TEXTO PAGINA: 40
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G30/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 12 de febrero de 2004 Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Admi- nistración y a la Comisión Permanente de Contratacionesy Adquisiciones e instancias administrativas competentesel cumplimiento de la presente Resolución y a los disposi- tivos legales mencionados. Artículo Tercero.- Póngase en conocimiento de la pre- sente Resolución, a las dependencias correspondientesPRORRIDRE PRASTER y de las instancias respectivasdel Gobierno Regional de Puno. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN LUIS ORTIZ VALENCIA Director Ejecutivo 02838 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G50/G72/G6F/G68/GED/G62/G65/G6E/G20/G63/G69/G72/G63/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G70/G65/G73/G61/G2D /G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G61/G76/G65/G6E/G69/G64/G61/G20/G4D/G6F/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G44/G75/GE1/G72/G65/G7A/G2C/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G74/G72/G61/G6D/G6F/G20/G63/G6F/G6D/G70/G72/G65/G6E/G64/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G6A/G69/G72/GF3/G6E/G43/GE1/G72/G63/G61/G6D/G6F/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G61/G76/G65/G6E/G69/G64/G61/G20/G4E/G69/G63/G6F/G6C/GE1/G73/G20/G44/G75/G65/GF1/G61/G73 DIRECCIÓN MUNICIPAL DE TRANSPORTE URBANO RESOLUCIÓN DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 021-04-MML/DMTU Lima, 6 de febrero del 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece entre las competencias y funciones especiales dela Municipalidad Metropolitana de Lima, la planificación y ges-tión del transporte público y del tránsito de peatones y vehí-culos, misma que ejerce con jurisdicción exclusiva sobre la provincia de Lima; como claramente se desprende de sus artículos 152º y 161º inciso 7, numerales 7.1 y 7.2; Que, el Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC - Regla- mento Nacional de Tránsito, Artículo 5º, señala que escompetencia de las Municipalidades Provinciales en surespectiva jurisdicción, administrar el tránsito de acuer- do al referido Reglamento y otras Normas Nacionales complementarias; Que, conforme a la Ordenanza Nº 132-MML - Orde- nanza Marco en su artículo 2º indica que son objetivospermanentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima,la preservación de la salud pública en el tránsito, dar fluidez al tránsito vehicular, así como prevenir riesgos a la salud y al ambiente generados por la circulación oel funcionamiento de vehículos automotores; teniendocompetencia para definir, orientar y suspender la eje-cución de políticas en materia de tránsito; Que, conforme a la Ordenanza Nº 132-MML - Orde- nanza Marco para el Tránsito en la provincia de Lima, la Municipalidad Metropolitana de Lima, artículos 5º y10º, es la única autoridad encargada de regular y admi-nistrar la circulación y de imponer restricciones, dentrode la provincia de Lima; Que, el Edicto Nº 021-MML y sus modificatorias que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, dispone quela Dirección Municipal de Transporte Urbano, es el ór-gano responsable de administrar, programar, dirigir, eje-cutar, coordinar y controlar el cumplimiento de las acti-vidades concernientes a la regulación del transporte colectivo, la circulación y el tránsito; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipa- lidades, prescribe que las Fuerzas Policiales están obli-gadas a prestar el apoyo que requieran los Municipios,para el fiel cumplimiento de las Resoluciones de sucompetencia, así como reconocer y respetar la preemi- nencia de la Autoridad Municipal en asuntos de su com- petencia;En atención al Memorándum Nº 0120-2004-MML- DMM-DMFC del 16.1.04, remitido por la Dirección Mu-nicipal de Fiscalización y Control, solicitando la prohi-bición del tránsito de vehículos pesados en la cuadra 9 de la Av. Morales Duárez, en razón de haber compro- bado que la pista y la pared que se encuentra al bordede la misma presentan grave riesgo para la salud y se-guridad de las personas; De las verificaciones IN SITU, se plantea que es ne- cesario tomar acciones que ayuden a mitigar las vibra- ciones producidas por el tránsito vehicular que circula por la cuadra 9 de la Av. Morales Duárez, a fin de preve-nir posible derrumbe del sector de la vía; De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; RESUELVE: Artículo Primero.- PROHIBIR LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS PESADOS EN AMBOS SENTIDOS, EN LAAV. MORALES DUÁREZ, EN EL TRAMO COMPRENDIDOENTRE EL JR. CÁRCAMO Y LA AV. NICOLÁS DUEÑAS. Artículo Segundo.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección General de Tránsito el cumplimiento de la presente resolución y a laDirección de Supervisión, Control y Sanciones la supervi- sión general del cumplimiento de la restricción estableci- da. Artículo Cuarto.- Deróguese cualquier disposición que se oponga a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAVIER BARAYBAR G. DE LA FUENTE Director Municipal 02911 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G41/G54/G45/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL PROYECTO ESPECIAL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 004-2004-AATE/PE Santiago de Surco, 28 de enero de 2004 VISTO:El Memorándum Nº 014.2-2004-AATE/GAF de fecha 27 de enero de 2004, remitido por la Gerencia de Administra- ción y Finanzas a la Gerencia General, solicitando la apro-bación del Plan Anual de Adquisiciones y Contratacionesde la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial SistemaEléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATEpara el Ejercicio Presupuestal 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concorda- do con el artículo 7º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y la Resolución Nº380-2003-CONSUCODE/PRE, de fecha 29.12.2003 queaprueba la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, queregula el procedimiento de elaboración e información quedebe contener el Plan Anual; establecen que cada Entidad debe elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones consolidando la información de las Licitaciones Pú-blicas, Concursos Públicos y Adquisiciones Directas quese realizarán en el año fiscal correspondiente; Que, la Ley Nº 27209 "Ley de Gestión Presupuestaria del Estado" norma y regula el proceso presupuestario, los criterios técnicos y los mecanismos operativos que permi- tan optimizar la gestión administrativa y financiera; Que, la Ley Nº 28128 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004" establece los montos y