Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2004 (03/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 3 de MORDAZA de 2004

Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vienrich, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 4 al 7 de MORDAZA de 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Tans Peru a traves de los Recibos de Acotacion Nº 13801 y 13802, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle : Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 880.00 US$ 28.24

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 12434

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgado de Paz Letrado en el distrito de Independencia, Distrito Judicial del MORDAZA Norte de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 129-2004-CE-PJ MORDAZA, 28 de junio del 2004 VISTOS: Los Oficios Nºs. 2544 y 2590-2004-P-CSJCN-PJ cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA y el Informe Nº 070-2004-SEP-GPGG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno un informe relacionado a la implementacion del Juzgado de Paz Letrado para la atencion de procesos por faltas en el distrito de Independencia - Plan Piloto, a que se refiere el Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional entre el Poder Judicial, Ministerio del Interior, Ministerio de Justicia y la Municipalidad de Independencia, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 079-2004-CE-PJ, su fecha 26 de MORDAZA del ano en curso, solicitando la creacion de un Juzgado de Paz Letrado en el mencionado distrito; toda vez que los dos organos jurisdiccionales existentes tienen considerable carga procesal;

Que, dicha Presidencia justifica su peticion para que se de cumplimiento a lo previsto por la Ley Nº 27939, que modifica los articulos 440º, 441º y 444º del Codigo Penal y establece que el Poder Judicial, en coordinacion con el Ministerio del Interior, disenara un Plan Piloto destinado a ubicar Jueces de Paz Letrados en las Comisarias de MORDAZA Metropolitana; Que, el distrito de Independencia cuenta solo con dos Juzgados de Paz Letrado y por la elevada carga procesal que tienen, los Jueces a cargo de dichos organos jurisdiccionales no podrian atender los procesos por faltas que se tramitaran en la Comisaria de Independencia; Que, el Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional establece que para el funcionamiento del Juzgado de Paz Letrado que se ubicara en la Comisaria de Independencia, el Poder Judicial designara al Juez y Personal Auxiliar respectivos, el Ministerio del Interior proporcionara dos ambientes de la Comisaria de Independencia y asumira los gastos de servicios basicos, el Ministerio de Justicia designara un Defensor de Oficio y la Municipalidad de Independencia proporcionara tres computadoras, una impresora, mobiliario y utiles de oficina necesarios, asi como asumira los gastos mensuales de telefonia fija; Que, la comisaria donde funcionara el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado se encuentra ubicado en la avenida MORDAZA Parado de MORDAZA, cuadra 1 - Independencia (altura del Kilometro 4.5 de la avenida MORDAZA Amaru); Que, la competencia territorial del Juzgado de Paz Letrado que se ubicara en la Comisaria de Independencia sera el distrito de Independencia, provincia y departamento de MORDAZA, Distrito Judicial del MORDAZA Norte de MORDAZA, y conocera los procesos por faltas a que se refiere la Ley Nº 27939, comprendiendo a las demas comisarias de dicho distrito; siendo sus limites los siguientes distritos: por el Norte: Comas; por el Sur: Rimac; por el Este: San MORDAZA de Lurigancho y, por el Oeste: San MORDAZA de Porres y Los Olivos; Que, el funcionamiento del Juzgado de Paz Letrado en la Comisaria de Independencia requiere en MORDAZA dos turnos, los cuales en lo que se refiere al Poder Judicial, segun el Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional suscrito, le corresponde asumir el gasto de personal; Que, el Informe Nº 070-2004-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial concluye que es factible la creacion de un Juzgado de Paz Letrado para que funcione en la Comisaria del distrito de Independencia, por razones legales y tener el financiamiento correspondiente; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo previsto en los incisos 24 y 26 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion extraordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por razones de salud, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz Letrado en el distrito de Independencia, provincia y departamento de MORDAZA, comprension del Distrito Judicial del MORDAZA Norte de MORDAZA, con sede en la Comisaria del distrito de Independencia, ubicada en la avenida MORDAZA Parado de MORDAZA, cuadra 1, altura del Kilometro 4.5 de la avenida MORDAZA MORDAZA, Independencia. La competencia territorial de dicho organo jurisdiccional sera todo el distrito de Independencia y comprendera a las demas Comisarias de dicho distrito, teniendo como limites los siguientes distritos: por el Norte: Comas; por el Sur: Rimac; por el Este: San MORDAZA de Lurigancho y por el Oeste: San MORDAZA de Porres y Los Olivos. Articulo Segundo.- El organo jurisdiccional creado se denominara Tercer Juzgado de Paz Letrado de Independencia y conocera los procesos por faltas a que se refiere la Ley Nº 27939. Articulo Tercero.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial a proveer con dos plazas de Juez de Paz Letrado y cuatro de auxiliares jurisdiccionales, para el funcionamiento del referido Juzgado de Paz Letrado, que atendera en dos turnos. Articulo Cuarto.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA, para que adop-

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