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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2004 (03/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 24

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G37/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de julio de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir la Comisión encargada de ela- borar y proponer el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 28236 - Ley que crea Hogares de Refugio Temporal para las Víctimas de Violencia Familiar. Artículo 2º.- La Comisión que se constituye mediante el artículo precedente, estará integrada por: - Un (1) representante del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual, del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social - MIMDES. - Un (1) representante de la Dirección General de Des- centralización, Concertación y Participación Social, delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social. - Un (1) representante de la Oficina de Cooperación Interna- cional, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. - Un (1) representante del Instituto Nacional de Bienes- tar Familiar - INABIF. Artículo 3º.- Cada miembro de la Comisión que se cons- tituye por la presente resolución, designará un represen- tante titular y un representante alterno, dentro del plazo detres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicación del presente dispositivo. Artículo 4º.- La Comisión que se constituye por la pre- sente Resolución Ministerial, deberá: - Instalarse en un plazo que no excederá de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publi- cación de la presente resolución. - Elevar a la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, la propuesta del reglamento de la Ley Nº 28236, en un plazo que no excederá de (30) treinta días hábiles, contados apartir de su instalación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 12405 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G61/G64/G20/G68/G6F/G63/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72 /G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G79/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G63/G6F/G2D/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F/G20/G6F/G63/G61/G73/G69/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G20/G61/G6C/G20/G46/G4F/G4E/G43/G4F/G44/G45/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 383-2004-MIMDES Lima, 2 de julio de 2004 Visto, el Oficio Nº 019-2004-FONCODES/GAI; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de dere- cho del Informe Especial Nº 003-2004-2-4382 "Examen Es- pecial al Proyecto Red Rural - Aplicación indebida de fondosadministrados por los Racimos Estratégicos para el Desarro- llo Rural - RED's Rurales", del Gerente de Auditoría Interna del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social -FONCODES, se determina presunta responsabilidad civil por el perjuicio económico ocasionado en agravio del FON- CODES, por la suma de S/. 568,168.19 (Quinientos Sesentay Ocho Mil Ciento Sesenta y Ocho y 19/100 Nuevos Soles), y presunta responsabilidad penal por la comisión del delito de malversación y la extensión del tipo, previstos en los artículos389º y 392º del Código Penal, respectivamente; por parte de las personas comprendidas en dicho informe; Que, el inciso f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785, establece que los informes elaborados en base a acciones de control tienen el carácter de prueba preconstituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; Con la opinión favorable de la Dirección General de Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el Informe Nº 811-2004-MIMDES/DGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES,modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES y en el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación yDefensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público Ad Hoc en- cargado de los asuntos judiciales del Fondo Nacional de Com- pensación y Desarrollo Social - FONCODES, para que inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra laspersonas comprendidas en el Informe Especial Nº 003-2004- 2-4382 "Examen Especial al Proyecto Red Rural - Aplicación indebida de fondos administrados por los Racimos Estratégi-cos para el Desarrollo Rural - RED's Rurales"; y contra aque- llos que resulten responsables, por los fundamentos expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Público Ad Hoc encargado de los asuntos judiciales del FondoNacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCO- DES, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 12456 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G2D /G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G65/G6E/G2D/G63/G69/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G75/G6A/G69/G6C/G6C/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 384-2004-MIMDES Lima, 2 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES, se aprobó la conformación de los Directorios de las Socie- dades de Beneficencia y Juntas de Participación Social, los cuales están integrados, entre otros, por dos represen-tantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MI- MDES, uno de los cuales debe presidirlo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 130-2004-MI- MDES de fecha 27 de febrero del 2004, se designó al señor ERICK E. HUERTA FERNANDEZ, como Presidente del Di- rectorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Trujillo, cargoconsiderado de confianza y al cual ha formulado renuncia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793; en la Ley Nº 26918; en el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES y modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MI-MDES; y, en el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor ERICK E. HUERTA FERNANDEZ, como Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Trujillo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 12458 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G2D /G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G74/G65/G63/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G65/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G73/G65/G64/G65 /G4C/G69/G6D/G61/G20/G30/G31/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G57/G61/G77/G61/G57/G61/G73/G69 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 385-2004-MIMDES Lima, 2 de julio de 2004Visto, el Oficio Nº 0291-2004-MIMDES/OGAI de la Jefa de la Oficina General de Auditoría Interna del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES;