Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2004 (31/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 31 de diciembre de 2004

Que, mediante Oficio Nº 2539-2004/GAD de fecha 22 de diciembre de 2004, la Gerencia de Administracion solicita la inclusion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la entidad del MORDAZA de seleccion para la prestacion de servicios al Servidor SIX de Consultas Via Linea Dedicada asi como la contratacion de la empresa NOVATRONIC S.A.C bajo la modalidad de servicio que no admite sustituto para la prestacion de los servicios mencionados. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el articulo 7º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, cada Entidad elabora un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual es aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa; Que, por Resolucion Jefatural Nº 028-2004-JEF/ RENIEC de 28 de enero del 2004, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil para el Ano Fiscal 2004; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Plan Anual debe considerar todas las adquisiciones y contrataciones relativas a Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas que se realizaran en el ano fiscal; Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 7 del titulo VI - Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 005-2003/CONSUCODE/PRE - Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, toda modificacion del Plan Anual, sea por inclusion y/o exclusion de algun MORDAZA de seleccion para la adquisicion y/o contratacion de bienes, servicios u obras, debe ser aprobada, en cualquier caso, mediante instrumento emitido por el Titular del Pliego; debiendo ser remitido el Plan Anual modificado al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) a traves de los mismos medios con los que se remitio el Plan Anual originalmente aprobado, en su integridad y en los formatos aprobados por dicho ente rector, asi como PROMPYME, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion; Que, mediante Oficio Nº 254-2004-GIE/SGST/RENIEC de la Subgerencia de Soporte Tecnico, se solicita continuar con la prestacion de servicios al Servidor SIX de Consultas via linea dedicada, servicio que tiene un valor referencial de US$ 16,636.20 (Dieciseis mil seiscientos treinta y seis y 20/100 dolares americanos) conforme lo senala el informe Nº 13492004-GAD/SGLG de la Subgerencia de Logistica. Que, mediante carta de fecha 1 de diciembre de 2004, la empresa Novatronic S.R.L comunica a la entidad su condicion de proveedor unico del servicio solicitado en razon de ser propietario del sistema SIX/TCL tal como lo acredita con la MORDAZA del certificado de Registro de Programas de ordenador (software) emitido por INDECOPI; Que, habiendo quedado establecido de los documentos senalados en los parrafos anteriores la necesidad de contar con el servicio de mantenimiento del servidor SIX de consultas Via linea dedicada, y habiendose establecido igualmente que la empresa NOVATRONIC S.R.L es la unica en el MORDAZA que presta este MORDAZA de servicio de mantenimiento a dicho servidor por cuanto resulta ser la propietaria del sistema SIX conforme lo acredita la misma empresa con el certificado de registro de programas de ordenador (software) emitido por INDECOPI, resulta posible aplicar lo establecido en el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM el mismo que menciona que se encuentran exonerados de realizar los procesos de seleccion de licitacion publica, concurso

publico o adjudicacion directa, los servicios que no admiten sustitutos, entendiendose por un servicio que no admite sustituto cuando solo una determinada persona juridica o natural puede brindar dicho servicio requerido por las areas usuarias, ya sea por poseer ciertas caracteristicas que los hacen unicos en el mercado. Que, la normativa de Contrataciones y Adquisiciones fundamenta la exoneracion de un MORDAZA de seleccion por la causal de servicio que no admite sustituto, en el hecho de que resultaria innecesario convocar a un MORDAZA de seleccion cuando previamente se tiene conocimiento como resultado del estudio de MORDAZA efectuado que solo en el MORDAZA existe una persona juridica que podria brindar el servicio requerido, razon que permitiria contratar a traves de acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una sola cotizacion que cumpla con los requisitos senalados en las Bases Administrativas, conforme lo dispuesto en el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nª26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y con el visto MORDAZA de la Gerencia de Asesoria Juridica. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la inclusion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil para el ejercicio presupuestal 2004, del MORDAZA de seleccion denominado Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de asistencia tecnica y actualizacion de licencias al servidor SIX de Consultas via Linea Dedicada para la entidad, por un monto de US$ 16,636.20 dolares americanos, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo MORDAZA .- Disponer que la Gerencia de Administracion remita en su integridad el Plan Anual modificado mediante la inclusion aprobada en la presente Resolucion al Consejo de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa PROMPYME, dentro de los plazos establecidos por Ley, asi como cumpla con ponerlo a disposicion del publico usuario Articulo Tercero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo para la contratacion del servicio de asistencia tecnica y actualizacion de licencias al servidor SIX de Consultas via linea dedicada, por servicio que no admite sustituto, a la empresa NOVATRONIC S.R.L, , por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Jefatural. Articulo Cuarto.- Autorizar la contratacion de los servicios de la empresa NOVATRONIC S.R.L por el plazo de un ano, mediante el MORDAZA de menor cuantia respectivo, por un monto de US$ 16,636.20 (Dieciseis mil seiscientos treinta y seis y 20/100 dolares americanos) y con cargo a la fuente de financiamiento de recursos Directamente Recaudados. Articulo Quinto.- Autorizar a la Gerencia de Administracion a traves de la Subgerencia de Logistica realizar el MORDAZA de menor cuantia para la contratacion respectiva. Articulo Sexto.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles de su emision, asi como la remision a la Contraloria General de la Republica de MORDAZA de la misma y de los documentos que la sustentan, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

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