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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (16/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 64

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G34/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 16 de diciembre de 2004 palidades, son los órganos del Gobierno Local que gozan de autonomía económica y administrativa en los asuntosde su competencia; Que, los días del 15 al 18 de setiembre del año en curso se realizará en la ciudad de Manaus - Estado deAmazonas de la República Federativa del Brasil, la II FeriaInternacional de la Amazonía - EXPOAMAZON; Que, el indicado evento constituye una oportunidad para promover el desarrollo económico de la provincia dePachitea, consolidar y hermanar a las MunicipalidadesRurales del Perú en el logro de los objetivos comunes, asícomo conseguir apoyo técnico y financiero de proyectosde desarrollo; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 9º nume- ral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, esfacultad del Concejo Municipal autorizar los viajes al exte-rior del país, que en comisión de servicios oficiales o repre-sentación de la Municipalidad realicen el Alcalde, Regido-res y cualquier otro funcionario; Que, en la Sesión Ordinaria del 7 de setiembre del 2004, se acordó por unanimidad autorizar el viaje de unamisión conformada por el Alcalde Provincial señor RamónOmar Marcelo Lau, y los Regidores Edinson Mirco GarcíaApac, Sonia Luz Libia Durand y Miguel León Rojas a laciudad de Manaus - Estado de Amazonas de la RepúblicaFederativa del Brasil, sede de la II Feria Internacional de laAmazonía - EXPOAMAZON, a realizarse entre el 15 y el 18de setiembre del 2004; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y su reglamento aprobado por el D.S. Nº 047-2002-PCM, lasautorizaciones de viaje al exterior de la República debenser publicadas en el Diario Oficial El Peruano, con anticipa-ción a la fecha del viaje; Estando a lo acordado por el Pleno del Concejo, de conformidad con la Ley Nº 27619 y su Reglamento aproba-do por D.S. Nº 047-2002-PCM y con las atribuciones confe-ridas por el Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipali-dades Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje en comisión de servicios, del Alcalde de la Municipalidad Provincial dePachitea, señor Ramón Omar Marcelo Lau y los RegidoresEdinson Mirco García Apac, Sonia Luz Libia Durand y Mi-guel León Rojas, a la ciudad de Manaus - Estado de Ama-zonas de la República Federativa del Brasil, para asistir ala II Feria Internacional de la Amazonía - EXPOAMAZON.La presente autorización para ausentarse del país rige del13 al 19 de setiembre del 2004. Artículo Segundo.- OTORGAR, la suma de Seiscientos Dólares Americanos (US$ 600.00) o su equivalente enmoneda nacional a cada una de las personas autorizadasen el artículo anterior, por todo concepto: pasajes, movili-dad y viáticos. Artículo Tercero.- DISPONER, que a su retorno los co- misionados eleven al Concejo el informe documentado, asícomo efectuar la rendición de cuentas correspondientes; encaso contrario deberán reintegrar el monto percibido. Artículo Cuarto.- DISPONER, que la Gerencia de Ad- ministración y Finanzas efectúe la publicación de la pre-sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RAMÓN O. MARCELO LAU Alcalde 22614 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65 /G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G79/G63/G6F/G62/G72/G61/G6E/G7A/G61/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G2D/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 098-2004/MPFS Sullana, 21 de octubre del 2004VISTOS: Los Informes Nº 105-2004/MPFS-OAT del 17.03.04, Nº 161-2004/MPFS-OAT del 10.05.04, Nº 198-2004/MPFS-OAT del 17.06.04 y Nº 233-2004/MPFS-OAT,del 12.07.04, de la Oficina de Administración Tributaria,mediante los cuales presenta requerimiento para contarcon la prestación de servicios que realicen las labores deFiscalización Tributaria y Administrativa, dentro de la juris-dicción del distrito, sobre los grandes contribuyentes acre-ditando la necesidad de contratar a una persona natural ojurídica que permita el incremento de las rentas municipa-les de esta Corporación Edil; y, CONSIDERANDO:Que, el Informe Nº 483-2004-DDUel-DDyCU, del 2 de junio del 2004, la Dirección de Desarrollo Urbano e Infraes-tructura, da cuenta de haber realizado inspecciones preli-minares encontrando que la Empresa Telefónica del PerúS.A.A., tendría una gran cantidad de postes instaladosdentro de nuestra provincia de Sullana, sin contar con laautorización municipal y que por no contar con los recursostécnicos competentes y especializados para hacer un le-vantamiento real, opinan se contrate a una persona natu-ral o jurídica con conocimiento especializado y que la inver-sión sea efectuada por ella; Que, el Informe Legal Nº 078-2004/MPFS-AS.J, del 07.07.04, respecto al requerimiento formulado por la Oficinade Administración Tributaria y Dirección de Desarrollo Urbanoe Infraestructura, opina por que se acceda a ello, debiendodisponerse se realicen las acciones pertinentes conforme alTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado y de Reglamento, señalando al respectoel servicio personalísimo, que esta modalidad de contrata-ción debe sujetarse a lo dispuesto por el artículo 111º delReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, siendo que esta norma se aplica a los contratos deLocación de Servicios, celebrados con personas naturales yjurídicas para cuando dicha contratación se haya tenido encuenta como requisito esencial a la persona del locador, yasea por sus características inherentes, particulares y esencia-les o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte uoficio; señalando además que para efectos de la exonera-ción del proceso de selección, éste deberá ser decidido me-diante Acuerdo de Concejo y previo a ello los órganos admi-nistrativos deben de haber cumplido con realizar la evalua-ción respectiva y ponerla a disposición del Concejo Municipal,como un servicio de carácter personalísimo, proponiéndose ala vez a la persona natural o jurídica, que deberá presentarloy remitir dentro del plazo no mayor de diez días a la Contralo-ría General de la República, copias certificadas del Acuerdode Concejo y los informes Técnicos Legales; Que, con Informe Nº 017-2004/MPFS-GM, la Gerencia Municipal precisa que de los informes técnicos remitidos sedetermina la existencia de usuarios de bienes de dominio yuso público sin autorización, por lo que, OPINA: se contra-te a una persona natural o jurídica especializada en estasmaterias que se encargue de implementar programas deFiscalización Tributaria y de cobranza de tributos atrasa-dos, estando el servicio orientado a determinar posiblesomisiones, evasiones tributarias y administrativas, recupe-ración de tributos atrasados, sanciones tributarias y admi-nistrativas de los grandes contribuyentes cumpliendo enforma expresa con lo dispuesto en el artículo 93º de la Leyde Tributación Municipal sobre la reserva tributaria; Que, asimismo, la Gerencia Municipal, precisa que de los expedientes presentados a la Municipalidad solicitando pres-tar el servicio de fiscalización, recomienda que luego de unaexhaustiva evaluación de los mismos y teniendo en conside-ración los requisitos expresados por el artículo 111º del Re-glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, PROPONE: a la Empresa J.J. & W S.R.Ltda. segúndocumentación presentada está inscrita en el Libro de Socie-dades Comerciales de los Registros Públicos de Lima, deficha Nº 125370. RUC-20299323328, y con domicilio legal enavenida Javier Prado Este Nº 528, del C.C. La Fontana - Of.70, Segundo Piso, distrito de La Molina, Lima, para brindarlos servicios requeridos por la modalidad de Servicios Perso-nalísimos al cumplir con los requisitos establecidos por elartículo 111º del Reglamento expresado en el informe legal; Que, el Art. 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que de conformidad con el inciso h) del artículo 19ºde la citada ley, se encuentran exonerados del respectivoproceso de selección, los contratos de locación de servicioscelebrados con personas naturales o jurídicas para cuandopara dicha contratación se haya tenido en cuenta y comorequisito esencial a la persona del locador, ya sea por suscaracterísticas inherentes, particulares o especiales o por su