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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (12/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 45

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G30/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 12 de febrero de 2004 VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo del día 10 de enero del 2004, el tema de Agenda referida a la re-muneración del señor Alcalde y dietas de los señoresregidores; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 005-2003/MDS- MM del 7 de enero del 2003, se aprobó la remuneración ydietas de los señores regidores de esta Comuna para el ejercicio del 2003; Que, dicho acuerdo se adoptó al amparo de la Ley Nº 23853, dispositivo legal que ha sido derogado por la nuevaLey Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, publica-da el 27 de mayo del 2003; Que, el nuevo texto legal dispone en su artículo 12º que los regidores desempeñan su cargo a tiempo par- cial y tienen derecho a dietas fijadas por acuerdo delconcejo municipal dentro del primer trimestre del pri-mer año de gestión y cuyo monto es fijado discrecio-nalmente de acuerdo a real y tangible capacidad eco-nómica del gobierno local, previas las constataciones presupuestales del caso; estableciéndose que no pue- den otorgarse más de cuatro dietas mensuales a cadaregidor; Que, asimismo, el artículo 21º del citado texto legal, establece que el Alcalde Distrital desempeña su cargoa tiempo completo y es rentado mediante una remune- ración mensual fijada por acuerdo del concejo munici- pal; Que, es necesario determinar lo concerniente a la re- muneración del Alcalde y las Dietas de los Regidores conarreglo a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972; y, El Concejo Distrital por UNANIMIDAD, aprobó el siguien- te acuerdo; SE ACORDÓ:Artículo Primero.- MANTENER la remuneración del señor Alcalde del distrito de Santa María del Mar, en 2 U.I.T. mensuales. Artículo Segundo.- MANTENER en 0.165 U.I.T. vigen- te, el monto de la Dieta que percibirá cada Regidor delConcejo Distrital de Santa María del Mar, por asistenciaefectiva a cada Sesión de Concejo. Artículo Tercero.- DÉJESE SIN EFECTO el Acuerdo de Concejo Nº 005-2003/MDSMM del 7 de enero del 2003,publicado el 5 de febrero del 2003, en el Diario Oficial ElPeruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ÁNGEL RAÚL ABUGATTÁS NAZAL Alcalde 02800 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G2D /G64/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G64/G6F RESOLUCIÓN Nº 081-2004-RASS Santiago de Surco, 9 de febrero de 2004 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOVISTO: El Informe Nº 001-2004-CPPAD-MSS, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci- plinarios; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 1269-2003-RASS, de fe- cha 22 de diciembre del 2003, se instauró proceso adminis- trativo disciplinario al ex servidor contratado Vicente MejíaCoz, por la falta administrativa contemplada en los incisosf), h) del artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Ad-ministrativa;Que, mediante Resolución Nº 215-2003-RASS, se prorroga por un año la vigencia de la Comisión Perma-nente de Procesos Administrativos Disciplinarios con-formada mediante Resolución Nº 190-2002-RASS, de fecha 1 de marzo del 2002; modificada por las Resoluciones Nºs. 1006-2003-RASS y 073-2004-RASS,la misma que se encuentra vigente a la fecha; Que, el ex servidor Vicente Mejía Coz, de manera indebida se incrementó en un 15.6% adicional el concep-to de Bonificación de Estímulo por Productividad abona- do a través del CAFAE, (27% de S/. 1,850.00 que viene a ser S/. 499.50), percibiendo un monto equivalente al42.6% de su remuneración, que ascendió a la suma deS/. 787.69 (S/. 288.19 más); Que, el señor Vicente Mejía Coz, para cometer di- chos actos irregulares se valió de su condición de ser- vidor adscrito a la Unidad de Personal, encargado de elaborar la planilla de pagos y por consiguiente elabo-rar la nómina del personal con derecho a percibir elestímulo económico por productividad (27%) teniendocomo base la remuneración mensual que perciben lostrabajadores de la Municipalidad de Santiago de Surco, hechos cometidos en el período comprendido en los meses de enero a setiembre del año 2003, habiendopercibido en dicho lapso indebidamente un total de S/.2,593.71 nuevos soles; Que, con fecha 6 de enero del 2004, el procesado presenta su descargo, negando la responsabilidad ad- ministrativa que dio mérito a la apertura del proceso administrativo disciplinario, manifestando que es falsoque él hiciera uso indebido del cargo que venía ostentan-do para que de manera unilateral y sin autorizaciónpercibiera por concepto de Estímulo Económico quevenía concediendo a los trabajadores el CAFAE-MSS, toda vez que al haberse reducido sus ingresos men- suales en comparación con el año 2002, solicitó ver-balmente al ex Jefe de la Unidad de Personal en enerodel 2003 para que de manera excepcional se le restitu-ya el ingreso mensual de S/. 2,500.00 que anteriormentepercibía, coincidiendo este pedido con la recargada la- bor que desarrollaba y la responsabilidad que conlleva las funciones que le encomendaban; Que, asimismo en el descargo el ex servidor Vicen- te Mejía Coz, afirma que contaba con la autorizaciónverbal y compromiso del Jefe de Personal, que comoSecretario del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de los Trabajadores - CAFAE, adecue las actas con el monto aprobado verbalmente; Que, el procesado no ha presentado prueba alguna para desvirtuar los cargos materia del proceso, confor-me lo dispone el artículo 169º del Reglamento de la Leyde Carrera Administrativa aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, en consecuencia el procesado ha incurrido en las causales señaladas en el primer considerando sien-do pertinente la aplicación de la sanción disciplinariaprecisada en el inciso d) del artículo 34º del DecretoLegislativo Nº 276º, Ley de Bases de la Carrera Adminis- trativa y de Remuneraciones del Sector Público; En uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer la sanción de destitución a don VICENTE MEJÍA COZ, ex servidor contratado, por lasrazones expuestas en la parte considerativa de la presen-te Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Admi- nistración a través de la Subgerencia de Personal el cum-plimiento de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General remitir copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 02816