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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (03/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 3

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G32/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 3 de febrero de 2004 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G4F CONGRESO DE LA REPÚBLICA /G4C/G45/G59/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G31/G36/G38 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: /G4C/G45/G59/G20/G51/G55/G45/G20/G45/G58/G43/G4C/G55/G59/G45/G20/G41/G4C/G20/G49/G4E/G53/G54/G49/G54/G55/G54/G4F/G20/G44/G45 /G49/G4E/G56/G45/G53/G54/G49/G47/G41/G43/G49/G4F/G4E/G45/G53/G20/G44/G45/G20/G4C/G41/G20/G41/G4D/G41/G5A/G4F/G4E/GCD/G41/G20/G50/G45/G52/G55/G41/G4E/G41/G20/G2D /G49/G2E/G49/G2E/G41/G2E/G50/G2E/G20/G2D/G20/G44/G45/G4C/G20/G4D/G49/G4E/G49/G53/G54/G45/G52/G49/G4F/G20/G44/G45/G20/G4C/G41/G20/G50/G52/G4F/G44/G55/G43/G43/G49/GD3/G4E Artículo 1º.- Modificación del inciso c) del artículo 6º de la Ley Nº 27789 Modifícase el inciso c) del artículo 6º de la Ley Nº 27789, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Produc-ción, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “c) ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS - Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES). -Instituto del Mar del Perú (IMARPE). -Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita (CEP- PAITA). -Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP).” Artículo 2º.- Sustitución del artículo 23º de la Ley Nº 23374 Sustitúyese el artículo 23º de la Ley Nº 23374, Ley del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, elmismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 23º.- El Instituto de Investigaciones de la Ama- zonía Peruana - I.I.A.P. - tiene personería de Derecho Pú-blico Interno, autonomía económica y administrativa y cons-tituye un pliego presupuestal. Se relaciona con el Gobier-no Nacional a través del Ministerio de la Producción y serelaciona directamente con los Gobiernos Regionales desu ámbito. La actividad de los Gobiernos Regionales en elI.I.A.P. puede desarrollarse dentro de las modalidades es- tablecidas en el artículo 91º de la Ley Nº 27867, Ley Orgá-nica de los Gobiernos Regionales.” Artículo 3º.- Norma derogatoria Deróganse o modifícanse, según el caso, las normas que se opongan a la presente Ley. POR TANTO:Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión delPleno realizada el día diez de julio de dos mil tres, de confor-midad con lo dispuesto por el artículo 108° de la Constitu-ción Política del Estado, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los dos días del mes de febrero de dos mil cuatro. HENRY PEASE GARCÍA Presidente del Congreso de la República MARCIANO RENGIFO RUIZ Primer Vicepresidente del Congreso de la República 02268 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G46._/G69/G73/G2D/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN Nº 043-2003-2004-P/CR Lima, 2 de febrero de 2004 Vistos los Informes Nºs. 047-2003-GL-GG/CR y 003- 2004-GL-GG/CR de la Gerencia de Logística, con los quese remite para su aprobación el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones para el año 2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencial Nº 036-2003- 2004-P/CR, se aprobó el Presupuesto Institucional para elEjercicio Fiscal 2004; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debeser aprobado dentro de los 30 días naturales siguientes de laaprobación del presupuesto institucional; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2004 ha sido elaborado con la finalidad de garantizar elabastecimiento oportuno, eficiente y de calidad de los bienes,servicios y obras necesarios para que el Congreso de la Re-pública alcance su Misión, Visión, Objetivos y Metas progra-mados dentro de su Plan Operativo Institucional; Que, corresponde al Presidente del Congreso como Titular del Pliego aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata-ciones del Congreso de la República para el año 2004; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado; los artículos 5º y siguientes de su Reglamento; y laDirectiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE; y, Estando a lo aprobado por la Mesa Directiva; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones del Congreso de la República parael Ejercicio Fiscal 2004, que forma parte integrante de lapresente Resolución como Anexo único. Artículo Segundo.- La Gerencia General, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha deaprobación, deberá publicar la presente Resolución en elDiario Oficial El Peruano y remitir copia de la misma y delPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Congre-so de la República para el ejercicio fiscal 2004, al ConsejoSuperior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Peque-ña y Microempresa - PROMPYME, de conformidad con lodispuesto en el Artículo 7º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- Autorizar al Oficial Mayor para que mediante Resolución pueda aprobar las modificaciones alPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Congre-so de la República para el Ejercicio Fiscal 2004, que resul-ten necesarias, dando cuenta a la Mesa Directiva. Artículo Cuarto.- El Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones del Congreso de la República para el EjercicioFiscal 2004, estará a disposición de los interesados para surevisión y/o adquisición en la página web( www.congreso.gob.pe), y en el Departamento de Pagaduría, sito en el Jr. Huallaga Nº 380, Primer Piso, Cercado de Lima,respectivamente, siendo el costo de reproducción el apro-bado en el Texto Único de Procedimientos Administrativosdel Servicio Parlamentario del Congreso de la República. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.HENRY PEASE GARCÍA PresidenteCongreso de la República 02267 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F DECRETOS LEGISLATIVOS /G44/G45/G43/G52/G45/G54/G4F/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G4F /G4E/GBA/G20/G39/G35/G30 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República por Ley Nº 28079 ha dele- gado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en mate-ria tributaria referida tanto a tributos internos como adua-neros por un plazo de noventa (90) días hábiles, permitien-do entre otros, modificar la Ley del Impuesto General a lasVentas e Impuesto Selectivo al Consumo a fin de actuali-