Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2004 (22/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, miercoles 22 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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dada por el Ministro del Sector correspondiente, previo informe de la Oficina de Presupuesto y Planificacion o la que haga sus veces, en el que se demuestre las ventajas y beneficios de su concertacion, asi como la disponibilidad de los recursos para su financiamiento. Dicho dispositivo precisa que el mismo procedimiento se empleara tambien para el caso de las addendas, revisiones u otros que amplien la vigencia, modifiquen o anadan metas no contempladas originalmente; Con la opinion favorable de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, a traves del Informe Nº 12012004-MTC/09; De conformidad con el numeral 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica, el Decreto Legislativo Nº 560 y la Ley Nº 28128; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Addenda Nº 03 al Convenio suscrito entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD aprobado por Resolucion Suprema Nº 012-2003-MTC, mediante la cual se extiende la vigencia del mismo hasta el 31 de diciembre de 2005. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 23236

viva una persona fallecida o que no ha existido o viceversa; Que, el accionar de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA encuadra en los tipos penales de falsificacion de documentos y falsedad generica, en razon de que sin justificar la necesidad de la operacion administrativa efectuada, altero la verdad al hacer figurar como servidor a don MORDAZA Edixon Yalta Maslucan en las planillas correspondientes a los meses de febrero y marzo de 2001 de la Oficina Zona! Nº 08 MORDAZA Sur, sabiendo que ya no prestaba servicios en dicha dependencia, causando perjuicio al Estado toda vez que a traves de tales planillas hizo constar que la referida Oficina Zonal pago por servicios que realmente no se prestaron en el periodo indicado, alterandose la rendicion de cuentas de la entidad publica; Que, el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Decreto Ley Nº 17537, senala que la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos; Que, el articulo 2º del Decreto Ley Nº 17537, senala que los Procuradores Publicos tienen la plena representacion del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el articulo unico del Decreto Ley Nº 17667, publicado el 28 de MORDAZA de 1969, establece que para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado es necesario la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27791, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667 y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie y culmine las acciones judiciales que correspondan contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 23132

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a presunto responsable de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 957-2004-MTC/02 MORDAZA, 20 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el Supervisor Contable de la Direccion de Conservacion Vial de la ex Direccion General de Caminos, a traves del Informe Nº 271-2001-MTC/15.17.08.CDLR, y en atencion a la denuncia formulada por don MORDAZA Edixon Yalta Maslucan, ex servidor de la Oficina Zonal Nº 08 MORDAZA Sur, senala que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien se desempenaba en el cargo de Administrador Zonal, acepto en su manifestacion que fue la persona que MORDAZA las planillas de haberes, jornales, racionamiento y de indemnizacion por tiempo de servicios de los meses febrero y marzo de 2001, por un monto de S/. 1,141.50, como sustituto del senor MORDAZA Edixon Yalta Maslucan, pese a que tenia conocimiento que dicha persona habia renunciado a partir del 01 de febrero del mismo ano, justificando su accionar para los efectos de la rendicion de cuentas para sufragar gastos administrativos y cuentas por pagar de la referida Oficina Zonal; Que, el articulo 427º del Codigo Penal tipifica el delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, para el que hace, en todo o en parte, un documento falso o adultera uno verdadero que pueda dar origen a derecho u obligacion o servir para probar un hecho, con el proposito de utilizar el documento, si de su uso puede resultar algun perjuicio; Que, el articulo 438º del Codigo Penal tipifica el delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad generica, para el que de cualquier otro modo que no este especificado, comete falsedad simulando, suponiendo, adulterando la verdad intencionalmente y con perjuicio de terceros, por palabras, hechos o usurpando nombre, calidad o empleo que no le corresponde, suponiendo

Autorizan a procurador iniciar acciones legales por presunto cobro indebido de pension de orfandad
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 958-2004-MTC/11 MORDAZA, 20 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Directoral Nº 0167-2004-MTC/ 11 del 24.03.2004 y notificada el 30.03.2004 se establecio responsabilidad pecuniaria contra MORDAZA LlLIA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por cobro indebido de pension de orfandad, comprendida del 12 de agosto de 1999 al 30 de junio de 2001, por el monto de Cinco Mil Trescientos Sesentinueve y 68/100 nuevos soles (S/ 5.369.68), incluyendo el interes legal correspondiente; Que, mediante Memorandum Nº 946-2004-MTC/10.04 de fecha 19 de MORDAZA de 2004, la Directora de Tesoreria de la Oficina General de Administracion comunica que a la fecha no se ha recepcionado pago por concepto de responsabilidad pecuniaria de parte de MORDAZA LlLIA MORDAZA MORDAZA MORENO; Que, la responsabilidad pecuniaria es aquella obligacion de origen legal y contenido patrimonial que tiene por

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