Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2004 (05/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 5 de febrero de 2004

cucion de sus labores, el Instituto Antartico Peruano (INANPE) podra contar con el destaque de expertos de las distintas dependencias nacionales involucradas en la tematica, incluyendo funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y Oficiales de las Fuerzas Armadas, manteniendo el regimen laboral al que estan sujetos; Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 27594 "Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos", establece que la designacion de Miembros de Comisiones Multisectoriales se efectuara mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; y, Estando a lo recomendado por el Director General de Politica y Estrategia del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al My Ing EP HAYAKAWA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como integrante de la Direccion de Operaciones del Instituto Antartico Peruano (INANPE), por un periodo de un (1) ano, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2004. Articulo 2º.- Hagase de conocimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores la presente Resolucion, asi como del Ejercito del Peru, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 02346

de Intereses Acuaticos y a lo recomendado por el Director de Control de Intereses Acuaticos; SE RESUELVE: 1.- Modificar el Anexo "A" "Plan Curricular para Curso de Formacion para Marinero de Pesca Artesanal y Marinero de Pesca Calificado", que forma parte integrante de la Resolucion Directoral Nº 0647-2003/DCG de fecha 15 octubre 2003, en el sentido de eliminar las referencias relativas al lapso de tiempo que deberan durar los Cursos de Formacion de Marinero de Pesca Artesanal y Formacion de Marinero de Pesca Calificado. 2.- Establecer que los cursos a que se hace referencia en el articulo precedente, deberan ser dictados por los Centros de Instruccion Acuatica, en un tiempo no mayor de OCHO (8) horas diarias, cumpliendo las horas academicas establecidas en el Plan Curricular para Curso de Formacion para Marinero de Pesca Artesanal y Marinero de Pesca Calificado, contenido en el Anexo "A" de la Resolucion Directoral MORDAZA mencionada. 3.- Establecer en 40 minutos la hora academica para el dictado de los cursos establecidos en el Plan Curricular de los Cursos de Formacion senalados en el articulo precedente. Registrese y comuniquese como Documento Oficial Publico (D.O.P.). MORDAZA SIERRALTA FAIT Director General de Capitanias y Guardacostas 02382

Modifican "Plan Curricular para Curso de .ormacion para Marinero de Pesca Artesanal y Marinero de Pesca Calificado", de la R.D. Nº 0647-2003/DCG
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0764-2003/DCG 31 de diciembre de 2003 Vista la Resolucion Directoral Nº 0647-2003/DCG de fecha 15 octubre 2003, la misma que aprueba la Curricula Unica, para la Formacion de Marinero de Pesca Artesanal y Marineros de Pesca Calificado; CONSIDERANDO: Que, el articulo A-010501 numeral (16), del Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-DE/MGP de fecha 25 MORDAZA 2001, establece como funcion de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas coordinar y controlar la formacion profesional, capacitacion, entrenamiento y examenes del personal de la MORDAZA Mercante, Pesca y Nautica Recreativa u otras actividades acuaticas, asi como el registro y expedicion de los Titulos y documentacion correspondiente; Que, se ha revisado y evaluado la Resolucion Directoral Nº 0647-2003/DCG de fecha 15 octubre 2003, la cual aprueba la Curricula Unica, para la Formacion de Marineros de Pesca Artesanal y Marineros de Pesca Calificado, con la finalidad de simplificar, precisar y mejorar el contenido de la misma; Que, de la revision y evaluacion efectuada a la mencionada Resolucion Directoral, se ha llegado a determinar que resulta conveniente eliminar las referencias relativas al lapso de tiempo que deberan durar los Cursos de Formacion de Marinero de Pesca Artesanal (1 mes) y Formacion de Marinero de Pesca Calificado (2 meses ½), senalados en el Anexo "A" "Plan Curricular para Curso de Formacion para Marinero de Pesca Artesanal y Marinero de Pesca Calificado" que forma parte integrante de la Resolucion acotada en el considerando anterior, bastando precisar que estos pueden ser dictados por los Centros de Instruccion Acuatica, en un tiempo no mayor de OCHO (8) horas diarias, cumpliendo las horas academicas establecidas en la Resolucion Directoral MORDAZA referida; De conformidad con lo propuesto por el Jefe del Departamento de Personal Acuatico de la Direccion de Control

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican el D.S. Nº 130-99-E. que aprobo operacion de endeudamiento externo con la CA. destinada a finan, ciar parcialmente el Proyecto Central Hidroelectrica San Gaban II
DECRETO SUPREMO Nº 023-2004-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 130-99-EF, se aprobo la operacion de Endeudamiento Externo entre la Republica del Peru y la Corporacion MORDAZA de Fomento -CAF-, hasta por un monto equivalente a US$ 25 000 000,00 (VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el Proyecto Central Hidroelectrica San Gaban II, a cargo del Ministerio de Energia y Minas, a traves de la Empresa de Generacion Electrica San Gaban S.A.; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 212-99-EF/75, se aprobo el Convenio de Traspaso de Recursos suscrito entre el Ministerio de Economia y Finanzas, el Ministerio de Energia y Minas y la Empresa de Generacion Electrica San Gaban S.A., mediante el cual se le trasladaron a esta MORDAZA los recursos del prestamo con la CAF descrito anteriormente; Que, segun lo establecido en el mencionado Decreto Supremo el servicio de la deuda en la etapa preoperativa seria atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos que en funcion de las prioridades intersectoriales y metas del Sector, le correspondan en cada Ejercicio Presupuestal para el servicio de la Deuda Publica; Que, asimismo, durante la etapa operativa del citado proyecto, la Empresa de Generacion Electrica San Gaban S.A. proporcionaria oportunamente al Ministerio de Economia y Finanzas los recursos necesarios para atender el servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento con la CAF MORDAZA indicada; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 498-2003-EF/ 75, el Ministerio de Economia y Finanzas aprobo el Adden-

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