TEXTO PAGINA: 13
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G39/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 22 de febrero de 2004 Artículo Segundo.- Abrir la partida correspondiente a la Asociación "Centro de Investigación de la OpiniónPública" en el Registro Electoral de Encuestadoras, asig-nándole el Registro Nº 0077-REE/JNE como código deidentificación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGASOTO VALLENASVELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN - LANDA CÓRDOVA,Secretario General. 02273 S B S /G49/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G36/GBA/G2D/G41/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA /G32/G30/G30/G2D/G32/G30/G30/G33/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/GF3/G20/G65/G6C/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G6C/G61/G74/G61/G66/G6F/G72/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6C /G55/G73/G75/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G42/G53 RESOLUCIÓN SBS Nº 231-2004 Lima, 18 de febrero de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS Nº 200-2003 se dicta- ron las normas que regulan el funcionamiento de la Plataforma de Atención al Usuario de la Superintenden- cia de Banca y Seguros (PAU); Que, de acuerdo al artículo 4º de la precitada Resolu- ción, la PAU tiene, entre otras funciones la de recibirdenuncias, realizar las indagaciones preliminares y, deser el caso, iniciar de oficio el procedimiento sanciona- dor a las empresas supervisadas por la Superin- tendencia; Que, se ha constatado que existen usuarios que acu- den a la PAU a presentar sus denuncias no obstante que,paralelamente, han presentado ante otras instituciones,como son, la Defensoría del Cliente Financiero, la De- fensoría del Asegurado, la Comisión de Protección del Consumidor de INDECOPI, entre otros, quejas, denun-cias o reclamos basados en los mismos hechos que seencuentran pendientes de resolución; Que, la situación descrita en el considerando ante- rior, origina duplicidad de esfuerzos por parte de las entidades receptoras de las quejas, denuncias y recla- mos, de las empresas supervisadas y de los propiosusuarios, generando el riesgo, además, de obtener deci-siones contradictorias; Que, resulta conveniente disponer que los usuarios que presenten denuncias ante la PAU no tengan pen- diente ninguna queja, denuncia o reclamo, basados en los mismos hechos, ante otras instituciones, a efectosde evitar la duplicidad de esfuerzos y el peligro antesseñalados; Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjun- ta de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 7) del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten-dencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modifica-torias; RESUELVE: Artículo Primero.- Incorporar, como artículo 6º-A de la Resolución SBS Nº 200-2003, el siguiente texto: "Artículo 6º-A.- Reclamos presentados ante otras ins- tancias.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo ante-rior, en caso los usuarios hayan presentado un reclamo, queja o denuncia ante instituciones o entidades públi-cas o privadas, diferentes a las empresas supervisadas,a efectos de obtener la satisfacción de su derecho, de-berán acreditar que los correspondientes procedimien-tos han concluido o que han transcurrido los plazos es- tablecidos para tal efecto, antes de presentar su denun- cia ante la PAU. La PAU suspenderá la tramitación de una denuncia presentada ante ella, en caso tome conocimiento porcualquier medio que, respecto a los mismos hechos, exis-te una queja, denuncia o reclamo, interpuestos ante cual- quier institución o entidad pública o privada, que se en- cuentre pendiente de resolver, salvo que, de conformi-dad con el segundo párrafo del inciso c) del artículo 8ºde la presente Resolución, considere procedente el ini-cio o la continuación del procedimiento sancionador." Artículo Segundo.- Lo dispuesto en la presente Resolución se aplica a los procedimientos que seencuentren en trámite ante la PAU. Artículo Tercero.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 03621 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G41/G6E/G65/G78/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G31/G35/G2D/G41/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G61/G6E/G75/G61/G6C /G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G61/G62/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F RESOLUCIÓN SBS Nº 232-2004 Lima, 18 de febrero de 2004EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que la Ley General del Sistema Financiero y del Sis- tema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, señala en el artículo 178º que las empresas del sistema financiero deben cuidar que exis-ta una correspondencia adecuada entre los plazos desus operaciones activas y pasivas; Que, mediante la Resolución SBS Nº 472-2001 del 20 de junio de 2001, modificada por la Resolución SBS Nº 841-2002 del 29 de agosto de 2002, se aprobó el Anexo 15-A “Reporte de Tesorería y Posición Diaria deLiquidez” vigente; Que es necesario realizar modificaciones al Anexo 15-A con el propósito de incorporar información que per-mita analizar la concentración de los depósitos de gran- des acreedores; Estando a lo opinado por las Superintendencias Ad- juntas de Banca y de Asesoría Jurídica, así como por laGerencia de Estudios Económicos y la Gerencia de Ries-gos; y, En uso de las atribuciones conferidas por los nume- rales 7, 9 y 13 del artículo 349º de la Ley General; RESUELVE:Artículo Primero.- Modificar a partir del 1 de marzo de 2004, el Anexo Nº 15-A del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, conforme el formato que se anexa a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros