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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G37/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de diciembre de 2004 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G73/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G2D/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4A/G6F/G72/G67/G65/G20/G42/G61/G73/G61/G64/G72/G65/G20/G47/G72/G6F/G68/G2D /G6D/G61/G6E/G6E/G20/G2D/G20/G54/G61/G63/G6E/G61 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 555-2004-CG Lima, 29 de diciembre de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 291-2004-CG/EA resul- tante del Examen Especial practicado en la UniversidadNacional Jorge Basadre Grohmann - Tacna, período enero 2001 - diciembre 2003, sin perjuicio de las opera- ciones anteriores y posteriores al período examinado; CONSIDERANDO:Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control del 2004 de la Gerencia de Entidades Autónomas, la Contra- loría General de la República efectuó un examen espe-cial a la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann- Tacna, orientado a evaluar la correcta administraciónde los recursos asignados a la universidad, enconcordancia con sus objetivos y la normativa aplicable; Que, en el contexto de lo actuado en el referido exa- men especial, la comisión auditora ha determinado queen el año 2003, las autoridades universitarias suscribie-ron con una universidad privada, y posteriormente ratifi-caron, el contrato de compra venta de los inmueblesubicados en las ciudades de Ilo y Moquegua, contravi- niendo el Reglamento General de Procedimientos Admi- nistrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, que esta-blecía su enajenación por la modalidad de subasta, pesea la advertencia de la Oficina de Control Institucional, dela Facultad de Ingeniería Pesquera y de la Superinten-dencia de Bienes Nacionales; transferencia que se pac- tó a un precio inferior a las tasaciones realizadas previa- mente por la propia universidad; Que, los hechos expuestos en el considerando prece- dente, constituye indicios razonables de la comisión de losdelitos de Corrupción de Funcionarios en la modalidad deAprovechamiento indebido del cargo; Abuso de Autoridad en la modalidad de Omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, previstos y penados en los artículos397º y 377º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22º literal d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, cons- tituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes enforma inmediata, por parte del Procurador Público, enlos casos en que en la ejecución directa de una acciónde control se encuentre daño económico o presunciónde ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contralo- ría General de la República el inicio de las accioneslegales correspondientes contra los presuntos respon-sables comprendidos en el Informe de Visto y; De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Con- traloría General de la República, Ley Nº 27785 y el De- creto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que interponga las accio- nes judiciales correspondientes contra los presuntosresponsables comprendidos en el Informe de Visto, re-mitiéndosele para el efecto los antecedentes correspon-dientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 23810/G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G4A/G65/G66/G65/G73/G20/G64/G65/G20/GD3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G2D /G74/G72/G6F/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G2D/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G48/G75/G6D/G61/G6E/G6F/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G6C/G50/G52/G4F/G4E/G41/G41 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 556-2004-CG Lima, 29 de diciembre de 2004 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 084-2004-CG/ OCI, emitida por la Gerencia de Órganos de Control Institucional de la Gerencia Central del Sistema Nacio- nal de Control de la Contraloría General de la Repúbli-ca; y CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el artículo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, ladesignación y la separación de los Jefes de los Órganosde Control Institucional, se efectúa por este OrganismoSuperior de Control, de acuerdo a los requisitos, procedi- mientos, incompatibilidades y excepciones que establez- ca para tal efecto; Que, el Reglamento de Órganos de Control Institucio- nal, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de ContraloríaNºs. 014 y 047-2004-CG, establece en su artículo 19º que la designación del Jefe del Órgano de Control Institucional podrá efectuarse por concurso público deméritos, por personal profesional de la Contraloría Ge-neral de la República o por rotación de los Jefes de losÓrganos de Control Institucional, formalizándose me-diante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, de acuerdo al documento de visto, el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Instituto deDesarrollo de Recursos Humanos se encuentra vacan-te, por lo que habiendo este Organismo Superior deControl convocado al Concurso Público de Méritos Nº 002-2003-CG/GDE para cubrir las plazas de Jefes de los Órganos de Control Institucional para entidades su-jetas a control, resulta pertinente designar al CPC. Ed-win Alejandro Lacunza Huaman, profesional selecciona-do en el mencionado concurso, en el cargo de Jefe delÓrgano de Control Institucional del Instituto de Desarro- llo de Recursos Humanos; Que, asimismo mediante Resolución de Contraloría Nº 550-2004-CG, se formalizó la separación definitivapor renuncia, del Jefe del OCI del Ministerio de Educa-ción, por lo que resulta necesario por razones de servi-cio y como una práctica sana de control interno efectuar la rotación de la CPC. Ana Rita Gauret Novoa, Jefe del OCI del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria -PRONAA, al cargo de Jefe del OCI del Ministerio deEducación; Que, a fin de garantizar el normal desarrollo de las funciones del OCI del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, se ha propuesto designar a la CPC. Hortencia Adriana Marruffo Mackenzie, profesionalde la Contraloría General de la República, en el cargo deJefe del OCI del Programa Nacional de Asistencia Ali-mentaria - PRONAA; Que, la Gerencia de Finanzas mediante Memo- randa Nºs. 715 y 857-2004-CG/FI, señala que existe la disponibilidad presupuestal para el pago del dife-rencial remunerativo a los profesionales a designar-se conforme a lo dispuesto por las Resoluciones deContraloría Nº 433-2003-CG y Nºs. 097 y 393-2004-CG; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control yde la Contraloría General de la República y a lo dispues-to en el Reglamento de los Órganos de Control Institu-cional aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº114-2003-CG, modificado por Resoluciones de Contra- loría Nºs. 014 y 047-2004-CG, y en las Resoluciones de Contraloría Nº 433-2003-CG y Nºs. 097 y 393-2004-CG;