TEXTO PAGINA: 32
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G37/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de diciembre de 2004 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G4D/G61/G6E/G61/G67/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6E/G64/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G74/G69/G6F/G6E/G73 RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 117-2004 Lima, 29 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en as-pectos relacionados con la finalidad y funciones del Ban-co Central; Que, para el cumplimiento del anterior considerando la Gerencia de Administración tiene entre sus objetivos dotar a la institución y a sus cuadros técnicos de losbienes y servicios necesarios para su eficiente desempe-ño, así como velar por la racionalidad, eficiencia en loscostos, calidad de los servicios y la gestión de los ries-gos operacionales; Que en tal sentido, se considera necesaria la parti- cipación de la entidad en el curso Management and Ope- rations, organizado por el Federal Reserve Bank of New York y que se llevará a cabo en Nueva York, EstadosUnidos de América, entre el 1 y el 5 de noviembre; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo acordado por el Directorio en sesión de 19 de agosto de2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Javier Gutié- rrez Gonzales, Encargado de la Subgerencia de Servi-cios Administrativos de la Gerencia de Administración, ala ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América,entre el 1 y el 6 de noviembre; y al pago de los gastos, afin de intervenir en el certamen indicado en la parte con- siderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 792,40 Viáticos US$ 1 100,00 Tarifa única de uso de aeropuerto US$ 28,24 ---------------- TOTAL US$ 1 920,64 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. OSCAR DANCOURT MASÍAS VicepresidenteEncargado de la Presidencia 23813 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G6D/G65/G6E/G73/G61/G6A/G65/G73/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F/G73/G20/G79/G20/G6D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G64/G65/G6C/G20/G73/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G53/G57/G49/G46/G54/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 137-2004 VISTOS: El informe técnico emitido por la Secretaria General, en el que se señala que el Banco Central de Reversa del Perú, con fecha 5 de abril de 1995, firmó un acuerdo de cooperación con la Society Worldwide Interbank Finan-cial Telecommunications (SWIFT), con sede en Bélgica,con la finalidad de utilizar las facilidades y servicios paraenviar y recibir mensajes financieros a través de la redde comunicaciones de SWIFT y disponer de los produc-tos ofrecidos por la organización SWIFT, entre los cua- les está la transferencia de fondos. El referido informe que establece que mediante el uso del sistema de comunicaciones SWIFT, el bancoenvía y recibe mensajes financieros relacionados conla transferencia de fondos a través del uso de forma- tos financieros estandarizados. El uso de estas facili- dades y servicios se rige de acuerdo a las reglasvigentes para todos los miembros de SWIFT, inclu-yendo las responsabilidades y obligaciones que seencuentran en los documentos enviados por SWIFT. El Memorándum Nº S000-MA-2004-1051, emitido por la Secretaría General, en el que se señala que la empresa Society Worldwide Interbank FinancialTelecommunications - SWIFT SCRL, es la titular delos derechos de software y única responsable del fun-cionamiento de la red de comunicaciones SWIFT. El Memorándum Nº D210-MG-2004-1783 del Departamento de Abastecimiento, en el que se men- ciona que el servicio de mensajes financieros y man-tenimiento del sistema de comunicaciones SWIFT tie-ne un valor referencial de US$ 27 680,00, incluido losimpuestos de ley. El Memorándum Nº K000-MA-2004-1286, emitido por la Oficina Legal, en el que se opina que la contrata- ción del servicio de mensajes financieros ymantenimiento del sistema de comunicaciones SWIFTpara el año 2005 se enmarca dentro de los supuestosde exoneración de procesos de selección cuando losbienes o servicios no admiten sustitutos. CONSIDERANDO QUE: De acuerdo a lo establecido en el Informe Técnico, el Banco Central requiere la contratación del serviciode mensajes financieros y mantenimiento del sistema de comunicaciones SWIFT para el año 2005, por cuan- to este servicio resulta necesario para enviar y recibirmensajes relacionados con la transferencia efectiva ade fondos a nivel local e internacional. La contratación del servicio de mantenimiento del sistema SWIFT permite al Banco contar con los me- dios electrónicos y la documentación técnica necesa- ria para la actualización de software, licencias, forma-tos financieros, directorio SWIFT y equipos periféri-cos; además de recibir el soporte técnico adecuadopara las actualizaciones indicadas por SWIFT a nivelmundial con la finalidad de mantener la compatibilidad de su red de comunicaciones frente a las innovacio- nes tecnológicas. Tal como se precisa en el referido informe, el Ban- co Central de Reserva del Perú, con fecha 5 de abrilde 1995, firmó un acuerdo de cooperación con la So-ciety Worldwide Interbank Financial Telecommunica- tions (SWIFT), con sede en Bélgica, con la finalidad de utilizar las facilidades y servicios para enviar yrecibir mensajes financieros a través de la red de co-municaciones de SWIFT y disponer de los productosofrecidos por la organización SWIFT, entre los cualesestá la transferencia de fondos. Mediante el uso del sistema de comunicaciones SWIFT, el Banco envía y recibe mensajes financierosrelacionados con la transferencia de fondos a travésdel uso de formatos financieros estandarizados y queel uso de estas facilidades y servicios se rige de acuer-do a las reglas vigentes para todos los miembros de SWIFT, incluyendo las responsabilidades y obligacio- nes que se encuentran en los documentos enviadospor SWIFT. Conforme al memorándum y al informe técnico elaborado por la Secretaría General el software delservicio de mensajes financieros y mantenimiento del sistema de comunicaciones SWIFT, son de propiedad de la empresa Society Worldwide InterbankTelecommunications Financial (SWIFT) SCRL. El Memorándum Nº K000-MA-2004-1286, emitido por la Oficina Legal, establece que el marco jurídicoen el que se realizan las contrataciones del Banco Central para la adquisición de bienes o para la contra- tación de servicios, está determinado por el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo