Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2004 (10/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, sabado 10 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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ca, conjuntamente con el Informe Tecnico Nº 017-2003INADE-4131 e Informe Legal Nº 249-2003-INADE-3201OGAJ, dentro de los diez dias calendario siguientes de su aprobacion, disponiendose su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 00378

Exoneran al Proyecto Especial Binacional Desarrollo Integral de la MORDAZA del Rio Putumayo del MORDAZA de seleccion para prorrogar contrato de alquiler de inmueble ubicado en la provincia de Maynas
INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 237-2003-INADE-1100
MORDAZA, 31 de diciembre del 2003 VISTO: El Oficio Nº 1132-2003-INADE-6501/D.E. del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Desarrollo Integral de la MORDAZA del Rio Putumayo, PEDICP; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, es un Organismo Publico Descentralizado, con personeria juridica de derecho publico interno y autonomia tecnica, economica, financiera y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal del Sector Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, mediante el oficio del exordio, el Director Ejecutivo del PEDICP, entidad dependiente del INADE, solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion pertinente, para prorrogar el contrato de arrendamiento del inmueble en el cual funcionan las oficinas de dicha institucion; Que, desde el ano 1994 el PEDICP conduce en calidad de Arrendatario el inmueble sito en MORDAZA Brasil Nºs. 355-359 del distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, en el cual funcionan las oficinas de dicho Proyecto Especial, pagando una renta mensual de Un Mil Ciento Cincuenta y 00/100 Dolares Americanos (US$ 1 150,00), cuya prorroga y ampliacion del contrato vence el 31 de diciembre del 2003; Que, mediante Informe Nº 124-2003-INADE-6505/ABAST, la Oficina de Abastecimientos y Servicios Generales del Proyecto senala que existe la necesidad de renovar el contrato de arrendamiento de dicho inmueble, por el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2004, debido a que no se ha producido ningun incremento mensual del alquiler, sino que, por lo contrario, el propietario ha aceptado reducir el monto de la renta pactada, en un 10%, el mismo que quedaria fijado en la cantidad de US$ 1 035,00 mensual o su equivalente en moneda nacional al MORDAZA de cambio del dia; Que, a traves del Informe Legal Nº 073-2003-INADE6504, el Asesor Legal del Proyecto emite opinion legal, en el sentido que resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de adjudicacion directa selectiva para prorrogar el Contrato de Arrendamiento aludido, por estar contemplada en la causal contenida en el inciso g) del Articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, la exoneracion esta referida al MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, en razon a que el monto total del arrendamiento asciende a la suma de US$ 12 420,00 (Doce Mil Cuatrocientos Veinte y 00/100 Dolares Americanos), siendo, referencialmente, su equivalente en moneda nacional, la cantidad de S/. 43,221,00 (Cuarenta y Tres Mil Doscientos Veintiuno y 00/100 Nuevos Soles), al MORDAZA de cambio de S/. 3.48 por dolar; Que, la Oficina General de Asesoria Juridica, en merito de los hechos expuestos en los informes precedentes, estima que la situacion descrita permite la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para prorrogar el contrato de arrendamiento aludido, al MORDAZA del inciso g) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, debiendo realizarse

la prorroga del Contrato de Arrendamiento mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el Articulo 19º, inciso g) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen, para prorrogar el plazo de arrendamiento de inmuebles ocupados por la entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que, el Articulo 20º de la misma MORDAZA legal, concordante con el Articulo 113º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, prescribe que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Articulo 19º de la Ley, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo la exoneracion aprobada por Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe Tecnico-Legal previo y publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Con las visaciones de Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica; Estando a lo dispuesto en los Articulos 19º inciso g) y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, y los Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; De conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01793-PRES, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2003VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Proyecto Especial Binacional Desarrollo Integral de la MORDAZA del Rio Putumayo, PEDICP, del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para prorrogar el plazo del Contrato de Arrendamiento del inmueble sito en MORDAZA Brasil Nºs. 355- 359, del distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, celebrado con el Sr. MORDAZA MORDAZA Hudson, por un monto total de US$ 12 420,00 (Doce Mil Cuatrocientos Veinte y 00/100 Dolares Americanos) o su equivalente en moneda nacional, al MORDAZA de cambio del dia en que se efectue el pago, por el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2004. Articulo 2º.- Autorizar a la Direccion Ejecutiva del PEDICP, a fin de que proceda a celebrar la prorroga del contrato de arrendamiento, mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, de acuerdo a las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento. Articulo 3º.- Poner la presente Resolucion Presidencial en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con los Informes Tecnico y Legales sustentatorios, disponiendose su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias calendario siguientes a su emision y notificandose al Proyecto Especial Binacional Desarrollo Integral de la MORDAZA del Rio Putumayo, asi como a las Gerencias y Oficinas Generales del INADE que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 00379

Exoneran al Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur de MORDAZA de concurso publico para contratar alquiler de maquinaria pesada para la ejecucion de la obra Rehabilitacion Defensa Riberena Cuncacc Curahuasi
INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 238-2003-INADE-1100 MORDAZA, 31 de diciembre del 2003

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