Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2004 (03/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, martes 3 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 28168
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

se remite para su aprobacion el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Presidencial Nº 036-20032004-P/CR, se aprobo el Presupuesto Institucional para el Ejercicio Fiscal 2004; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debe ser aprobado dentro de los 30 dias naturales siguientes de la aprobacion del presupuesto institucional; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2004 ha sido elaborado con la finalidad de garantizar el abastecimiento oportuno, eficiente y de calidad de los bienes, servicios y obras necesarios para que el Congreso de la Republica alcance su Mision, Vision, Objetivos y Metas programados dentro de su Plan Operativo Institucional; Que, corresponde al Presidente del Congreso como Titular del Pliego aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Congreso de la Republica para el ano 2004; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; los articulos 5º y siguientes de su Reglamento; y la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE; y, Estando a lo aprobado por la Mesa Directiva; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Congreso de la Republica para el Ejercicio Fiscal 2004, que forma parte integrante de la presente Resolucion como Anexo unico. Articulo Segundo.- La Gerencia General, en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion, debera publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y remitir MORDAZA de la misma y del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Congreso de la Republica para el ejercicio fiscal 2004, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Autorizar al Oficial Mayor para que mediante Resolucion pueda aprobar las modificaciones al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Congreso de la Republica para el Ejercicio Fiscal 2004, que resulten necesarias, dando cuenta a la Mesa Directiva. Articulo Cuarto.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Congreso de la Republica para el Ejercicio Fiscal 2004, estara a disposicion de los interesados para su revision y/o adquisicion en la pagina web (www.congreso.gob.pe), y en el Departamento de Pagaduria, sito en el Jr. Huallaga Nº 380, Primer Piso, Cercado de MORDAZA, respectivamente, siendo el costo de reproduccion el aprobado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Servicio Parlamentario del Congreso de la Republica. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente Congreso de la Republica 02267

LEY QUE EXCLUYE AL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE LA AMAZONIA PERUANA I.I.A.P. - DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION
Articulo 1º.- Modificacion del inciso c) del articulo 6º de la Ley Nº 27789 Modificase el inciso c) del articulo 6º de la Ley Nº 27789, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "c) ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS - Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES). - Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE). - Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita (CEPPAITA). - Instituto Tecnologico Pesquero del Peru (ITP)." Articulo 2º.- Sustitucion del articulo 23º de la Ley Nº 23374 Sustituyese el articulo 23º de la Ley Nº 23374, Ley del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 23º.- El Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana - I.I.A.P. - tiene personeria de Derecho Publico Interno, autonomia economica y administrativa y constituye un pliego presupuestal. Se relaciona con el Gobierno Nacional a traves del Ministerio de la Produccion y se relaciona directamente con los Gobiernos Regionales de su ambito. La actividad de los Gobiernos Regionales en el I.I.A.P. puede desarrollarse dentro de las modalidades establecidas en el articulo 91º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales." Articulo 3º.- MORDAZA derogatoria Deroganse o modificanse, segun el caso, las normas que se opongan a la presente Ley. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la Republica, insistiendo en el texto aprobado en sesion del Pleno realizada el dia diez de MORDAZA de dos mil tres, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 108° de la Constitucion Politica del Estado, ordeno que se publique y cumpla. En MORDAZA, a los dos dias del mes de febrero de dos mil cuatro. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 02268

PODER EJECUTIVO DECRETOS LEGISLATIVOS
DECRETO LEGISLATIVO Nº 950
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica por Ley Nº 28079 ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia tributaria referida tanto a tributos internos como aduaneros por un plazo de noventa (90) dias habiles, permitiendo entre otros, modificar la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo a fin de actuali-

Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio .iscal 2004
RESOLUCION Nº 043-2003-2004-P/CR
MORDAZA, 2 de febrero de 2004 Vistos los Informes Nºs. 047-2003-GL-GG/CR y 0032004-GL-GG/CR de la Gerencia de Logistica, con los que

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