Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2004 (10/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 51

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G39/G33/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de enero de 2004 Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organiza-ción y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN al Puente de laAlmudena, ubicado en la Av. del Ejército intersección calleHospital - Almudena, distrito de Santiago, provincia y de-partamento del Cusco. Artículo 2º.- Cualquier intervención a realizarse en el inmueble declarado Monumento, a que se refiere el artícu-lo precedente, deberá contar con la aprobación previa delInstituto Nacional de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 00321 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 905/INC Lima, 17 de diciembre de 2003 Visto el Acuerdo Nº 08, del 29.10.2003 de la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arqui-tectónicos, y demás documentación sustentatoria; CONSIDERANDO: Que, el artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patri-monio Cultural de la Nación; Que, de conformidad con el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando unapermanente identificación y registro de inmuebles, espaciosy áreas urbanas que por su valor histórico deben ser decla-rados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Pro- yectos Arquitectónicos mediante Acuerdo Nº 08, del 28 deoctubre de 2003, propuso se declare monumento integran-te del Patrimonio Cultural de la Nación a la Parroquia Nues-tra Señora del Rosario, ubicada en la Av. Leopoldo KrauseNº 240, distrito de Villa Rica, provincia de Oxapampa, de-partamento de Pasco; Estando visado por la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direcciónde Registro y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación"; De-creto Supremo Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban elReglamento Nacional de Construcciones; Decreto SupremoNº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organiza-ción y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN a la ParroquiaNuestra Señora del Rosario, ubicada en la Av. LeopoldoKrause Nº 240, distrito de Villa Rica, provincia de Oxapam-pa, departamento de Pasco. Artículo 2º.- Es obligación del propietario someter a la aprobación y supervisión del Instituto Nacional de Culturacualquier intervención a realizarse en el Monumento a quese refiere el Artículo 1º de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 00322 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 930/INC Lima, 23 de diciembre de 2003 Visto el Acuerdo Nº 10, del 7.11.2003 de la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arqui-tectónicos, y demás documentación sustentatoria;CONSIDERANDO: Que, el artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patri-monio Cultural de la Nación; Que, de conformidad con el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando unapermanente identificación y registro de inmuebles, espaciosy áreas urbanas que por su valor histórico deben ser decla-rados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Pro- yectos Arquitectónicos mediante Acuerdo Nº 10, de fecha7 de noviembre de 2003, propuso se declare monumentointegrante del Patrimonio Cultural de la Nación a la CasaHacienda Buena Vista, inmueble ubicado en Camino a laRinconada de Lurín, parcela D-52A, distrito de Lurín, pro-vincia y departamento de Lima; Estando a lo visado por la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direcciónde Registro y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción"; Ley 27580 "Ley que dispone medidas de protecciónque debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para laEjecución de Obras en Bienes Culturales Inmuebles", De-creto Supremo Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que apruebanel Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Su-premo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento deOrganización y Funciones del Instituto Nacional de Cultu-ra, Decreto Supremo Nº022-2002-ED que aprueba el Tex-to Único de Procedimientos Administrativos del INC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN a la Casa Ha-cienda Buena Vista, inmueble ubicado en camino a la Rin-conada de Lurín, parcela D-52A, distrito de Lurín, provin-cia y departamento de Lima. Artículo 2º.- El inmueble en mención deberá conser- varse siendo posible su reutilización. Artículo 3º.- Es obligación del propietario someter a la aprobación y supervisión del Instituto Nacional de Culturacualquier intervención a realizarse en el Monumento a quese refiere el Artículo 1º de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 00326 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G4D/G6F/G6E/G75/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G61/G20/GE1/G72/G65/G61 /G70/G65/G72/G74/G65/G6E/G65/G63/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4A/G61/G75/G6A/G61/G2C/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 906/INC Lima, 17 de diciembre de 2003 Visto el Acuerdo Nº 04/29.10.2003 de la Comisión Na- cional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicosy demás documentación sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patri-monio Cultural de la Nación; Que, de conformidad con el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural dela Nación", el Instituto Nacional de Cultura viene realizandouna permanente identificación y registro de inmuebles, espa-cios y áreas urbanas que por su valor histórico deben serdeclarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Pro- yectos Arquitectónicos mediante Acuerdo Nº 04 de fecha29 de octubre de 2003, propuso se declare Zona Monu-mental de la ciudad de Jauja, provincia de Jauja, departa-mento de Junín, al área comprendida: Por el Norte: Jr. Man-co Cápac cuadras 2 y 3 volteando hacia el Jr. Ayacuchocuadras 5 y 4 hasta el Jr. Atahualpa desde la cuadra 4 a lacuadra 8 incluyendo el volumen de fachadas del Jr. Arica;