Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2004 (15/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, jueves 15 de enero de 2004

NORMAS LEGALES
17.2.- Credencial del Conductor.

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La Municipalidad de Chorrillos controlara permanentemente el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la seguridad y calidad del servicio especial . TITULO II DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS CAPITULO I DEL PROCEDIMIENTO Articulo 12º.- Etapas del procedimiento.- Las personas juridicas para que presten el servicio publico de transporte especial de pasajeros en vehiculos menores deberan cumplir los procedimientos senalados en el MORDAZA de la Municipalidad de Chorrillos, para obtener: 12.1.- Aprobacion de estudio tecnico de propuestas de zonas y/o vias de trabajo con ubicacion de pasajeros. 12.2.- Permiso de operacion, es otorgado mediante la resolucion de circulacion. 12.3.- Certificado de operacion vehicular. 12.4.- Credencial del conductor. Articulo 13º.- Plazo.- La Municipalidad de Chorrillos a traves de la Direccion de Obras y Desarrollo MORDAZA, se pronunciara respecto a cada uno de los procedimientos indicados en el articulo anterior, en un plazo no mayor de 20 dias utiles. De ser denegado el pedido debera notificarse a la solicitante mediante Resolucion Directoral conforme al articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Articulo 14º.- Recursos Impugnativos.- Los Recursos Impugnativos contra las Resoluciones que se expidan seran interpuestos dentro del plazo, requisitos y tramitacion dispuestos en el MORDAZA asi como en la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos y son: 14.1.- Reconsideracion.- Que sera resuelto por el mismo organo que dicto la resolucion, quien es primera instancia. 14.2.- Apelacion.- Que sera resuelto por el MORDAZA Distrital en MORDAZA instancia. Articulo 15º.- Vigencia.a) El permiso de operacion para la prestacion del servicio publico de transporte en vehiculos menores sera otorgado mediante Resolucion Directoral y tendra una vigencia de 3 anos. b) El Certificado de operacion vehicular tienen validez por un ano y puede ser renovado por el mismo periodo, independientemente de la fecha de expedicion caducara conjuntamente con el permiso de operacion, aunque no se hubiere cumplido el periodo de renovacion. c) La credencial del conductor tendra la vigencia de un ano, siendo renovada por el mismo periodo. Articulo 16º.- Renovacion.a) La Renovacion del permiso de operacion es automatica por periodos iguales a solicitud de la persona juridica siempre que no hallan observaciones por la Municipalidad de Chorrillos. b) La Renovacion del Certificado de Operacion Vehicular y de la credencial del conductor debera solicitarlo el transportador autorizado (persona juridica). Articulo 17º.- Cancelacion.17.1.- Permiso de Operacion y/o certificado de Operacion Vehicular seran cancelados cuando: a) El transportador autorizado abandone el servicio por tres dias calendario consecutivos. b) Cuando informe por escrito a la Direccion de Obras y Desarrollo MORDAZA del retiro del vehiculo menor autorizado. c) Cuando teniendo conocimiento MORDAZA inscrito y/o permitido prestar el servicio con vehiculo robado debidamente comprobado. d) Cuando se compruebe que sea utilizado documentacion falsa en el MORDAZA de inscripcion ante la Municipalidad.

a) Sera Cancelada cuando se suspenda o cancele la licencia de conducir o cuando se infrinja el contenido de la presente Ordenanza o reincidir en el incumplimiento de las obligaciones del articulo 7º letras d), f) y m) de la presente ordenanza. TITULO III DISPOSICIONES TECNICAS CAPITULO I DE LAS AUTORIZACIONES Articulo 18º.- Toda persona juridica dedicada al servicio de transporte publico de pasajeros y/o carga de vehiculos menores, requerira para el desarrollo de sus actividades el Permiso de Operacion otorgada mediante Resolucion de Circulacion, Certificado de Operacion Vehicular y Credenciales de Conductores que seran de caracter intransferible e institucional, contando con 15 unidades vehiculares como minimo. La sola MORDAZA de la solicitud no autoriza ejercer el servicio. Articulo 19º.- La Municipalidad puede retirar o revocar autorizaciones a quien contravenga o infrinja cualquier MORDAZA de la presente Ordenanza. Articulo 20º.- Lineamientos para otorgar el permiso de operacion. Para otorgar la autorizacion de uso de las zonas y/o vias de trabajo, la Direccion de Obras y Desarrollo MORDAZA, establecera criterios de igualdad de condiciones y de oportunidad. En el caso de existir varios postores solicitando el uso de una determinada MORDAZA y/o via de trabajo, se tendra en cuenta el siguiente orden prioritario. a) Antiguedad debidamente acreditada en la prestacion del servicio. b) Personas Juridicas en las que la mayoria de sus integrantes MORDAZA personas naturales que acrediten ser propietarios y/o poseedores conductores de los vehiculos menores. c) Que las personas juridicas en las que la totalidad de sus miembros MORDAZA residentes en el distrito de Chorrillos, verificado en su documento de identidad. d) Que las personas juridicas no se encuentren prestando servicio en otro distrito. e) Calidad de la flota vehicular y del servicio, garantizando seguridad de los pasajeros. Articulo 21º.- Requisitos para solicitar el permiso de Operacion y/o Renovacion. 21.1.- Solicitud dirigida al senor MORDAZA, bajo la forma de declaracion jurada indicando la razon social, Ruc, Domicilio y nombre del representante legal, derecho de tramite 2% UIT. 21.2.- MORDAZA literal de la ficha de Registro donde se encuentra inscrita la persona juridica y/o MORDAZA de inscripcion en los Registros Publicos. 21.3.- Padron de propietarios asociados y MORDAZA simple de libretas electorales o documento nacional de identidad. 21.4.- Padron de conductores con MORDAZA simple de Documento Nacional de Identidad y MORDAZA fedateada de las Licencias de Conducir vigentes. 21.5.- Padron de vehiculos senalando el numero de placa de rodaje de motor y MORDAZA fedateada de tarjeta de propiedad y/o contrato privado de transferencia de vehiculo. 21.6.- Documento que acredite que la sede institucional se encuentra ubicada dentro del distrito. 21.7.- Declaracion Jurada del representante legal de la persona juridica comprometiendose a que en caso de accidente, auxiliara en forma inmediata a los accidentados asumiendo los gastos de hospitalizacion, medicinas y de sepelio que requieran las victimas sin que ello signifique responsabilidad del accidente cometido. 21.8.- Croquis de la propuesta de vias de trabajo y ubicacion de paraderos. 21.9.- Poliza de seguro vigente que cubra accidentes personales de los pasajeros, conductores y terceros.

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