Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2004 (10/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 10 de enero de 2004

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION al MORDAZA de la MORDAZA, ubicado en la Av. del Ejercito interseccion MORDAZA Hospital - MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia y departamento del Cusco. Articulo 2º.- Cualquier intervencion a realizarse en el inmueble declarado Monumento, a que se refiere el articulo precedente, debera contar con la aprobacion previa del Instituto Nacional de Cultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 00321

RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 905/INC
MORDAZA, 17 de diciembre de 2003 Visto el Acuerdo Nº 08, del 29.10.2003 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos, y demas documentacion sustentatoria; CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 08, del 28 de octubre de 2003, propuso se declare monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion a la Parroquia Nuestra Senora del MORDAZA, ubicada en la Av. MORDAZA Krause Nº 240, distrito de MORDAZA Rica, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco; Estando visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Registro y Catastro y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a la Parroquia Nuestra Senora del MORDAZA, ubicada en la Av. MORDAZA Krause Nº 240, distrito de MORDAZA Rica, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco. Articulo 2º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el Monumento a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 00322

Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 10, de fecha 7 de noviembre de 2003, propuso se declare monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Hacienda Buena Vista, inmueble ubicado en MORDAZA a la Rinconada de Lurin, parcela D-52A, distrito de Lurin, provincia y departamento de Lima; Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Registro y Catastro y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Ley 27580 "Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la Ejecucion de Obras en Bienes Culturales Inmuebles", Decreto Supremo Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Decreto Supremo Nº022-2002-ED que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del INC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a la MORDAZA Hacienda Buena Vista, inmueble ubicado en MORDAZA a la Rinconada de Lurin, parcela D-52A, distrito de Lurin, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- El inmueble en mencion debera conservarse siendo posible su reutilizacion. Articulo 3º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el Monumento a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 00326

Declaran MORDAZA Monumental a area perteneciente a la MORDAZA de Jauja, departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 906/INC
MORDAZA, 17 de diciembre de 2003 Visto el Acuerdo Nº 04/29.10.2003 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 04 de fecha 29 de octubre de 2003, propuso se declare MORDAZA Monumental de la MORDAZA de Jauja, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, al area comprendida: Por el Norte: Jr. Manco Capac cuadras 2 y 3 volteando hacia el Jr. MORDAZA cuadras 5 y 4 hasta el Jr. MORDAZA desde la cuadra 4 a la cuadra 8 incluyendo el volumen de fachadas del Jr. Arica;

RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 930/INC
MORDAZA, 23 de diciembre de 2003 Visto el Acuerdo Nº 10, del 7.11.2003 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos, y demas documentacion sustentatoria;

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