24º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, el Con- sejo Directivo de OSIPTEL es el órgano competente para ejercer de manera exclusiva la función normativa; Que, el Organismo ha evaluado la necesidad de pro- poner un Reglamento de Calidad aplicable a los dife- rentes servicios de telecomunicaciones que se brindanen las zonas urbanas; Que, el Artículo 27º del Reglamento General del OSIPTEL dispone que constituye requisito para la apro-bación de los Reglamentos, normas y disposiciones re- gulatorias de carácter general que dicte OSIPTEL, el que sus respectivos proyectos hubieran sido publica-dos en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados; Que, en consecuencia, se debe disponer la publica- ción del Proyecto de Resolución que aprueba el Regla- mento de Calidad de los Servicios Públicos de Teleco- municaciones, estableciéndose el plazo para la remi-sión de los comentarios respectivos; En aplicación de las funciones previstas en el inci- so b) del Artículo 75º del Reglamento General del OSIP-TEL; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 215; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación en el Diario Oficial El Peruano del Proyecto de Reglamento de Calidad de los Servicios de Telecomunicaciones y su Exposiciónde Motivos. Artículo Segundo.- Los interesados podrán remitir por escrito sus comentarios a la Gerencia de Fiscalización deOSIPTEL (Calle De La Prosa Nº 136, San Borja, Lima) hasta el 30 de enero de 2005. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Fiscali- zación de OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistemati- zación de los comentarios que se presenten, así como lapresentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Regístrese y publíquese.JOSE TAVARA MARTIN Presidente del Consejo Directivo (e) PROYECTO RESOLUCIÓN Nº - 2004-CD/OSIPTEL VISTOS: El Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en telecomunicaciones - OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM. El Proyecto de Reglamento de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones y su Exposición de Moti- vos. CONSIDERANDO: Que el Artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobada por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, dispone que OSIPTEL se encarga de garan- tizar la calidad y eficiencia del servicio brindado al usuario; Que el Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 008-2001- PCM, Reglamento General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, dispone que suactuación se orientará a promover las inversiones que con- tribuyan a aumentar la cobertura y calidad de los servicios públicos de telecomunicaciones, orientando sus accionesa promover la libre y leal competencia en el ámbito de las telecomunicaciones; Que, el Literal h) del Artículo 25º del Reglamento Ge- neral de OSIPTEL establece que en el ejercicio de su fun- ción normativa, este Organismo podrá dictar reglamentos sobre estándares de calidad y condiciones de uso de losservicios que se encuentren bajo su competencia, inclu- yendo la fijación de indicadores técnicos de medición y uso de indicadores referidos al grado de satisfacción de losusuarios; Que, el Artículo 19º del referido Reglamento señala que es objetivo específico de OSIPTEL promover la existenciade condiciones de competencia en la prestación de los ser- vicios de telecomunicaciones, siendo fundamental para lo- grar dicho objetivo garantizar que las concesionarias y es-pecialmente los usuarios estén informados de los niveles de calidad ofrecidos por las empresas que brindan el ser- vicio; Que, la evolución tecnológica y oferta de los servicios públicos de telecomunicaciones, la experiencia derivada de la supervisión de la calidad del servicio, así como laapertura del mercado, hace necesario establecer un mar- co sobre calidad del servicio actualizado; Que, no obstante que estos servicios se prestan en un régimen de libre competencia, es necesario contar con con- troles que protejan a los usuarios y que no signifiquen un freno al desarrollo de este sector ni mucho menos inhiba lainversión privada en el mismo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el "Reglamento de la Cali- dad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones" ysu Exposición de Motivos, textos que forman parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Ordenar la publicación del Regla- mento aprobado en el Artículo Primero y su Exposición de Motivos en el Diario Oficial El Peruano, y la matriz de co- mentarios respectiva en la página web de OSIPTEL. Artículo Tercero.- La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElOSIPTEL /G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G65/G6C/G65/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G73/G75/G20/G45/G78/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G6F/G74/G69/G76/G6F/G73