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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (12/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 41

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G30/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 12 de febrero de 2004 límites a tener en cuenta para las Adquisiciones y Contra- taciones de Obras, Bienes y Servicios y Consultorías; Que, la Gerencia de Administración y Finanzas, como área responsable de planificar los procesos de selección ha procesado y consolidado los requerimientos de las áreas usuarias de la AATE para la elaboración del Plan Anual, enarmonía con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 058-2003-AATE/PE de fecha 30.12.2003, que aprueba el Pre-supuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresoscorrespondiente al año fiscal 2004; Con la visación de la Gerencia General, Gerencia de Administración y Finanzas, Oficina de Asesoría Legal y laOficina de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con el artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones de la AATE, aprobado por Re-solución Ministerial Nº 024-1-88-MIPRE del 10.3.1988 y el artículo 5º del Manual de Organización y Funciones de la AATE, aprobado mediante Resolución de Presidencia Eje-cutiva Nº 012-2000-AATE/PE de fecha 22.2.2000; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones de la Autoridad Autóno-ma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transpor-te Masivo de Lima y Callao - AATE para el año fiscal2004, el mismo que adjunto forma parte de la presenteResolución. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento del Con- sejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado - CONSUCODE y de la Comisión de Promociónde la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, la pre-sente Resolución dentro de los días hábiles estableci-dos en la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE. Artículo Tercero.- DISPONER que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado por el Artí-culo Primero esté a disposiciones de los interesados,de conformidad a lo establecido en el numeral 4º delartículo 7º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo Cuarto.- La Gerencia de Administración y Finanzas dará cumplimiento a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBERTO SÁNCHEZ-AIZCORBE C. Presidente Ejecutivo 02930 MUNICIPALIDAD DE ATE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F /G63/G69/G76/G69/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003 Ate, 6 de febrero de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 002-2004-OREC-SG/MDA, del Área de Registros Civiles; así como el Proveído Nº 013- 04-GAJ/MDA, de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tie- nen el deber de proteger a la familia y promover el matri- monio como Institución natural y fundamental de la socie- dad, de conformidad con lo expuesto en el artículo 4º de laConstitución Política; Que, el Código Civil actual en su artículo 233º estable- ce que la regularización jurídica de la familia tiene por fina-lidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento en ar- monía con los principios y normas estipuladas en nuestra Constitución Política; Que, de conformidad al inciso 16), artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; es atribucióndel Alcalde celebrar Matrimonios Civiles de los vecinos deacuerdo a las Normas del Código Civil; Que, mediante Informe Nº 002-2004-OREC-SG/MDA, la Jefa (e) del Área de Registros Civiles señala que estan-do cercana la Celebración del próximo Matrimonio CivilComunitario en nuestro distrito, dentro de los actos con- memoratorios por el "DÍA INTERNACIONAL DE LA MU-JER", para favorecer a las parejas de convivientes o debajos recursos económicos que residan en el distrito de Ate, indicando los requisitos que deben de cumplir los con- trayentes, proponiendo el costo del acto, así como la pro-gramación para la celebración y finalmente la exoneraciónde los Edictos Matrimoniales; Que, mediante Proveído Nº 013-04-GAJ/MDA, el Ge- rente de Asuntos Jurídicos, señala que en el distrito de Ate, como en otros distritos, existen parejas de convivientes que por diversos motivos no han alcanzado a regularizar yformalizar su estado civil. Asimismo de la revisión de losrequisitos que exigirán a los contrayentes se colige que losmismos tienen sustento legal, tanto en las Normas pertinen-tes del Código Civil, como en la Ley Orgánica de la RE- NIEC. Por lo que el Gerente de Asuntos jurídicos opina que es PROCEDENTE; la celebración del Matrimonio CivilComunitario y la dispensa de la Publicación de Edicto Ma-trimonial expidiéndose el Decreto de Alcaldía correspon-diente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte con- siderativa y en uso de las facultades conferidas de acuer- do al inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Muni-cipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- AUTORIZAR, la realización del Matrimonio Civil Comunitario 2004, a realizarse el día 7 de marzo del2004, en la Plaza de Armas del distrito de Ate. Artículo 2º.- ESTABLECER, como único pago por de- recho de Matrimonio Civil la suma de S/. 50.00 (Cincuentay 00/100 Nuevos Soles) por cada pareja; debiendo ade- más adjuntar los siguientes requisitos: a) Partida de Nacimiento Original. b) DNI de los contrayentes, original y copia.c) Declaración Jurada de Soltería.d) Declaración Jurada de Domicilio. e) Certificado de Salud. Artículo 3º.- LAS INSCRIPCIONES, se realizarán a partir del 9 al 24 de febrero del 2004, en los Registros Civi-les de la Municipalidad de Ate, Sección Matrimonios. Artículo 4º.- ENCARGAR, el cumplimiento de la pre- sente Resolución, al Área de Registro Civil; la coordinación, divulgación general y otras acciones que sean necesarias. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ÓSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 02929 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G61/G73/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G61/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 193-MDEA El Agustino, 22 de diciembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO:El Concejo de la Municipalidad Distrital de El Agustino VISTO.- En sesión ordinaria del 22 de diciembre de 2003, la ordenanza referida a "Regularización de Habili- taciones Urbanas Ejecutadas en el distrito de El Agusti- no". CONSIDERANDO:Que los artículos 191º y 192º Inc. 5) de la Constitu- ción Política del Perú, establecen que las Municipalida- des son Órganos de Gobierno Local con autonomía