Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2004 (10/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 10 de enero de 2004

El Oficio Nº 0831-2003-INADE-7100, del Director Ejecutivo del Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio del exordio, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de servicios de maquinaria pesada para la obra "Rehabilitacion Defensa Riberena Cuncacc Curahuasi", la misma que se sustenta en el hecho de que el servicio de contratacion de maquinaria requerido para la ejecucion de la obra mencionada, debe contratarse con las municipalidades de Curahuasi y Aymaraes, en tanto ofrecen condiciones mas favorables y ventajosas en comparacion con los precios del mercado; Que, los articulos 19º, inciso a) y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establecen que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen entre entidades del Sector Publico, las mismas que se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, debiendo aprobarse la exoneracion por Resolucion del Titular del Pliego, previo Informe Tecnico-Legal; Que, el articulo 106º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y modificado por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 029-2001-PCM, senala que en tal caso debera emitirse un Informe Tecnico Economico que demuestre, cuando menos que la adquisicion o contratacion resulta mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios del MORDAZA, asi como que, en razon de costos de oportunidad, resulta mas eficiente adquirir o contratar con otra Entidad del Estado, debiendo resultar la adquisicion o contratacion tecnicamente idonea y viable; Que, asimismo, la referida modificatoria exige que la Entidad que participe como postor no realice actividad empresarial de manera habitual o actue bajo alguna forma societaria; Que, mediante Informes Nº 084-2003-INADE-PESCS/ DOE-MPRT y Nº 074-2003-INADE-PESCS/AL, la Direccion de Obras y la Oficina de Asesoria Juridica, respectivamente, del Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur, se han pronunciado a favor de la exoneracion del MORDAZA de seleccion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar con las Municipalidades Distritales de Curahuasi y Aymaraes, el servicio de maquinaria pesada, para movimiento de tierras, para la obra "Rehabilitacion Defensa Riberena Cuncacc Curahuasi", hasta por la suma de S/. 162 528,99 (Ciento Sesenta y Dos Mil Quinientos Veintiocho y 99/100 Nuevos Soles), por encontrarse acreditado que las contrataciones con las municipalidades distritales mencionadas resultan ser las mas favorables y ventajosas en comparacion con los precios del MORDAZA, resultando tecnicamente idoneas y viables; Que, la Gerencia de Proyectos en MORDAZA y MORDAZA, mediante Memorandum Nº 488-2003-INADE-5201/GPSS, de fecha 23 de diciembre del 2003, ha manifestado su opinion favorable para la exoneracion del MORDAZA de seleccion pertinente; Que, la exoneracion esta referida al MORDAZA de Concurso Publico, en razon a que el monto total previsto asciende a S/. 162 528,99 (Ciento Sesenta y Dos Mil Quinientos Veintiocho y 99/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente Recursos Ordinarios del Tesoro Publico; Que, de acuerdo al articulo 6º del Decreto Supremo Nº 003-2003-VIVIENDA, el Presidente Ejecutivo del INADE es la mas alta autoridad de la institucion y es el Titular del Pliego Presupuestal, razon por la cual resulta ser la autoridad competente para aprobar la exoneracion; Que, mediante Informe Legal Nº 246-2003-INADE-3201OGAJ, la Oficina General de Asesoria Juridica emite opinion legal en el sentido de que resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion del servicio de maquinaria pesada con las municipalidades distritales de Curahuasi y Aymaraes, para la ejecucion de la obra por estar comprendida en la causal contemplada en el inciso a) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Con las visaciones de la Gerencia de Proyectos en MORDAZA y MORDAZA y de la Oficina General de Asesoria Juridica; Estando a lo dispuesto en el inciso a) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y los articulos 105º, 106º, 113º y 116º

de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 029-2001PCM; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01793-PRES, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2003VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur del MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion de servicios de alquiler de maquinaria pesada para la ejecucion de la obra "Rehabilitacion Defensa Riberena Cuncacc Curahuasi", a celebrarse con las municipalidades distritales de Curahuasi y Aymaraes , autorizandolo a efectuar dicha contratacion por el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por un monto total de S/. 162 528,99 (Ciento Sesenta y Dos Mil Quinientos Veintiocho y 99/100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- La Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur queda encargada de la contratacion a que se refiere la presente Resolucion. Articulo 3º.- La presente Resolucion sera puesta en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, con remision de MORDAZA de los Informes sustentatorios, disponiendose su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y notificandose al Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur, asi como a las Gerencias y Oficinas Generales del INADE que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 00375

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran monumentos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion a inmuebles ubicados en los departamentos de MORDAZA, Pasco y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 904/INC
MORDAZA, 17 de diciembre de 2003 Visto el Acuerdo Nº 03, del 17.10.2003 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos, y demas documentacion sustentatoria; CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 03, de fecha 17 de octubre del 2003, propuso a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declare Monumento Integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion al MORDAZA de la MORDAZA, ubicado en la Av. del Ejercito interseccion MORDAZA Hospital- MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Cusco; Estando visado por la Direccion de Gestion, la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Registro y Catastro y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el

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