TEXTO PAGINA: 55
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G33/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 27 de febrero de 2004 FORMATOS - SUCAVE PLAZO APLICACIÓN MÁXIMO B F S C E C A E F E A E CODIGO PERIODI- DE M A R G D O S F T DE DENOMINACIÓN REFERENCIA CIDAD PRESEN- F D P G F P F FORMATO TACIÓN Y A (*) M P EI Información Diaria sobre Tasas de Interés en Moneda Nacional y Extranjera (10) Anexo 01 – Tasas de Interés Activas sobre Saldos Reporte 06-A 0206 Anexo 02 – T asas de Interés Pasivas sobre Saldos Reporte 06-B Manual de Contabilidad y Diaria En el día X X X X X Anexo 03 – Reporte Diario de Tasas para Productos Reporte 06-C Circ. SBS B-2118-2003 Financieros Derivados Anexo 04 – Tasas de Interés Activas de Operaciones Diarias Reporte 06-D Anexo 05 – Tasas de Interés Pasivas de Operaciones Diarias Reporte 06-E 0207 Tarjetas de Crédito Reporte 07 Manual de Contabilidad y Mensual 15 días X X Anexo 01 – T arjetas de Crédito Res. SBS 271-2000 0214 Créditos Según Días de Incumplimiento (11) Reporte 14 Manual de Contabilidad y Mensual 15 días X X X X X X Anexo 01 – Créditos Según Días de Incumplimiento Res. SBS 164-2004 Información sobre los Costos Asociados a Operaciones Activas (12) 31 de marzo, Anexo 01 - Tarjeta de crédito de Consumo Abierta Reporte 16-A 31 de julio, X X X X X Anexo 02 - Tarjeta de crédito de Consumo Cerrada Reporte 16-B y 30 de nov. Anexo 03 - Préstamo Vehicular Reporte 16-C Anexo 04 - Préstamo Personal en Moneda Nacional Reporte 16-D1 30 de abril,Anexo 05 - Préstamo Personal en Moneda Extr anjera Reporte 16-D2 31 de agosto, Anexo 06 - Préstamo en Moneda Nacional a Reporte 16-E1 y 31 diciembre Personas con Ingreso Familiar menor a S/. 800 X XXX X Anexo 07 - Préstamo en Moneda Extranjer a a Personas Reporte 16-E2 con Ingreso Familiar menor a S/. 800 Anexo 08 - Préstamo en Moneda Nacional a Microempresas Reporte 16-F1 con Ingresos Mensuales entre S/. 15 000 y S/. 30 000Anexo 09 - Préstamo en Moneda Extranjer a a Microempresas Repo rte 16-F2 con Ingresos Mensuales entre S/. 15 000 y S/. 30 000 Manual de Contabilidad y 31 de enero, En el día 0216 Anexo 10 - Préstamo a Microempresas en Moneda Nacional Reporte 16-G1 Circ. SBS B-2119-2003 31 de mayo, y X X X X X con Ingresos Mensuales entre S/. 2 000 y S/. 5 000 30 de setiembre Anexo 11 - Préstamo a Microempresas en Moneda Extranjera Reporte 16-G2 con Ingresos Mensuales entre S/. 2 000 y S/. 5 000Anexo 12 - Tarjeta de Crédito para Microempresas Reporte 16-HAnexo 13 - Línea de Libre Disponibilidad para Microempresas Reporte 16-I a 12 meses Anexo 14 - Préstamo Hipotecario en Moneda Nacional + VAC Reporte 16-J1 Anexo 15 - Préstamo Hipotecario en Moneda Extranjera Reporte 16-J2 28 de febrero, Anexo 16 - Préstamo Hipotecario MiVivienda en Reporte 16-K1 30 de junio, y X X X X X Moneda Nacional + VAC 31 de octubre Anexo 17 - Préstamo Hipotecario Mi Vivienda en Reporte 16-K2 Moneda ExtranjeraAnexo 18 - Préstamo Hipotecario Techo Propio en Reporte 16-L Moneda Extranjera Información de reclamos Recibidos de los Usuarios 0224 Anexo 01 - Infor mación de Reclamos Recibidos de los Usuarios Reporte 24 XXXXXXX XX X Anexo 02 - Información de Reclamos de los Usuarios R eporte 24-A Manual de Contabilidad y Trimestral 15 días del Sistema Privado de Pensiones Circ. SBS G-110-2003 X Anexo 03 - Detalle de Otras Operaciones- Servicios o Productos Reporte 24-B XXXXXXX XX XX y Otros Motivos de Reclamo 0601 Resumen de Transferencias de Fondos (13) Anexo 01 - Resumen de Transferencias de Fondos - Nacionales Anexo 1A Circular SBS N° ETF-003-99 Mensual 30 días X Anexo 02 - Resumen de Transferencias de Fondos - Internacionales Anexo 1B Información Estadística de Beneficios 0712 Anexo 01 - Infor mación de Pensiones por Modalidades Anexo 01 X Anexo 02 - Pensiones de Jubilación Ane xo 02 Circ. SBS N° AFP-018-2002 Mensual 10 días X Anexo 03 - Pensiones de Sobrevivencia Anexo 03 (**) X Anexo 04 - Pensiones de Invalidez Anexo 04 X Anexo 07 - Servicios de Sepelio Anexo 07 X Notas: (*) Días calendario, salvo se señale expresamente día hábil. Si la fecha prevista de presentación corresponde a un día no labora ble, la obligación corresponderá al siguiente día hábil. Adicionalmente a la transferencia electrónica, las empresas deberán continuar presentando, dentro de los plazos señalados, la información impresa o en otros medios electrónicos especificados en la norma de origen, si es que ésta no dispone lo contrario. (**) Días hábiles. (1) Formato que será generado e impreso por el software SUCAVE luego de haber recibido la conformidad del Balance de Comprobació n, por lo que no está sujeto a transferencia electrónica. Dicho formato será enviado a esta Superintendencia con las firmas correspondientes. (2) Los anexos 01, 02 y 03 del formato 0040 y el anexo 01 del formato 0041 no se generan con el Balance de Comprobación de Saldo s, sino dichos anexos son elaborados y remitidos a través del software SUCAVE por las empresas que operan simultáneamente en los ramos de vida y de ramos generales. (3) A partir de la información correspondiente al mes de enero de 2004, dicho formato es aplicable a Financieras, Cajas Municipa les, Cajas Rur ales, EDPYME y Empresas de Arrendamiento Financiero. (4) Aplicable a empresas autorizadas por esta Superintendencia a operar con instrumentos financieros derivados por cuenta propia . (5) A partir de la información correspondiente al mes de enero de 2004, se presentará de conformidad con la Resolución SBS N° 14 55-2003 (6) Deberá ser presentado hasta las 15:00 horas del día siguiente.(7) A partir de la información correspondiente al mes de enero de 2004, dicho formato es aplicable a las Empresas de Arrendamien to Financiero. (8) Este anexo deberá ser remitido hasta las 15:00 horas del día martes inmediato posterior al cierre de la semana, tomando como base la información correspondiente al cierre de la semana anterior. (9) Para la remisión diaria, las empresas harán un corte del movimiento a las 13:30 horas y la remitirán hasta las 14:00 horas d el mismo día. Las operaciones efectuadas después de la hora de corte deberán ser incluidas en la información a reportarse al día siguiente. Las Cajas Municipales, Cajas Rurales y EDPYME remitirán la infor mación correspondiente a todas las operaciones realizadas durante el mes hasta las 14:00 horas del último día del mes. (10) Los reportes 6-A, 6-B, 6-C, 6-D y 6-E deberán ser remitidos a más tardar hasta las 13:30 horas del día, tanto por medios impres os como a través del SUCAVE, enviándose copias de los mismos directamente al Banco Central de Reserva del Perú. Las Cajas Municipales, Cajas Rurales y EDPYME remitirán mensualmente los Reportes 6-A, 6- B, 6-D y 6-E en el plazo señalado para la información diaria. El reporte 6-C es aplicable para empresas autorizadas a operar con instrumentos financieros derivados por cuenta propia. (11) A partir de la infor mación correspondiente al mes de febrero de 2004 se remitirá dicha información adicionalmente al medio impreso, vía SUCAVE. (12) De berá ser presentado hasta las 18:00 horas del día al que corresponde la información. (13) A par tir de la información correspondiente al mes de enero de 2004 se remitirá dicha información vía SUCAVE. 04022