TEXTO PAGINA: 51
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G37/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 14 de enero de 2004 establecidos en el presente numeral, a solicitud del Direc- torio de la Empresa. 1.5.6. El procedimiento interno a que se refiere el nu- meral precedente no podrá establecer excepciones a la sus-tentación o rendición de gastos. 1.5.7. Los Viáticos o cualquier otra asignación de natura- leza similar, en dinero o en especie, por viajes dentro del paísque perciba el comisionado por cualquier concepto o fuente de financiamiento no superará la suma de S/. 200,00 (dos- cientos y 00/100 Nuevos Soles) diarios, siempre que la comi-sión tenga una duración superior a veinticuatro (24) horas, caso contrario se otorgarán los Viáticos de manera propor- cional a las horas de la comisión independientemente de lacategoría ocupacional del trabajador, de su relación laboral con la Empresa, o del motivo de la comisión de servicios. 1.5.8. Las Empresas se encuentran facultadas a sol- ventar los pasajes y los Viáticos de los directores que rea- licen comisiones de servicio dentro y fuera del país. Las sesiones de Directorio no se consideran comisiones deservicio. Las comisiones de servicio fuera del país debe- rán seguir el procedimiento establecido en el numeral 1.5.3, 1.5.4, 1.5.5, 1.5.6 y 1.5.7 de la presente Directiva, segúncorresponda. 1.6. Presupuesto de inversiones.1.6.1 Para ejecutar los proyectos de inversión conside- rados como tales por la Dirección General de Programa-ción Multianual del Sector Público, cuyo inicio esté previs- to para el ejercicio, se deberá contar con el Presupuesto aprobado por FONAFE y con la declaración de viabilidadotorgada, de acuerdo a las disposiciones de la Ley del Sis- tema Nacional de Inversión Pública, su reglamento y de- más normas complementarias. 1.6.2 La ejecución de los proyectos de inversión debe- rá ceñirse a lo establecido en la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, su reglamento y normas complemen-tarias. 1.7. Endeudamiento.1.7.1 Las operaciones de endeudamiento interno o ex- terno a plazo mayor a un año deberán sujetarse a lo esta-blecido por la Ley de Endeudamiento del Sector Público. 1.7.2 Las Empresas sólo podrán concertar las opera- ciones de endeudamiento a que se refiere el numeral ante-rior, si se encuentran comprendidas en su Presupuesto aprobado. 1.7.3 La Directiva de Endeudamiento de FONAFE se aplica en los casos de endeudamiento entre FONAFE y las Empresas. 1.8. Donación de bienes de las Empresas. 1.8.1 El Directorio de la Empresa se encuentra facultado para aprobar la donación de bienes muebles de su propiedad, distintos al dinero, que hayan sido dados de baja por cual- quiera de las siguientes causales: estado de excedencia, ob-solescencia técnica y mantenimiento o reparación onerosa, debidamente fundamentadas en un informe técnico elabora- do por el área competente. El acta de sesión de Directoriocorrespondiente se remitirá en la oportunidad señalada en el numeral 6.4.1 de la presente Directiva. 1.8.2 La donación de dinero, de bienes muebles que no hayan sido dados de baja por las causales indicadas en el numeral precedente y de bienes inmuebles, requiere adicio- nalmente la aprobación previa de FONAFE. En este caso, seremitirá a FONAFE una solicitud debidamente sustentada adjuntando copia del acuerdo de Directorio correspondiente. 1.9. Gastos en asesorías, consultorías y auditorías. Los gastos por concepto de asesorías, consultorías y auditorías se ejecutarán en un marco de austeridad y ra- cionalidad, siempre que el servicio no pueda ser realizado por el personal de la Empresa. La contratación de auditorias externas se realizará de con- formidad con las normas del Sistema Nacional de Control. CAPÍTULO 2 DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS 2.1 Las modificaciones presupuestarias requieren apro- bación del Directorio de FONAFE, salvo las dispuestas enlos numerales 2.2 y 2.3 siguientes. La Empresa deberá presentar una solicitud de modificación adjuntando un in- forme ejecutivo que la justifique, así como los Formatos de Ingresos y Egresos, de Flujo de Caja y de Gastos de Capi-tal para el caso de las modificaciones establecidas en el presente numeral y en el numeral 2.2. 2.2 Las modificaciones presupuestarias que contem- plen las siguientes Partidas y Rubros, así como las que se produzcan como consecuencia de dichas modificaciones, podrán ser autorizadas por la Dirección Ejecutiva de FO-NAFE en tanto no afecten el resultado económico aproba- do para la Empresa ni el Presupuesto consolidado de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE: a) Gastos de personal (Partida 2.2), b) Sueldos y salarios (Rubro 2.2.1),c) Pago de indemnización por cese de relación laboral (Rubro 2.2.7.5), d) Incentivos por retiro voluntario (Rubro 2.2.7.6),e) Tributos (Partida 2.4), f) Otros relacionados a GIP de Gastos diversos de ges- tión (Rubro 2.5.4.1), g) Participación de los trabajadores (Partida 2.8), y h) Otros de Gastos de capital (Partida 3.3). 2.3 El Directorio de la Empresa podrá aprobar las si- guientes modificaciones presupuestarias que conlleven transferencias, sin requerir la aprobación de FONAFE: a) Entre Rubros GIP de Servicios prestados por terce- ros (Partida 2.3), b) Entre Partidas no GIP y Rubros no GIP, c) De Partidas GIP o Rubros GIP no considerados en el numeral 2.2 hacia otras Partidas u otros Rubros, y d) Entre Partidas del Presupuesto de financiamiento neto. 2.4 Las modificaciones presupuestarias que tengan como objetivo incorporar proyectos de inversión y el finan- ciamiento correspondiente, sólo podrán solicitarse hastael último día hábil del mes de junio. Los proyectos de inver- sión a que se refiere el párrafo precedente deberán contar con la conformidad de las Oficinas de Programación deInversiones de los Sectores o de la Dirección General de Programación Multianual del Ministerio de Economía y Fi- nanzas, según corresponda. 2.5 Toda modificación presupuestaria deberá ser comu- nicada a FONAFE, a nivel desagregado, junto con la eva- luación presupuestaria del mes en el cual se aprobó lamodificación. Para tal efecto, se deberá adjuntar una copia del acuerdo de Directorio, un informe ejecutivo sobre la modificación y todos los formatos que resulten afectadospor dicha modificación. 2.6 Cualquier cambio en el plan operativo que se derive de una modificación presupuestaria deberá ser aprobadopor el Directorio de la Empresa. CAPÍTULO 3 DE LA EVALUACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA 3.1. Evaluación mensual. Las Empresas deberán remitir mensualmente a FONA- FE, la siguiente información: 1) Formatos (del Anexo 1) Balance general (Formato 2E) Estado de ganancias y pérdidas (Formato 3E) Presupuesto de ingresos y egresos (Formato 4E) Flujo de caja proyectado (Formato 5E) Gastos de capital (Formato 7E) Los formatos del Estado de ganancias y pérdidas (For- mato 3E), del Presupuesto de ingresos y egresos (Forma- to 4E) y del Flujo de caja proyectado (Formato 5E) inclui- rán la información real y la proyección hasta el mes de di-ciembre del año en curso. 2) Informe Ejecutivo que considere los hechos de im- portancia ocurridos al mes de evaluación. Asimismo, el in-forme deberá incluir los resultados acumulados reales de cada Rubro comparados con el marco aprobado y con la ejecución al mismo mes del año anterior, a nivel de: