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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2004 (03/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G37/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de julio de 2004 Que, en tal sentido, se hace necesario constituir el equi- po EDAN "Evaluación de Daños y Análisis de Necesida-des", que evaluará con sentido real las necesidades de estetipo de emergencias o desastres; Con los vistos de la Gerencia General, Gerencias Cen- trales de Logística, Personal, Recursos Económicos, Ge- rencia de Planificación, Racionalización y Estadística, Se- guridad, Oficina de Asesoría Jurídica; y, Con las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del MinisterioPúblico; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la conformación del Equipo EDAN "Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades" delMinisterio Público, con los integrantes que se detallan: ARIASTIRADO Oscar Martín, ARCE MARTINO Manuel David, BA- RRIOS FLORES Guillermo Jesús, BRICEÑO ITURRI Félix Antonio, FLORES ANGULO Mariela Genara, GONZALESMEDEL Gerardo Héctor, GONZALEZ AQUINO Fredy Edison,LOAYZA SIERRA Eloy Robinson, TAFUR TORRES JoséSalvador y VILLACORTA ANGULO Marco Antonio. Artículo Segundo.- Disponer que todas las unidades Operativas, Fiscales y Administrativas de la Institución, brinden el apoyo necesario al Equipo conformado por lapresente Resolución, para el mejor cumplimiento de susfunciones. Artículo Tercero.- Remitir copia de la presente Reso- lución a la Gerencia General, Gerencias Centrales de Lo- gística, Personal, Recursos Económicos, Gerencia de Pla- nificación, Racionalización y Estadística, Seguridad, Ofici-na de Asesoría Jurídica, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAÍZ RAMOS Fiscal Suprema TitularPrimera Fiscalía Suprema en lo PenalEncargada de la Fiscalía de la Nación 12421 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G74/G6F/G74/G61/G6C/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G65/G63/G2D /G74/G6F/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G62/G6F/G67/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G41/G64/G6D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G34/G34/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G50/G2F/G54/G43 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 060-2004-P/TC Lima, 30 de junio de 2004 VISTO el Oficio Nº E-434-2004(GTN/MON) cursado por la Subgerente de Monitoreo del Consejo Superior de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado; CONSIDERANDO:Que por Resolución Administrativa Nº 044-2004-P/TC de 11 de mayo de 2004, se aprobó la exoneración del pro- ceso de Adjudicación Directa Selectiva para la contrata- ción por servicios personalísimos, entre otros de las abo-gadas Tania Patricia De Los Ríos Rivera y Clementina DelCarmen Rodríguez Fuentes; Que se hace necesario precisar el monto autorizado respecto a los servicios de las citadas abogadas; De conformidad con el numeral 6.5 de las Disposicio- nes Específicas de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCO-DE/PRE, aprobada por Resolución Nº 118-2001-CON-SUCODE/PRE; y, En uso de las facultades conferidas a la Presidencia por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y su Regla- mento Normativo; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Precisar que el monto total autorizado res- pecto a los servicios de las abogadas Tania Patricia DeLos Ríos Rivera y Clementina Del Carmen Rodríguez Fuen- tes, es de TREINTA Y DOS MIL Y 00/100 NUEVOS SO- LES (S/. 32,000.00), por cada una de ellas. Artículo 2º.- Poner la presente Resolución en conoci- miento de la Contraloría General y de la Subgerente deMonitoreo del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER ALVA ORLANDINI Presidente 12399 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G71/G75/G69/G70/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/GF3/G6D/G70/G75/G2D /G74/G6F/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G2D/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 061-2004-P/TC Lima, 1 de julio de 2004 VISTA la comunicación cursada por el Banco de Crédi- to del Perú, sobre la donación al Tribunal Constitucional, de15 equipos de cómputo usados; CONSIDERANDO: Que el Banco de Crédito del Perú ha efectuado la dona- ción a favor del Tribunal Constitucional bienes que se des-criben en el listado que se remite conjuntamente con lacitada comunicación; consistente en quince (15) equiposde cómputo valorizado cada uno en CIEN DÓLARES AME-RICANOS (US$ 100.00); Que el Artículo 172º del Decreto Supremo Nº 154-2001- EF, Reglamento General de Procedimientos Administrati-vos de los Bienes de Propiedad Estatal, prescribe que ladonación de bienes muebles que se efectúe a favor delEstado, será aceptada por Resolución del Titular de la en-tidad pública donataria; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgáni- ca del Tribunal Constitucional y su Reglamento Normativo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada por el Ban- co de Crédito del Perú a favor del Tribunal Constitucional,consistente en quince (15) equipos de cómputo, los mismosque se detallan en el Anexo 01 que forma parte integrante de la presente Resolución, por un valor total de MIL QUI- NIENTOS Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($ 1,500.00). Artículo 2º.- Agradecer al Banco de Crédito del Perú por la donación de los equipos a que se refiere la presenteresolución. Artículo 3º.- Poner la presente Resolución en conoci- miento de la Superintendencia de Bienes Nacionales y de las Oficinas de Abastecimiento, de Contabilidad y Tesore-ría y de Control Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER ALVA ORLANDINI Presidente 12400 UNIVERSIDADES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G72/G6E/GE9/G73/G20/G75/G6E/G69/G76/G65/G72/G2D /G73/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G2D/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 484-04-R Callao, 25 de junio de 2004.