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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2004 (15/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 59

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G39/G38/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de enero de 2004 Que, al servicio de transporte mediante Decreto Su- premo Nº 004-2000-MTC, publicado el 22 de enero del 2000,modificado por el Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC, publicado el 2 de marzo del 2000, con el cual se aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Público especial depasajeros en vehículos motorizados o no motorizados , siendo la Municipalidad Distrital de la Jurisdicción de don- de se presta el servicio público de transporte especial depasajeros en vehículos menores, la encargada de autori- zar dicho servicio y aplicar las sanciones por infracción a dicho reglamento y a las Disposiciones Complementariasque se dicte ejerciendo su función reguladora del servicio especial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2000-MTC, pu- blicado el 11 de octubre 2000, se aprueba el Texto del Re- glamento Nacional de responsabilidad civil y seguros obli- gatorios por accidentes de tránsito; De conformidad con lo dispuesto en las Normas Lega- les antes glosadas, la Ordenanza Nº 241-MLM, D.S. Nº 058-2003-MTC y en uso de las Facultades Establecidasen el inciso 8, del Art. 9º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 27972, con dispensa del tramite y aprobación del Acta por unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MENORES DEL DISTRITO DE CHORRILLOS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETO, FINALIDAD Y ALCANCES Artículo 1º.- Objeto.- La presente Ordenanza tiene por objeto, reglamentar el servicio del transporte público espe-cial de pasajeros y carga en vehículos menores motoriza- dos y no motorizados en la jurisdicción del distrito de Cho- rrillos, garantizando condiciones óptimas para el servicio,la seguridad y calidad a favor de los usuarios, teniendo como objetivos la correspondiente educación y capacita- ción a los conductores, dar fluidez en la prestación del ser-vicio público del referido trasporte y evitando o disminu- yendo la contaminación del medio ambiente por el uso de vehículos menores. Artículo 2º.- Finalidad .- La presente Ordenanza tiene como finalidad coordinar el régimen de gestión común del servicio público de trasporte especial de pasajeros y car-ga en vehículos menores, con las municipalidades distrita- les contiguas para el otorgamiento de permisos de opera- ción. Artículo 3º.- Alcances .- La presente Ordenanza rige en todo el ámbito jurisdiccional del distrito de Chorrillos en consecuencia su cumplimiento, es obligatorio para todaslas autoridades, funcionarios y trabajadores de la munici- palidad distrital del Chorrillos, así como para las personas jurídicas, propietarios y/o poseedores y conductores quepresten el servicio público especial de transporte de pasa- jeros de carga en vehículos menores. Artículo 4º.- Órganos Competentes. - Para el cumpli- miento de la presente Ordenanza, son competentes: La Dirección de Obras y Desarrollo Urbano. La división de Seguridad Ciudadana, Policía Municipal y Defensa Civil. CAPÍTULO II DE LAS DEFINICIONES Artículo 5º.- Se entiende para efectos de la presente Ordenanza: 4.1.- Vehículos Menores: Son los vehículos Motoriza- dos o no Motorizados de tres ruedas con una capacidad no mayor de tres (3) pasajeros, clasificados en: a) Tricitaxi.- Vehículo no motorizado accionado por me- dio de pedales, previsto de espacios en la parte delantera con o sin asientos y de una montura en la parte posteriorpara uso del conductor. b) Mototaxis.- Vehículo motorizado que no exceda las 250 cc de cilindrada, provistos de asientos para usos depasajeros para uso del conductor acondicionado para tal fin. c) Motocar.- Vehículo motorizado que no excede los 250 cc de cilindrada, provisto de una cabina con asientos para uso de pasajeros en la parte posterior y de una montura enla parte delantera para uso del conductor, según diseño de fábrica. 4.2.- Persona Jurídica.- Es la Empresa, asociación u otra forma de Organización que se constituye de conformi- dad con las disposiciones legales vigentes, cuyo objeto esbrindar servicio público de Transporte de Pasajeros de Ve- hículos menores. 4.3.- Conductor de Vehículo Menor.- Persona Natural, con la respectiva Licencia de Conducir, debidamente auto- rizado por la Municipalidad de Chorrillos para conducir es- tos vehículos pudiendo ser: a. Propietario - Conductor.- Persona Natural incorpora- da a una persona jurídica, autorizada por la Municipalidad Distrital respectiva para prestar servicio de transporte pú- blico que conduce una unidad de su propiedad. b. Conductor.- Persona Natural incorporada a una per- sona jurídica, autorizada por la Municipalidad Distrital res- pectiva, para prestar el servicio de Transporte Público queconduce unidades autorizadas de propiedad de otra per- sona. 4.4.- Póliza de Seguro.- Requisito indispensable con el que deben contar todos y cada uno de los vehículos desti- nados a la prestación del servicio público de transporteespecial de pasajeros en vehículos menores. 4.5.- Zona de Trabajo.- Determinada área territorial au- torizada por la Municipal de Chorrillos a las personas jurí-dicas mediante permiso de operación para la prestación de Servicio de Transporte en Vehículos Menores. 4.6.- Paradero.- Zona de la vía pública técnicamente calificada autorizada por la Municipalidad de Chorrillos a la persona jurídica para prestar el servicio de transporte en vehículos menores en el cual los referidos vehículos sedetienen temporalmente a la espera de pasajeros. 4.7.- Pasajero.- Persona que solicita el servicio de trans- porte en vehículo menor según su necesidad de trasladocon el pago del precio convenido. 4.8.- Precio del Servicio.- El que se fija libremente en- tre el conductor del vehículo menor y el pasajero de acuer-do con la libre oferta y demanda. 4.9.- Permiso de Operación.- Es la autorización otor- gada mediante la resolución de circulación a una perso-na jurídica a prestar el servicio público de transporte es- pecial de pasajeros en vehículos menores en determi- nada zona y/o vías de trabajo dentro del ámbito de nues-tra jurisdicción incluye la determinación de paraderos en la zona. 4.10.-Transportador Autorizado.- Persona jurídica au- torizada por la Municipalidad para realizar el servicio públi- co de transporte especial de pasajeros en vehículos me- nores. 4.11.- Certificado de Operación.- Documento que de- termina la operatividad del vehículo para prestar el servi- cio de transporte otorgado al propietario por la Municipali-dad de Chorrillos, luego de cumplir con los requisitos se- ñalados en la presente ordenanza. 4.12.- Credencial del Conductor.- Documento que au- toriza al conductor a prestar el servicio de transporte en vehículo menor dentro de una persona jurídica debidamente autorizada, luego de cumplir con los requisitos señaladosen la presente Ordenanza. 4.13.- Licencia de Conducir.- Documento expedido por la autoridad competente que autoriza a conducir vehículosmenores a la persona natural. 4.14.- Flota.- Número de unidades autorizadas con la que cuenta la persona jurídica para el servicio de transpor-te público en vehículos menores. 4.15.- Revisión Técnica.- Revisión que realiza la Muni- cipalidad de Chorrillos, sobre las condiciones de presenta-ción interior y exterior que deben cumplir las unidades para la realización óptima del servicio. 4.16.- Vías de Trabajo.- Lugares debidamente determi- nados y autorizados por la Municipalidad, mediante Reso- lución de Circulación por donde deben circular los vehícu- los menores para realizar el servicio público de transporteespecial de pasajeros.