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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2004 (15/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 57

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G39/G38/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de enero de 2004 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G52/G65/G64/G75/G63/G65/G6E/G20/G74/G61/G73/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G70/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F /G64/G65/G20/G74/G72/GE1/G6D/G69/G74/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G6F/G62/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G72/G65/G64/G65/G6E/G2D /G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G64/G75/G63/G74/G6F/G72/G20/G79/G20/G63/G6F/G62/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G2D /G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 196 Lima, 29 de diciembre de 2003 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA:De conformidad con el artículo 37º de la Ley del Proce- dimiento Administrativo General Nº 27444, todas las enti-dades deben elaborar y aprobar su Texto Único de Proce- dimientos Administrativos; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima ha apro- bado su Texto Único de Procedimientos Administrativos, mediante Ordenanza Nº 360, toda vez que la citada Ley establece que los gobiernos locales aprueban sus respec-tivos Textos Únicos de Procedimientos Administrativos mediante Ordenanza Municipal; Que, asimismo la mencionada Ley Nº 27444, en su artí- culo 38º, inciso 38.5 dispone que en los casos en que se requiera introducir una modificación al Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos que no implique la creación denuevos procedimientos, incremento de derechos de tramite o requisitos, se podrá realizar por Decreto de Alcaldía; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 176, se estable- ce el uso de las credenciales de conductores y cobradores de la flota vehicular, para poder permitir la identificación de conductores y cobradores ante el público usuario; Que, es conveniente reducir la tasa para la expedición de la credencial del conductor/cobrador del servicio regu- lar y no regular del transporte público urbano de pasajeros,de acuerdo al siguiente detalle: Derecho de trámite por credencial de ANTES AHORA conductor/cobrador S/.15.00 S/.7.00 (Servicio regular, no regular). (0.484% (0 225% de UIT) de UIT)Que, asimismo el Decreto de Alcaldía Nº 176 dispone que las empresas autorizadas para prestar el servicio detransporte público urbano de pasajeros deberán presentar semestralmente el certificado médico de que el conductor y cobrador goza de buena salud física y que ha aprobado elperfil psicológico requerido para la actividad, expedido por el Programa Metropolitano de Centros Médicos Municipa- les, cuyo costo estará establecido en el Texto Único de Pro-cedimientos Administrativos, por lo que es necesario esta- blecer los costos de estos servicios médicos a fin de imple- mentar de inmediato las acciones dispuestas por el mencio-nado Decreto de Alcaldía, con el propósito de mejorar la eficiencia y seguridad de la prestación del Servicio de Trans- porte Público Urbano de pasajeros en Lima Metropolitana; Que, el Programa Metropolitano de Centros Médicos Mu- nicipales viene prestando servicios integrales de salud de carácter social con costos preferenciales, siendo necesarioque esta misma política se aplique para el caso indicado en el considerando anterior, cuyo costo total representa la suma de S/.15.00 por el perfil Psicológico y el examen medico, equi-valente al 0.484 % de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT;. De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 27972 y la Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral Nº 27444; DECRETA:Artículo Primero.- Redúzcase la tasa por única vez por concepto de derecho de trámite para la obtención de lacredencial del conductor y cobrador del servicio regular y no regular del transporte público urbano de pasajeros de acuerdo al detalle contenido en el Anexo adjunto, que for-ma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Establecer el costo del perfil psi- cológico y el examen médico que deberán pasar los con-ductores y cobradores de las empresas de transporte pú- blico urbano de pasajeros, de conformidad con lo señalado en el artículo 6º del Decreto de Alcaldía Nº 176, en la sumatotal de S/. 15.00 equivalente al 0.484% de la UIT, de acuer- do al detalle contenido en el Anexo adjunto, que forma par- te integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- El presente Decreto rige a partir del 1 de diciembre del presente año, con cargo a dar cuenta al Concejo. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía Nº DENOMINACIÓN DERECHO DEPENDENCIA AUTORIDAD RECURSOS IMPUGNATIVOS DEL REQUISITOS DE PAGO AUTO- Ev. Previa DONDE SE APRUEBA 1) Recurso de __ dirigido al __ plazo__días PROCEDIMIENTO % de MÁTI- I NICIA EL 2) Autori dad que resuelve __en plazo _días UIT CO POSITIVO NEGATIVO TRÁMITE 3) Acompañar los requisitos: _____ (...) DIRECCIÓN MUNICIPAL DE TRANSPORTE URBANO 3 AUTORIZACIÓN DE 3.1 CREDENCIAL DE CONDUCTOR/ Por creden- 0.225 X Oficina DIRECTOR CONDUCTOR/ COBRADOR (SERVICIO cial o foto- Periférica DE COBRADOR DEL REGULAR Y NO REGULAR). check de Trámite ESTUDIOS, SERVICIO REGULAR, Documen- AUTORIZA- NO REGULAR. 1 Encontrase el conductor y/o tario CIONES Y cobrador registrado en la REGISTRO modalidad correspondiente 2 Presentación de constancia de haber aprobado elcurso de educación víal(sólo servicio regular). 3 Evaluación Psicológica y exámen médico. 4 Una Fotogracia tamaño pasaporte a coloresfondo blanco. 5 Pagar derecho de trámite EXAMEN MEDICO Y PERFIL Por examen 0.484 PSICOLÓGICO (PROGRAMA Médico yMETROPOLITANO DE CEN- PerfilTROS MÉDICOS MUNICI- Psicológico PALES) Ley 27444 Ley Proc. Adm. Ordenanza Nº 104D.A. 176 - 11.11.03 (...) 00674