Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (05/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 71

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G31/G34/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 5 de febrero de 2004 yas coordenadas UTM figuran en el Expediente Nº 33129603; Que, la petición está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844,Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 67º de su Re- glamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presenta-ción; Que, la peticionaria presenta Declaración Jurada de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Culturalde la Nación, por tener su central térmica una potencia ins- talada menor a 10 MW, límite establecido por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, siendo una central térmica existente y en opera- ción, la solicitud no fue acompañada por la garantía en aplicación del artículo 66º del Reglamento de la Ley deConcesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumpli-do con los requisitos establecidos en la Ley de Concesio- nes Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 323-2003-DGE- CEL; Estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo indefi- nido a Tecnológica de Alimentos S.A., que se identifica-rá con Código Nº 33129603, para desarrollar la activi- dad de generación de energía eléctrica para su propio consumo, en las instalaciones de la central térmica Tasa-Callao, con una potencia instalada de 2 180 kW, ubicada en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- La titular está obligada a operar cum- pliendo las normas técnicas y de seguridad, preservan- do el medio ambiente y salvaguardando el PatrimonioCultural de la Nación; así como a remitir la información estadística y los requisitos establecidos en la Ley de Con- cesiones Eléctricas, su Reglamento y otras normas le-gales pertinentes. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigen- cia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 23178 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G54/G65/G63/G6E/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73 /G53/G2E/G41/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65 /G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61 /G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G69/G73/G63/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 677-2003-MEM/DM Lima, 30 de diciembre de 2003VISTA: La solicitud sobre otorgamiento de autoriza- ción para generación de energía eléctrica, presentadapor Tecnológica de Alimentos S.A., persona jurídica ins- crita en la Partida Nº 00722618, Asiento 2 B del Regis- tro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Limay Callao; CONSIDERANDO: Que, Tecnológica de Alimentos S.A. ha solicitado auto- rización para desarrollar la actividad de generación de ener-gía eléctrica en la central térmica Tasa-Pisco existente, con una potencia instalada de 3 849 kW, para su propio consu- mo, ubicada en el distrito de Paracas, provincia de Piscodel departamento de Ica, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente Nº 33129703; Que, la petición está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844,Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 67º de su Re- glamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM,habiendo cumplido con los requisitos legales de presenta- ción; Que, la peticionaria presenta Declaración Jurada de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, por tener su central térmica una potencia ins- talada menor a 10 MW, límite establecido por el artículo38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, siendo una central térmica existente y en opera- ción, la solicitud no fue acompañada por la garantía enaplicación del artículo 66º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumpli- do con los requisitos establecidos en la Ley de Concesio- nes Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 347-2003-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo indefi- nido a Tecnológica de Alimentos S.A., que se identifica- rá con código Nº 33129703, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica para su propio con-sumo, en las instalaciones de la central térmica Tasa- Pisco, con una potencia instalada de 3 849 kW, ubicada en el distrito de Paracas, provincia de Pisco del depar-tamento de Ica. Artículo 2º.- La titular está obligada a operar cumplien- do las normas técnicas y de seguridad, preservando elmedio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación; así como a remitir la información estadística y los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléc-tricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigen- cia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 00806 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 023-2004-MEM/DM Mediante Oficio Nº 081-2004-MEM/SG el Ministerio de Energía y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 023-2004-MEM/DM, publicada en la edición del 30 de enero de 2004. DICE: ... Artículo Primero.- Designar a los señores Ricardo Gie- secke Sara-Lafosse y José Eslava Arnao como represen- tantes titulares, y al Ing. Rubén Aquino Aquino como re- presentante alterno, ... ... DEBE DECIR: ... Artículo Primero.- Designar a los señores Ricardo Gie- secke Sara-Lafosse y José Eslava Arnao como represen-tantes titulares, y al Ing. Rubén Aquino Albino como repre- sentante alterno, ... ... 02352