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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G37/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de julio de 2004 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Visto el Oficio Nº 508-2004-OASA (Expediente Nº 87738) recibido el 14 de junio de 2004, por cuyo intermedioel Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxi- liares solicita se incluya en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional del Callao parael Ejercicio Fiscal 2004, la Adjudicación Directa Selectivapara la “Adquisición de Carnés Universitarios 2004”, paralos estudiantes de la Universidad Nacional del Callao; asícomo se apruebe la exoneración del Proceso de Selección Adjudicación Directa Selectiva; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo que dispone el Art. 7º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones delas entidades del Estado se aprueba mediante Resolucióndel Titular del Pliego o la máxima autoridad que correspon-da; Que, por Resolución Nº 007-2004-R de fecha 9 de ene- ro de 2004 se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional del Callao parael Ejercicio Fiscal 2004; Que, de conformidad con lo que disponen los Arts. 7º y 8º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podrá ser modificado de conformidad con la asignación presupuestalo en el caso de reprogramaciones de metas propuestas;asimismo, concordante con el numeral 2) de las Disposi-ciones Específicas de la Directiva Nº 005-2003-CONSU-CODE-PRE, las licitaciones públicas, concursos públicos y adquisiciones directas no contenidas en el Plan Anual deben ser aprobadas por el Titular del Pliego o la máximaautoridad administrativa de la entidad, las mismas que de-berán informarse al CONSUCODE dentro de los diez (10)días hábiles siguientes a su aprobación; Que, en cumplimiento a lo señalado en el Art. 11° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 – Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la Oficina de Planifi-cación mediante Informe Nº 1192-2004-UPEP-OPLA yOficio Nº 230-2004-OPLA recibidos el 10 de junio de 2004,informa que es posible atender la "Adquisición de Carnés Universitarios 2004 para los estudiantes de la Universidad Nacional del Callao", hasta por la suma de S/. 96,000 (No-venta y seis mil nuevos soles), costo financiado con recur-sos directamente recaudados de la administración central; Que, asimismo, el numeral 2) de las Disposiciones Espe- cíficas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE-PRE, apro- bada por Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE dis- pone que el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacionesdeberá contener obligatoriamente las licitaciones y concur-sos públicos así como las adjudicaciones directas públicas yselectivas que se convocarán en el Año Fiscal, aun cuandose trate de la Segunda Convocatoria o una posterior; Que, mediante Informe Técnico Nº 006-OASA-2004 del 14 de junio del 2004, el Jefe de la Oficina de Abasteci-mientos y Servicios Auxiliares de la Universidad Nacionaldel Callao, expone la fundamentación económico legal quehace posible la adquisición de los Carnés Universitariosdirectamente de la Asamblea Nacional de Rectores, con- forme lo exige el Art. 20º del Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM; Que, el Art. 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con elArt. 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece las Exoneraciones a los pro-cesos de Selección de Licitación Pública, Concursos Pú-blicos o Adjudicación Directa, entre ellos las adquisicionesy contrataciones cuando los bienes o servicios no admitensustitutos, como es el presente caso, en el que se observa que la Asamblea Nacional de Rectores, es la única entidad estatal encargada de la emisión oficial de los Carnés Uni-versitarios, no siendo posible que a la fecha el servicio enmención lo preste otra institución sea pública o privada;Que, por su parte la normatividad legal vigente sobre adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios u obraspara el Estado establece que de producirse los supuestosseñalados en el Art. 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, dichas adquisiciones se efectúan mediante procesosde adjudicación de Menor Cuantía y la entidad hará las ad- quisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención, por cualquier medio de comu-nicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico, deuna cotización que cumpla con los requisitos establecidosen las bases, con autorización expresa del titular del pliegoo de la máxima autoridad administrativa; Estando a lo glosado; al Informe Nº 1192-2004-UPEP/ OPLA y Oficio Nº 230-2004-OPLA recibidos de la Oficinade Planificación el 10 de junio de 2004; al Informe Nº 591-2004-AL recibido de la Oficina de Asesoría Legal el 24 dejunio de 2004; a la documentación sustentatoria en autos;y, en uso de las atribuciones que le confieren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad concordante con el Art. 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE:1º.- INCLUIR, en el Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones de la Universidad Nacional del Callao para el Ejercicio Fiscal 2004, la Adjudicación Directa Selectiva parala "Adquisición de Carnés Universitarios 2004 para estu-diantes de la Universidad Nacional del Callao", por un va-lor referencial total de hasta S/. 96,000.00 (Noventa y seismil nuevos soles). 2º.- APROBAR, la Exoneración del Proceso de Selec- ción de Adjudicación Directa Selectiva para la “Adquisiciónde Carnés Universitarios 2004 para los estudiantes de laUniversidad Nacional del Callao” de acuerdo a Ley. 3º.- AUTORIZAR, al Comité Especial Permanente de Adjudicaciones de menor cuantía, la adquisición de Car- nés Universitarios 2004 para los estudiantes de la Univer- sidad Nacional del Callao, de conformidad con el procedi-miento establecido en los Arts. 105º y 116º del DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM, por un valor referencial totalde S/. 96,000.00 (Noventa y seis mil nuevos soles). 4º.- DISPONER, que a través de la Oficina General de Administración el egreso que origine la presente Resolu- ción se financie con recursos directamente recaudados dela administración central y con afectación a los saldos delCalendario de Compromisos del mes de junio de 2004 yEspecífica del Gasto 30: Bienes de Consumo. 5º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a los Vice- rrectores, CONSUCODE, PROMPYME, Facultades, Ofi- cina de Planificación, Órgano de Control Institucional, Ofi-cina de Asesoría Legal, Oficina General de Administración,Oficina de Archivo General y Registros Académicos, Ofici-na de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, Oficina deContabilidad y Presupuesto, Oficina de Tesorería, intere- sados, para conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y archívese.ALBERTO ARROYO VIALE Rector 12376 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6C /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G74/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G76/G69/G67/G69/G2D/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G2D/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 485-04-R Callao, 25 de junio de 2004 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Visto el Oficio Nº 537-2004-OASA (Expediente Nº 88032) recibido el 22 de junio de 2004, por el cual el